SECCIîN QUINTA Nœm. 3629 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE CULTURA, EDUCACIîN Y TURISMO Servicio Administrativo de Cultura y Educaci—n Expediente: 0031703/2024. Asunto: Hosteler’a Actividades Jard’n de Invierno Fiestas del Pilar 2024. Vistas las actuaciones habidas en el expediente, visto el contenido de los informes obrantes en el mismo, y en uso de las competencias que por decreto de Alcald’a-Presidencia de fecha 21 de junio de 20123 me asisten, dicto el siguiente ÇDecreto: Primero. Ñ Aprobar el documento de condiciones y requisitos espec’ficos elaborado por la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., que regir‡ el procedimiento de concesi—n de la licencia temporal de ocupaci—n del dominio pœblico destinada a la instalaci—n y explotaci—n de la hosteler’a para las actividades a realizar durante el Pilar 2024 en el Jard’n de Invierno de Zaragoza. Segundo. Ñ Publicar el presente decreto en el BOPZ, indicando que el pliego regulador del procedimiento para la concesi—n de la licencia de uso del espacio pœblico se encuentra publicado en el perfil del contratante de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U.: https://www.zaragoza.es/ciudad/gestionmunicipal/contratos/zaragozacultural/ Segœn dispone el documento de condiciones y requisitos espec’ficos elaborado por la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., en su apartado 11.1.2, se establece un plazo para la presentaci—n de proposiciones ser‡ de treinta d’as h‡biles a contar desde el siguiente al de la publicaci—n en el BOPZ. Tercero. Ñ Proceder a la m‡xima difusi—n del presente decreto mediante su publicaci—n en la web municipal. Cuarto. Ñ Encargar a la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., las actuaciones detalladas en las condiciones y requisitos contenidas en el documento regulador del procedimiento para la concesi—n de la licencia de uso del espacio pœblico. Quinto. Ñ Notificar el presente decreto a la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., y dem‡s interesados en el expediente. Sexto. Ñ Inscribir el presente decreto en el libro de resoluciones de los —rganos unipersonalesÈ. La anterior resoluci—n pone fin a la v’a administrativa y contra la misma se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza que por turno corresponda en el plazo de dos meses contados desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la presente resoluci—n de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Con car‡cter potestativo y previo a la interposici—n del recurso contencioso-administrativo se podr‡ interponer recurso de reposici—n ante el mismo —rgano que dict— el acto en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n de la presente resoluci—n de conformidad con lo establecido en el art’culo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Todo ello sin perjuicio de la interposici—n de cualesquiera otros recursos que se estime oportunos. I. C. de Zaragoza, a 16 de mayo de 2024. Ñ La consejera del çrea de Cultura, Educaci—n y Turismo de çrea de Cultura, Educaci—n y Turismo, Sara Fern‡ndez Escuer. Ñ El titular accidental del îrgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, Luis Javier Sub’as Gonz‡lez. SECCIîN QUINTA Nœm. 3631 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE CULTURA, EDUCACIîN Y TURISMO Servicio Administrativo de Cultura y Educaci—n Expediente: 0032534/2024. Asunto: Food Trucks Parque R’o y Juego. Vistas las actuaciones habidas en el expediente, visto el contenido de los informes obrantes en el mismo, y en uso de las competencias que por decreto de Alcald’a-Presidencia de fecha 21 de junio de 20123 me asisten, dicto el siguiente ÇDecreto: Primero. Ñ Aprobar el documento de condiciones y requisitos espec’ficos, elaborado por la Sociedad Municipal Zaragoza Cultura, S.A.U., que regir‡ el procedimiento de concesi—n de la licencia temporal de ocupaci—n del dominio pœblico destinada a la instalaci—n y explotaci—n de 4 Food Trucks en el Parque R’o y Juego de Zaragoza, durante las Fiestas del Pilar 2024. Segundo. Ñ Publicar el presente decreto en el BOPZ, indicando que el pliego regulador del procedimiento para la concesi—n de la licencia de uso del espacio pœblico se encuentra publicado en el perfil del contratante de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U. https://www.zaragoza.es/ciudad/gestionmunicipal/contratos/zaragozacultural/ Segœn dispone el documento de condiciones y requisitos espec’ficos elaborado por la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., en su apartado 11.1.2, se establece un plazo para la presentaci—n de proposiciones de treinta d’as h‡biles a contar desde el siguiente al de la publicaci—n en el BOPZ. Tercero. Ñ Proceder a la m‡xima difusi—n del presente decreto mediante su publicaci—n en la web municipal. Cuarto. Ñ Encargar a la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., las actuaciones detalladas en las condiciones y requisitos contenidas en el documento regulador del procedimiento para la concesi—n de la licencia de uso del espacio pœblico. Quinto. Ñ Notificar el presente decreto a la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U. Sexto. Ñ Inscribir el presente decreto en el libro de resoluciones de los —rganos unipersonalesÈ. La anterior resoluci—n pone fin a la v’a administrativa y contra la misma se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza que por turno corresponda en el plazo de dos meses contados desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la presente resoluci—n de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Con car‡cter potestativo y previo a la interposici—n del recurso contencioso-administrativo se podr‡ interponer recurso de reposici—n ante el mismo —rgano que dict— el acto en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n de la presente resoluci—n de conformidad con lo establecido en el art’culo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Todo ello sin perjuicio de la interposici—n de cualesquiera otros recursos que se estime oportunos. I. C. de Zaragoza, a 16 de mayo de 2024. Ñ La consejera del çrea de Cultura, Educaci—n y Turismo de çrea de Cultura, Educaci—n y Turismo, Sara Fern‡ndez Escuer. Ñ El titular accidental del îrgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, Luis Javier Sub’as Gonz‡lez. SECCIîN QUINTA Nœm. 3653 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Agencia Municipal Tributaria Oficina de Recaudaci—n ANUNCIO relativo a la apertura del per’odo voluntario de cobranza para los recibos por el concepto de tasa por ocupaci—n de la v’a pœblica con actividades callejeras, venta ambulante, tasa por ocupaci—n de mercados (clave recaudatoria VA-16-24), mes de junio de 2024. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo de cobranza para los recibos por el concepto de tasa por ocupaci—n de la v’a pœblica con actividades callejeras, venta ambulante, tasa por ocupaci—n de mercados (clave recaudatoria VA-16-24), mes de junio de 2024. Plazos de pago ÑPer’odo voluntario: Desde el 15 de junio al 16 de agosto de 2024. ÑPer’odo ejecutivo: Se inicia vencido el per’odo voluntario y determina el devengo de los recargos del per’odo ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los art’culos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Lugar y medios de pago On line: ÑEn p‡ginas web municipales con tarjeta o por b’zum (l’mite 30.000 euros): https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/13602 https://tributos.zaragoza.es (seleccionar tr‡mite ÇPagosÈ) ÑA travŽs de la aplicaci—n m—vil Zaragoza Tributos (l’mite 30.000 euros): http://www.zaragoza.es/sede/servicio/aplicacion/1542882807216/ (excepto autoliquidaciones). ÑA travŽs de la banca online si se es cliente de las entidades colaboradoras Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, Banco Santander (excepto autoliquidaciones), BBVA y CaixaBank, conforme a la propia operativa de la entidad colaboradora. Presencialmente: ÑEn entidades colaboradoras: Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, BBVA, Banco Santander y CaixaBank, en los cajeros autom‡ticos y en las oficinas y horarios que tengan establecidos. ÑEn las dependencias de Recaudaci—n Municipal, en horario de atenci—n presencial (sitas en v’a Hispanidad, 20, antiguo Seminario). Se admite dinero en efectivo (solo para recibos de importe inferior a 1.000 euros), tarjeta de crŽdito o dŽbito (Visa o Mastercard) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza. Por telŽfono: ÑPago telef—nico con tarjeta Visa o Mastercard en horario de atenci—n al pœblico: TelŽfono 976 721 115 (opci—n 1). Domiciliaci—n bancaria de recibos peri—dicos El art’culo 25 del Reglamento General de Recaudaci—n establece que las domiciliaciones bancarias se dirigir‡n al —rgano recaudatorio al menos dos meses antes del comienzo del per’odo recaudatorio. No obstante, si tŽcnicamente es posible, surtir‡ efecto en la siguiente facturaci—n. El cargo en cuenta se realizar‡ el œltimo d’a de per’odo voluntario. Podr‡ obtener una copia del recibo original en la direcci—n: a) Carpeta Ciudadana: https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana b) En la direcci—n: https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces Formalizaci—n del mandato de domiciliaci—n a) A travŽs de internet (www.zaragoza.es). b) Llamando al telŽfono de informaci—n y asistencia al contribuyente 976 723 773, facilitando el c—digo IBAN (veinticuatro d’gitos), de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas (solo para personas f’sicas). c) A travŽs de su entidad financiera. d) En las ventanillas de Recaudaci—n. Notas de interŽs a) A los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada para poder realizar el abono de estas cuotas en las circunstancias antedichas se les remitir‡ al domicilio fiscal la carta de pago (recibo), la cual les ser‡ diligenciada de Çrecib’È en el momento del abono de la cuota por la entidad a travŽs de la cual efectœe el pago. La no recepci—n del documento de pago no exime de la obligaci—n de realizarlo. b) Los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, si antes del d’a 4 de agosto de 2024 no han recibido la carta de pago, podr‡n obtener un duplicado: ÑA travŽs de su carpeta ciudadana: www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana, si dispone de certificado electr—nico o Cl@veFirma. ÑO person‡ndose, en horario de atenci—n al pœblico, en las oficinas municipales de Recaudaci—n (sitas en edificio Seminario, v’a Hispanidad, 20). Podr‡n subsanar el posible error en el domicilio fiscal, as’ como abonar la cuota, antes del d’a 16 de agosto de 2024, fecha en que se cumple el vencimiento de pago del per’odo voluntario de pago. I. C. de Zaragoza, a 17 de mayo de 2024. Ñ La jefa de la Oficina de Recaudaci—n, Mar’a Isabel L—pez Irus. SECCIîN QUINTA Nœm. 3654 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Agencia Municipal Tributaria Oficina de Recaudaci—n ANUNCIO relativo a la apertura del per’odo voluntario de cobranza para los recibos por el concepto de abastecimiento de agua/recogida de basuras, trimestre marzo de 2024-mayo de 2024, y mes de mayo de 2024 (clave recaudatoria AB-05-24). De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo de cobranza para los recibos por el concepto de abastecimiento de agua/recogida de basuras, trimestre marzo de 2024-mayo de 2024, y abastecimiento de agua/recogida de basuras, mes de mayo de 2024 (clave recaudatoria AB-05-24). Plazos de pago ÑPer’odo voluntario: Desde el 15 de junio al 16 de agosto de 2024. ÑPer’odo ejecutivo: Se inicia vencido el per’odo voluntario y determina el devengo de los recargos del per’odo ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los art’culos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Lugar y medios de pago On line: ÑEn p‡ginas web municipales con tarjeta o por b’zum (l’mite 30.000 euros): https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/13602 https://tributos.zaragoza.es (seleccionar tr‡mite ÇPagosÈ) ÑA travŽs de la aplicaci—n m—vil Zaragoza Tributos (l’mite 30.000 euros): http://www.zaragoza.es/sede/servicio/aplicacion/1542882807216/ (excepto autoliquidaciones). ÑA travŽs de la banca online si se es cliente de las entidades colaboradoras Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, Banco Santander (excepto autoliquidaciones), BBVA y CaixaBank, conforme a la propia operativa de la entidad colaboradora. Presencialmente: ÑEn entidades colaboradoras: Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, BBVA, Banco Santander y CaixaBank, en los cajeros autom‡ticos y en las oficinas y horarios que tengan establecidos. ÑEn las dependencias de Recaudaci—n Municipal, en horario de atenci—n presencial (sitas en v’a Hispanidad, 20, antiguo Seminario). Se admite dinero en efectivo (solo para recibos de importe inferior a 1.000 euros), tarjeta de crŽdito o dŽbito (Visa o Mastercard) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza. Por telŽfono: ÑPago telef—nico con tarjeta Visa o Mastercard en horario de atenci—n al pœblico: TelŽfono 976 721 115 (opci—n 1). Domiciliaci—n bancaria de recibos peri—dicos El art’culo 25 del Reglamento General de Recaudaci—n establece que las domiciliaciones bancarias se dirigir‡n al —rgano recaudatorio al menos dos meses antes del comienzo del per’odo recaudatorio. No obstante, si tŽcnicamente es posible, surtir‡ efecto en la siguiente facturaci—n. El cargo en cuenta se realizar‡ el œltimo d’a de per’odo voluntario. Podr‡ obtener una copia del recibo original en la direcci—n: a) Carpeta Ciudadana: https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana b) En la direcci—n: https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces Formalizaci—n del mandato de domiciliaci—n a) A travŽs de internet (www.zaragoza.es). b) Llamando al telŽfono de informaci—n y asistencia al contribuyente 976 723 773, facilitando el c—digo IBAN (veinticuatro d’gitos), de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas (solo para personas f’sicas). c) A travŽs de su entidad financiera. d) En las ventanillas de Recaudaci—n. Notas de interŽs a) A los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada para poder realizar el abono de estas cuotas en las circunstancias antedichas se les remitir‡ al domicilio fiscal la carta de pago (recibo), la cual les ser‡ diligenciada de Çrecib’È en el momento del abono de la cuota por la entidad a travŽs de la cual efectœe el pago. La no recepci—n del documento de pago no exime de la obligaci—n de realizarlo. b) Los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, si antes del d’a 1 de agosto de 2024 no han recibido la carta de pago, podr‡n obtener un duplicado: ÑA travŽs de su carpeta ciudadana: www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana, si dispone de certificado electr—nico o Cl@veFirma. ÑO person‡ndose, en horario de atenci—n al pœblico, en las oficinas municipales de Recaudaci—n (sitas en edificio Seminario, v’a Hispanidad, 20). Podr‡n subsanar el posible error en el domicilio fiscal, as’ como abonar la cuota, antes del d’a 16 de agosto de 2024, fecha en que se cumple el vencimiento de pago del per’odo voluntario de pago. I. C. de Zaragoza, a 17 de mayo de 2024. Ñ La jefa de la Oficina de Recaudaci—n, Mar’a Isabel L—pez Irus. SECCIîN SEXTA Nœm. 3656 AYUNTAMIENTO DE BORJA La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesi—n celebrada el 2 de mayo de 2024, adopt— el siguiente acuerdo relativo a la estabilizaci—n del personal de servicios mœltiples de este Ayuntamiento: 3. Relaci—n definitiva de admitidos y excluidos y composici—n del tribunal calificador, as’ como fecha de constituci—n del mismo, del procedimiento de selecci—n de operarios/as de servicios mœltiples en el marco del proceso de estabilizaci—n por concurso. Expediente 1291/2022. En el expediente 1291/2022, tramitado con objeto de proceder a la estabilizaci—n del empleo temporal de este Ayuntamiento, mediante el procedimiento de concurso, por concurrir las causas a que se refiere la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, Antecedentes: Primero. Ñ En fecha 1 de febrero de 2024, la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento adopt— el acuerdo de aprobar con car‡cter provisional la relaci—n de admitidos y excluidos en el concurso de estabilizaci—n para la selecci—n de operarios/as de servicios mœltiples (nueve), procedimiento convocado en BOPZ de 22 de diciembre de 2022. Dicho acuerdo fue objeto de publicaci—n en el BOPZ de fecha 16 de febrero deÊ2024. Segundo. Ñ De acuerdo con las bases del procedimiento, se procede a aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos al procedimiento. Igualmente, se procede a aprobar la composici—n del tribunal que ha de valorar los mŽritos del citado concurso. Fundamentos de derecho: Vista la base cuarta de las reguladoras del procedimiento presente, que son ley del mismo. Esta Junta de Gobierno, en ejercicio de las atribuciones que le otorgan la resoluci—n de Alcald’a de 7 de julio de 2023, nœm. 421, por la que se delegan las atribuciones de la Alcald’a en aquella, por unanimidad, Acuerda: Primero. Ñ Aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos siguiente: ¥ Relaci—n definitiva de aspirantes admitidos: Albericio Sastr—n, JosŽ Luis Alias Utrilla, David Ballesta Irache, Francisco Javier Benito Gimeno, Sergio Carbonell Carbonell, Sergio Ferr‡ndez Aguilera, Juan Manuel Garc’a Lerga, Ricardo Garc’a Pardo, Francisco Javier Gil Sebasti‡n, Iv‡n GimŽnez GimŽnez, Diego Miguel Gab‡s, Pedro Luis Morer Solsona, V’ctor Navascœes LiŽbara, Omar PŽrez Ib‡–ez, Fernando S‡nchez Bellido, Manuel Soro Zueco, Miguel çngel ¥ Relaci—n definitiva de aspirantes excluidos: Ninguno. Segundo. Ñ Se somete a exposici—n pœblica, a efectos de la regulaci—n de la abstenci—n y recusaci—n, conforme a los art’culos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, por plazo de tres d’as desde la publicaci—n de este anuncio, la composici—n del tribunal calificador, con la siguiente composici—n: ÑPresidente: Do–a Esperanza Arilla And’a, administrativa-tesorera del muy ilustre Ayuntamiento de la Ciudad de Borja. ÑSuplente: Do–a Teresa Atenea Palacio Mu–oz, secretaria general del Ayuntamiento de Villamayor. ÑVocal 1: Do–a Mar’a Pilar G—mez Pablo, funcionaria de la Comarca del Campo de Borja. ÑSuplente: Do–a Esperanza Arilla And’a, funcionaria del Ayuntamiento de Borja. ÑVocal 2: Don Daniel PŽrez Paracuellos, funcionario del Ayuntamiento de Borja. ÑVocal 3: Don Fernando Conde Calav’, funcionario del Ayuntameinto de Borja. ÑSuplente: Don Alejandro Garc’a Fern‡ndez, funcionario del Ayuntamiento de Borja. ÑSecretario: Don Roberto Argu’s Sanz, tŽcnico de Administraci—n General. ÑSuplente: Don Daniel PŽrez Paracuellos, funcionario del Ayuntamiento de Borja. Tercero. Ñ Convocar la constituci—n de dicho tribunal de selecci—n para el d’a 29 de mayo de 2024, a las 14:00 horas. Cuarto. Ñ Ordenar la correspondiente publicaci—n en el BOPZ, tabl—n de edictos f’sico y electr—nico. Borja, a 17 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Eduardo Arilla Pablo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3657 AYUNTAMIENTO DE BORJA La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesi—n celebrada el 2 de mayo de 2024, adopt— el siguiente acuerdo relativo a la estabilizaci—n del personal de limpieza de este Ayuntamiento: 2. Relaci—n definitiva de admitidos y excluidos y composici—n del tribunal calificador, as’ como fecha de constituci—n del mismo, del procedimiento de selecci—n de limpieza de edificios en el marco del proceso de estabilizaci—n por concurso. Expediente 1291/2022. En el expediente 1291/2022, tramitado con objeto de proceder a la estabilizaci—n del empleo temporal de este Ayuntamiento, mediante el procedimiento de concurso, por concurrir las causas a que se refiere la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, Antecedentes: Primero. Ñ En fecha 25 de mayo de 2023, la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento adopt— el acuerdo de aprobar con car‡cter provisional la relaci—n de admitidos y excluidos en el concurso de estabilizaci—n para la selecci—n de limpieza de edificios, procedimiento convocado en BOPZ 22 de diciembre de 2022. Dicho acuerdo fue objeto de publicaci—n en el BOPZ de fecha 3 de julio de 2023. Segundo. Ñ De acuerdo con las bases del procedimiento, procede aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos al procedimiento. Igualmente, procede aprobar la composici—n del tribunal que ha de valorar los mŽritos del citado concurso. Fundamentos de derecho: Vista la base cuarta de las reguladoras del procedimiento presente, que son ley del mismo. Esta Junta de Gobierno, en ejercicio de las atribuciones que le otorgan la resoluci—n de Alcald’a de 7 de julio de 2023, nœm. 421, por la que se delegan las atribuciones de la Alcald’a en aquella, por unanimidad, Acuerda: Primero. Ñ Aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos siguiente: ¥ Relaci—n definitiva de aspirantes admitidos: Alonso Luj‡n, Samantha Aranda Flores, Raquel Arilla Sanmart’n, Ana Carmen Carbonell Carbonell, Isabel Carbonell JimŽnez, Ver—nica Criado Mart’nez, Patricia Delgado Coloma, Elena Do–ate Sancho, Mar’a Carmen Fern‡ndez Figueras, Rebeca Ferr‡ndez S‡nchez, Presentaci—n Gimeno Quintana, Mar’a Carmen G—mez Navarro, Mar’a Olga Jaca Pardo, Mar’a Pilar JimŽnez Romera, Noelia Ma–as PŽrez, Inmaculada Mar’n Losantos, JosŽ çngel Mart’nez Gracia, Berta Mart’nez Gracia, Yolanda Mart’nez PŽrez, Carmen Pacheco Aznar, Tamara Pe–a Tejero, Mar’a Soledad Santas Lafuente, Rosa Serrano Rodr’guez, Mar’a Tejero Lahuerta, Mar’a Emma Tejero Salvador, Rosa Mar’a ¥ Relaci—n definitiva de aspirantes excluidos: Ninguno. Segundo. Ñ Se somete a exposici—n pœblica, a efectos de la regulaci—n de la abstenci—n y recusaci—n, conforme a los art’culos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, por plazo de tres d’as desde la publicaci—n de este anuncio, la composici—n del tribunal calificador, con la siguiente composici—n: ÑPresidente: Do–a Esperanza Arilla And’a, administrativa-tesorera del muy ilustre Ayuntamiento de la Ciudad de Borja. ÑSuplente: Do–a Teresa Atenea Palacio Mu–oz, secretaria general del Ayuntamiento de Villamayor. ÑVocal 1: Do–a Mar’a Pilar G—mez Pablo, funcionaria de la Comarca del Campo de Borja. ÑSuplente: Do–a Esperanza Arilla And’a, funcionaria del Ayuntamiento de Borja. ÑVocal 2: Don Daniel PŽrez Paracuellos, funcionario del Ayuntamiento de Borja. ÑVocal 3: Don Fernando Conde Calavia, funcionario del Ayuntameinto de Borja. ÑSuplente: Don Alejandro Garc’a Fern‡ndez, funcionario del Ayuntamiento de Borja. ÑSecretario: Don Roberto Argu’s Sanz, tŽcnico de Administraci—n General. ÑSuplente: Don Daniel PŽrez Paracuellos, funcionario del Ayuntamiento de Borja. Tercero. Ñ Convocar la constituci—n de dicho tribunal de selecci—n para el d’a 29 de mayo de 2024, a las 10:00 horas. Cuarto. Ñ Ordenar la correspondiente publicaci—n en el BOPZ, tabl—n de edictos f’sico y electr—nico. Borja, a 17 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Eduardo Arilla Pablo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3668 AYUNTAMIENTO DE BORJA Por la Alcald’a-Presidencia, con fecha 17 de mayo de 2024, se dict— decreto nœmero 2024-0242, por el que se aprueba proyecto para las obras de rehabilitaci—n de la casa-palacio de los FrancŽs como Casa del Artista local, con un presupuesto total de 380.303,29 euros, desglosado en 314.300,24 euros de principal y 66.003,05 euros de IVA, redactada por el arquitecto don Jorge Lajusticia PŽrez, de fecha marzo de 2024. Lo que se hace pœblico para general conocimiento, indicando que contra el presente acuerdo, que pone fin a la v’a administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposici—n potestativo ante la Alcald’a-Presidencia de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de los de Zaragoza en el plazo de dos meses, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente. Borja, a 17 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Eduardo Arilla Pablo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3671 AYUNTAMIENTO DE CABA„AS DE EBRO Por decreto de Alcald’a nœm. 2024-0159 se ha aprobado el padr—n fiscal correspondiente a la tasa por la prestaci—n de servicio de recogidas de basura a domicilio correspondiente al primer semestre del a–o 2024. A efectos de su notificaci—n colectiva, en los tŽrminos del art’culo 102.3 de la Ley 58/2023, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisi—n de los mismos a tr‡mite de informaci—n pœblica, por medio del presente anuncio se expone al pœblico por un plazo de quince d’as h‡biles, contados a partir del siguiente al de la inserci—n de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estar‡n a disposici—n de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. El plazo de ingreso en per’odo voluntario ser‡ de dos meses, contados a partir del d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes al d’a siguiente de la publicaci—n de este anuncio en el BOPZ. Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo, que determinar‡ el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, en los tŽrminos legalmente previstos. Contra el acto de aprobaci—n de los citados padrones y las liquidaciones contenidos en los mismos podr‡ interponerse recurso previo de reposici—n ante la Alcald’a-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica, el cual deber‡ entenderse desestimado transcurrido el plazo de un mes desde su interposici—n sin que se haya notificado su resoluci—n expresa. En tal caso, podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de seis meses, a contar desde el d’a siguiente a aquel en que el recurso de reposici—n haya de entenderse desestimado de forma presunta. Caba–as de Ebro, a 17 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Pedro Sanz Placed. SECCIîN SEXTA Nœm. 3661 AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO El expediente nœmero 2/2024 de modificaci—n presupuestaria del Ayuntamiento de El Burgo de Ebro para el ejercicio 2024 queda aprobado definitivamente con fecha 19 de mayo de 2024, en vista de lo cual, de conformidad con el art’culo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el art’culo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procede a la publicaci—n de dicha modificaci—n del presupuesto. Estado de gastos a) Bajo la modalidad de crŽdito extraordinario: Aumento de gastos Modificaci—n Org. Prog. Eco. Vinc. Denominaci—n Importe CrŽdito extraordinario Ê 3220 62200 3.6 Construcci—n del CPI La Caba–eta 2.087.210,17 CrŽdito extraordinario Ê 3420 62700 3.6 Redacci—n del proyecto para las obras del entorno deportivo 211.947,05 CrŽdito extraordinario Ê 1510 62500 1.6 Mobiliario de la plaza del Pabell—n 50.000,00 CrŽdito extraordinario Ê 3420 61901 3.6 Acondicionamiento del bar del pabell—n polideportivo 120.000,00 CrŽdito extraordinario Ê 3120 62300 3.6 Adquisici—n de desfibriladores 7.500,00 Ê Ê Ê Ê Ê Total aumento 2.476.657,22 b) Bajo la modalidad de generaci—n de crŽdito: Aumento de gastos Modificaci—n Org. Prog. Eco. Vinc. Denominaci—n Importe Generaci—n de crŽdito Ê 3420 62900 3.6 Instalaci—n fotovoltaica para autoconsumo de edificios municipales 176.191,12 Generaci—n de crŽdito Ê 3420 62701 3.6 Redacci—n de los proyectos de las obras incluidas PLUS 2024 36.179,00 Ê Ê Ê Ê Ê Total aumento 212.370,12 Estado de ingresos a) Con cargo al remanente l’quido de Tesorer’a resultante de la liquidaci—n del ejercicio anterior: Aumento de ingresos Modificaci—n Org. Eco. Denominaci—n Importe Aumento previsiones iniciales Ê 87000 Para gastos generales 2.494.276,34 Ê Ê Ê Total aumento 2.494.276,34 b) Con cargo a las subvenciones provinciales: Aumento de ingresos Modificaci—n Org. Eco. Denominaci—n Importe Aumento previsiones iniciales Ê 76104 De Diputaciones-Agenda 2030 158.572,00 Aumento previsiones iniciales Ê 46113 De Diputaciones-PLUS 2024 36.179,00 Ê Ê Ê Total aumento 194.751,00 Contra el presente acuerdo, conforme al art’culo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Arag—n con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el d’a de la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art’culo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposici—n de dicho recurso no suspender‡ por s’ sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. El Burgo de Ebro, a 19 de mayo de 2024. Ñ El alcalde-presidente, Vicente Miguel Royo Mart’nez. SECCIîN SEXTA Nœm. 3676 AYUNTAMIENTO DE EL BUSTE ANUNCIO de exposici—n al pœblico de la cuenta general del ejercicio 2023. En cumplimiento de cuanto dispone el art’culo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisi—n Especial de Cuentas, se expone al pœblico la cuenta general correspondiente al ejercicio 2023 por un plazo de quince d’as, contados desde el siguiente al de la publicaci—n de este anuncio en el BOPZ, durante los cuales quienes se estimen interesados podr‡n presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. El Buste, a 20 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ çngel Villalba Ruiz. SECCIîN SEXTA Nœm. 3660 AYUNTAMIENTO DE EL FRAGO Por resoluci—n de Alcald’a de este Ayuntamiento de fecha 17 de mayo de 2024 ha sido designado don Jesœs Beamonte Romea en el cargo de teniente de alcalde del Excmo. Ayuntamiento de El Frago, lo que se publica a efectos de lo dispuesto en del art’culo 46.1 del Reglamento de Organizaci—n, Funcionamiento y RŽgimen Jur’dico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. El Frago, a 17 de mayo de 2024. Ñ El secretario, Guillermo Carreras Ocabo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3662 AYUNTAMIENTO DE EL FRAGO Por resoluci—n de Alcald’a de este Ayuntamiento de fecha 17 de mayo de 2024 ha sido cesada do–a Paloma Mar’a Garc’a PŽrez en el cargo de teniente de alcalde del Excmo. Ayuntamiento de El Frago, lo que se publica a efectos de lo dispuesto en del art’culo 46.1 del Reglamento de Organizaci—n, Funcionamiento y RŽgimen Jur’dico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. El Frago, a 17 de mayo de 2024. Ñ El secretario, Guillermo Carreras Ocabo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3670 AYUNTAMIENTO DE ƒPILA El Pleno de esta Corporaci—n, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 15 de mayo de 2024, acord— la modificaci—n del art’culo 5, ep’grafe 2, de la Ordenanza fiscal nœmero 16, reguladora de la tasa de piscina. En cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el art’culo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del RŽgimen Local, se expone al pœblico el presente acuerdo durante el plazo de treinta d’as h‡biles, al objeto de que los interesados puedan examinarlo y presentar, en su caso, reclamaciones al mismo. Si transcurrido dicho plazo, a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, no se hubieran presentado reclamaciones, se entender‡ definitivamente aprobado el expediente. ƒpila, a 16 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Jesœs Baz‡n Sanz. SECCIîN SEXTA Nœm. 3672 AYUNTAMIENTO DE FIGUERUELAS HabiŽndose dictado resoluci—n de Alcald’a nœmero 2024/287, de 17 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de Figueruelas, por el que se resuelve la publicaci—n de la relaci—n de aprobados de la convocatoria excepcional de una plaza de auxiliar administrativo (laboral) en el marco de estabilizaci—n de empleo temporal llevado a cabo por el Ayuntamiento de Figueruelas. Visto que la aspirante aport— en plazo la documentaci—n preceptiva. Se hace pœblico que el municipio de Figueruelas, representado por su alcalde, ha autorizado la contrataci—n, nombramiento y ha formalizado el contrato individual de trabajo con la persona aspirante que se relaciona a continuaci—n, que han superado el proceso selectivo, como personal laboral fijo, para el desempe–o de dicho puesto: Aspirante: Bernal Alba, Beatriz. DNI: ***807***. Una vez cumplidos los requisitos y tr‡mites establecidos en el art’culo 33 del Reglamento Estatal General de Ingreso y Provisi—n de Puestos de Trabajo, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hace pœblica la formalizaci—n de los contratos individuales de trabajo fijo correspondientes, para general conocimiento. Figueruelas, a 20 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Luis Bertol Moreno. SECCIîN SEXTA Nœm. 3677 AYUNTAMIENTO DE ISUERRE La Comisi—n de Cuentas del Ayuntamiento de Isuerre, el d’a 14 de mayo de 2024, inform— con car‡cter inicial la cuenta general de la entidad del ejercicio 2023. La referida cuenta queda expuesta al pœblico por espacio de quince d’as h‡biles, a contar desde el siguiente al de publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ, durante los cuales los interesados podr‡n presentar reclamaciones, reparos u observaciones, de conformidad con lo dispuesto en el art’culo 212.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Isuerre, a 20 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Luis Javier Egea Bezunartea. SECCIîN SEXTA Nœm. 3675 AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE ALFINDƒN RESOLUCIîN de Alcald’a nœm. 2024-0516, del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, por la que se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de tŽcnico superior deportivo para este Ayuntamiento mediante sistema de oposici—n libre. HabiŽndose aprobado por resoluci—n de Alcald’a nœm. 2024-0516, de fecha 17 de mayo, las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de tŽcnico superior deportivo para este Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, mediante sistema de oposici—n libre, se abre el plazo de presentaci—n de solicitudes, que ser‡ de veinte d’as h‡biles a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n de este anuncio en el Bolet’n Oficial del Estado. Se adjuntan las bases reguladoras que regir‡n la convocatoria: Bases de la convocatoria para la provisi—n de una plaza de tŽcnico superior deportivo en rŽgimen de funcionario de carrera, por el procedimiento de oposici—n, en el Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn Base 1.» Normas generales. 1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisi—n de una plaza de tŽcnico superior deportivo, de la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, mediante el procedimiento de oposici—n, de conformidad con la oferta de empleo pœblico de 2023, aprobada por resoluci—n de Alcald’a 2023-1461, de 20 de diciembre, y publicada en el BOPZ nœm. 294, de 26 de diciembre de 2023. La plaza 1.18.1, ÇTŽcnico superior deportivoÈ, pertenece a la escala de Administraci—n especial, subescala servicios especiales, y tiene una adscripci—n al puesto RPT/1.5010.1, ÇCoordinador de deportesÈ, clasificaci—n grupo C, subgrupo C1, complemento de destino 18 y dem‡s retribuciones que legalmente correspondan. El resultado del proceso selectivo podr‡ servir tambiŽn para formar una bolsa de empleo de personas interesadas en trabajar como coordinador de deportes, que ser‡n llamados por el orden de la puntuaci—n obtenida en estas pruebas, cuando el Ayuntamiento requiera efectuar algœn nombramiento de car‡cter interino. 1.2. Funciones del puesto: Las funciones encomendadas a este puesto, segœn la definici—n del puesto de trabajo en la vigente relaci—n de puestos de trabajo, son las detalladas en el anexo IV. 1.3. El procedimiento de selecci—n ser‡ el de oposici—n, en el que deber‡n superarse dos ejercicios de car‡cter eliminatorio y de realizaci—n obligatoria. Aquellos aspirantes que superen estos ejercicios dispondr‡n de un plazo adicional de veinte d’as h‡biles, para presentar el proyecto deportivo de actividades e instalaciones deportivas municipales. 1.4. La jornada laboral ser‡ de treinta y cinco horas semanales con la siguiente distribuci—n del tiempo de trabajo: ÑDe martes a viernes, de 12:30 a 20:00 horas. ÑS‡bados, de 9:00 a 14:00 horas. La distribuci—n del tiempo de trabajo se adaptar‡ en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado por los —rganos administrativos correspondientes cuando las necesidades del servicio lo aconsejen. 1.5. Las bases ’ntegras se publicar‡n en el BOPZ, public‡ndose en el Bolet’n Oficial del Estado el extracto de la convocatoria. Asimismo, se publicar‡n en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal (https://lapuebladealfinden.sedelectronica.es), sin que en ningœn caso la informaci—n que se suministre por este medio sustituya las comunicaciones y publicaciones oficiales que determine la legislaci—n vigente. El resto de las publicaciones se realizar‡n, al menos, en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. 1.6. De conformidad con el art’culo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraci—n Pœblicas, se fija como medio de comunicaci—n de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo, la exposici—n en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. 1.7. Las presentes bases vincular‡n a la Administraci—n, a los tribunales que han de valorar los mŽritos y a quienes participen en el procedimiento. La presentaci—n de instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo regulado por estas bases supone su acatamiento, constituyendo estas Ley de la oposici—n que obliga a la propia Administraci—n, a los tribunales encargados de juzgarla y a los aspirantes que concurren. Base 2.» Requisitos de los aspirantes. 2.1. De acuerdo con lo establecido en el art’culo 56 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B‡sico del Empleado Pœblico, para poder participar en los procesos selectivos ser‡ necesario reunir los siguientes requisitos: a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad espa–ola, o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados en el art’culo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B‡sico del Empleado Pœblico. b) Edad: Tener cumplidos 16 a–os y no exceder, en su caso, de la edad m‡xima de jubilaci—n forzosa. c) Titulaci—n: Estar en posesi—n del siguiente t’tulo de formaci—n profesional de grado superior: T’tulo de TŽcnico de Animaci—n de Actividades F’sicas y Deportivas. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deber‡ estarse en posesi—n de la credencial que acredite su homologaci—n. d) Capacidad funcional: No padecer enfermedad, defecto f’sico o limitaci—n ps’quica que sea incompatible con el desempe–o de las funciones del cargo. e) Habilitaci—n: No estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pœblicas, ni hallarse inhabilitado para el desempe–o de funciones pœblicas. f) Incompatibilidad: No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislaci—n vigente. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la espa–ola deber‡n acreditar, adem‡s, no estar sometidos a sanci—n disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la funci—n pœblica. g) Delitos sexuales: No haber sido condenado por delitos sexuales de acuerdo con la Ley1/1996, de 15 de enero, de Protecci—n Jur’dica del Menor. h) Tasa: Haber abonado en concepto de tasas por derechos de examen vigente en la Ordenanza municipal 52, Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por concurrencia a las pruebas selectivas del personal, en la siguiente tarifa: 5.4. Grupo/subgrupo C1 (FUN)/C (LAB): 14 euros. El pago de la tasa deber‡ realizarse mediante ingreso o transferencia bancaria en la siguiente cuenta: ES23/3191/0151/7149/3749/2025. Las personas aspirantes deber‡n indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, as’ como la denominaci—n de la plaza convocada a la que se pretenda acceder. Quedar‡n exentas del pago de la misma las personas aspirantes que, conforme establece el art’culo 6 de la referida Ordenanza, acrediten documentalmente las siguientes circunstancias: 1. Exenci—n, en aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona que figure como demandante de empleo, con una antigŸedad m’nima de seis meses, referida a la fecha de publicaci—n de la convocatoria en el bolet’n oficial correspondiente que abra el plazo de presentaci—n de instancias. La acreditaci—n de esta exenci—n se realizar‡ mediante la presentaci—n junto a la instancia de participaci—n de un certificado de desempleado, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el servicio auton—mico de empleo que corresponda. 2. No se conceder‡n m‡s exenciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las Leyes o las derivadas de la aplicaci—n de los tratados internacionales. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificaci—n de la exenci—n que pueda corresponder deber‡ hacerse obligatoriamente, dentro del plazo de presentaci—n de solicitudes. El no abono de los derechos de examen determinar‡ la exclusi—n de las personas aspirantes sin poderse subsanar tal incidencia. En ningœn caso la presentaci—n y pago en la entidad bancaria de los derechos de examen supondr‡ sustituci—n del tr‡mite de presentaci—n, en tiempo y forma, de la solicitud de participaci—n en el Registro General del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn. Solo proceder‡ la devoluci—n de los derechos de examen satisfechos por los aspirantes cuando por causas no imputables al aspirante, no tenga lugar el proceso selectivo, cuando los ingresos se declaren indebidos por resoluci—n o sentencia firme, o cuando se haya producido una modificaci—n sustancial de las bases de la convocatoria. 2.2. Todos los requisitos enumerados anteriormente deber‡n poseerse en el d’a de finalizaci—n del plazo de presentaci—n de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesi—n. La acreditaci—n de dichos requisitos se efectuar‡ ante el Ayuntamiento en el momento de formalizar la toma de posesi—n. Base 3.» Forma y plazo de presentaci—n de instancias. 3.1. Las personas interesadas deber‡n presentar instancia dirigida a la se–ora alcaldesa del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, en el Registro General del Ayuntamiento, en horas h‡biles de oficina (plaza de Espa–a, 1), debiendo ajustarse al modelo establecido en el anexo I. 3.2. Las instancias tambiŽn podr‡n presentarse en la forma prevista en el art’culo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas. 3.3. El plazo de presentaci—n de instancias es de veinte d’as h‡biles, siguientes al de la publicaci—n del extracto de la correspondiente convocatoria, en el Bolet’n Oficial del Estado. Las bases ’ntegras de la convocatoria se publicar‡n previamente en el BOPZ y en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica de este Ayuntamiento, sin perjuicio de que el plazo para presentar las instancias comience desde la publicaci—n posterior en el Bolet’n Oficial del Estado. La no presentaci—n de la instancia en tiempo supondr‡ causa de exclusi—n del aspirante del proceso selectivo. 3.4. Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastar‡ con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participaci—n que reœnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiraci—n del plazo de presentaci—n, debiendo acreditarlos posteriormente en caso de superar el procedimiento selectivo y previo a la toma de posesi—n en la plaza convocada. 3.5. A la solicitud, ajustada al formato del anexo I se acompa–ar‡ la siguiente documentaci—n: a) Copia simple del DNI. b) Copia simple de la titulaci—n exigida. c) El resguardo acreditativo de haber satisfecho en la cuenta de Bantierra, oficina de La Puebla de AlfindŽn, cuenta nœmero ES23 3191 0151 7149 3749 2025, los derechos de examen, que se fijan en 14 euros, que deber‡n estar abonados dentro del referido plazo de presentaci—n de instancias. No ser‡ subsanable el ingreso de la tasa fuera del plazo de presentaci—n de solicitudes. 3.6. Cuando el œltimo d’a del plazo sea inh‡bil, se entender‡ prorrogado al primer d’a h‡bil siguiente. 3.7. Todos los documentos exigidos en las presentes bases deber‡n estar redactados en castellano o ir acompa–ados de traducci—n oficial. 3.8. La presentaci—n de instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo regulado por estas bases supone su acatamiento, constituyendo estas Ley del procedimiento que obliga a la propia Administraci—n, a los tribunales encargados de juzgarla y a los aspirantes que concurren. 3.9. Los aspirantes otorgan su consentimiento para el tratamiento de sus datos de car‡cter personal que sean necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, as’ como para la publicaci—n en los boletines oficiales correspondientes, el tabl—n municipal y p‡gina web municipal, de su nombre y apellidos y, en su caso, su calificaci—n, en las listas de admitidos y excluidos, y en aquellas otras derivadas de este resultado de cada ejercicio de esta convocatoria, as’ como en las listas de calificaci—n final del aspirante propuesto para su nombramiento, todo ello de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia. 3.10. Si reœne la condici—n de minusv‡lido, deber‡ cumplimentar el apartado correspondiente de la solicitud (anexo I). Base 4.» Admisi—n y exclusi—n de aspirantes. 4.1. Terminado el plazo de presentaci—n de instancias y documentos, la Alcald’a dictar‡ resoluci—n declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y el nombramiento de los miembros del tribunal encargado de regir el proceso. 4.2. Dentro de los diez d’as h‡biles siguientes a la publicaci—n de esta resoluci—n en el BOPZ, se podr‡n efectuar reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, as’ como solicitar la subsanaci—n de errores materiales. Los aspirantes que dentro del plazo se–alado no subsanen la causa de exclusi—n o no aleguen la omisi—n justificando su derecho a ser incluidos en la relaci—n de admitidos ser‡n excluidos del proceso selectivo. En el mismo plazo los aspirantes podr‡n recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias de las previstas en el art’culo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico. Las reclamaciones, en su caso, ser‡n resueltas por la Alcald’a de la Corporaci—n. 4.3. La resoluci—n aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, incluir‡ tambiŽn el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios. 4.4. Las resoluciones de Alcald’a aprobando las listas provisionales y definitivas, se publicar‡n en el BOPZ y en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. El resto de los anuncios del proceso selectivo se publicar‡n en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. Base 5.» Tribunal calificador. El tribunal calificador, que ser‡ nombrado por resoluci—n de la Alcald’a del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, juzgar‡ los ejercicios del proceso selectivo, y su composici—n colegiada deber‡ ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. La pertenencia a los —rganos de selecci—n ser‡ siempre a t’tulo individual, no pudiendo ostentarse esta en representaci—n o por cuenta de nadie. El tribunal calificador estar‡ integrado por un presidente, tres vocales y un secretario. El tribunal estar‡ integrado, adem‡s, con los respectivos suplentes, que simult‡neamente con los titulares, habr‡n de designarse, no pudiendo constituirse ni actuar sin la presencia de m‡s de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos el presidente y el secretario o sus suplentes. Las decisiones se adoptar‡n por mayor’a de votos presentes, resolviendo el voto de calidad del presidente los supuestos de empate. Todos los miembros del tribunal deber‡n poseer un nivel de titulaci—n igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada y habr‡n de ser funcionarios de carrera o personal laboral que pertenezcan al mismo grupo o grupos superiores de entre los previstos en el art’culo 76 del Real Decreto legislativo 5/2015, con relaci—n al grupo en que se integra la plaza convocada. Los miembros suplentes nombrados para componer el tribunal calificador podr‡n actuar indistintamente en relaci—n al respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesi—n, en la que no se podr‡ actuar simult‡neamente. En los supuestos de ausencia del presidente titular o suplente, las funciones de Presidencia ser‡n ejercidas por los vocales, siguiendo para ello el orden en que hayan sido designados en la resoluci—n de nombramiento. Los miembros del tribunal deber‡n abstenerse de intervenir, notific‡ndolo a la alcaldesa del Ayuntamiento, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art’culo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, o hubiesen realizado tareas de preparaci—n de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco a–os inmediatamente anteriores a la publicaci—n de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podr‡n recusar a los miembros del tribunal cuando concurran dichas circunstancias, a tenor de lo establecido en el art’culo 24 de la misma Ley. Contra los actos y decisiones del tribunal que imposibiliten la continuaci—n del procedimiento para el interesado o produzcan indefensi—n se podr‡ interponer recurso de alzada ante la Alcald’a, de conformidad con lo establecido en el art’culo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de la interposici—n de cualesquiera otros recursos que se estimen oportunos. El tribunal calificador resolver‡ todas las cuestiones derivadas de la aplicaci—n de las bases de la convocatoria, quedando facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de los ejercicios, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijaci—n de distintas sedes para su realizaci—n, como cualquier otra contingencia de car‡cter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo. Las presentes bases se interpretar‡n en el sentido finalista que mejor garantice la preservaci—n de los principios de igualdad, mŽrito y capacidad. El Servicio de Personal prestar‡ su asistencia tŽcnica al tribunal, que podr‡ disponer la incorporaci—n de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborar‡n con el —rgano de selecci—n exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades tŽcnicas y tendr‡n voz, pero no voto. Cuando el nœmero de aspirantes as’ lo aconseje, el tribunal podr‡ designar auxiliares colaboradores que bajo la direcci—n del secretario del tribunal en nœmero suficiente permitan garantizar el correcto y normal desarrollo del proceso selectivo. La composici—n del tribunal se har‡ pœblica en el BOPZ y en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal, a efectos de posibles recusaciones, a tenor de lo establecido en el art’culo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico. Los miembros del tribunal, que tendr‡ la categor’a de segunda, percibir‡n las asistencias que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por raz—n del servicio. Asimismo, el personal que preste su asistencia tŽcnica al tribunal, de acuerdo con los art’culos 29 y 31 de dicha normativa, percibir‡ el abono de las asistencias correspondientes a la categor’a de este proceso selectivo. Conforme al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento celebrado el d’a 24 de octubre de 2023, se autoriza el pago de indemnizaciones por raz—n del servicio en aquellos tribunales y comisiones de valoraci—n, aunque no conlleven la realizaci—n de ejercicios escritos u orales, con las mismas cantidades fijadas en el anexo IV del Real Decreto 462/2022, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por raz—n del servicio. Los acuerdos del tribunal se har‡n pœblicos en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. Base 6.» Sistema de selecci—n. El procedimiento de selecci—n ser‡ el de oposici—n, en el que deber‡n superarse dos ejercicios de car‡cter eliminatorio y de realizaci—n obligatoria, y la presentaci—n de un proyecto deportivo de actividades e instalaciones deportivas municipales. Las puntuaciones obtenidas ser‡n redondeadas a dos decimales. 6.1. Primer ejercicio (20 puntos): Test de conocimiento: Consistir‡ en la realizaci—n de una prueba de conocimientos referidos a los contenidos en el temario espec’fico que figura en el anexo III, a travŽs de un cuestionario que adoptar‡ la forma de test con cincuenta preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, valorando las respuestas acertadas a 0,40 puntos cada una, y con penalizaci—n de las respuestas err—neas a raz—n de Ð0,10 puntos. El plazo m‡ximo de realizaci—n de este ejercicio ser‡ como m‡ximo de una hora. La puntuaci—n m’nima para superar este ejercicio ser‡ de 10 puntos. 6.2. Segundo ejercicio (20 puntos): Supuesto pr‡ctico: Consistir‡ en la realizaci—n de uno o varios supuestos pr‡cticos, a propuesta del tribunal, relativos a las tareas propias de la funci—n a desarrollar (anexo IV), y a las materias establecidas en el temario (anexo III). En este ejercicio se evaluar‡ la aplicaci—n de los conocimientos te—ricos a la resoluci—n de las pruebas pr‡cticas que se planteen y la preparaci—n de los aspirantes en relaci—n con el puesto de trabajo a desempe–ar. El tribunal determinar‡ el contenido y las condiciones de forma, estructura, valoraci—n y tiempo de los supuestos pr‡cticos, y deber‡ comunicarlo a los aspirantes antes de comenzar el ejercicio. Este ejercicio podr‡ ser le’do en sesi—n pœblica, si as’ lo considera el tribunal. El ejercicio se calificar‡ de 0 a 20 puntos, siendo preciso alcanzar una puntuaci—n m’nima de 10 puntos para superar el ejercicio. 6.3. Proyecto deportivo de actividades e instalaciones deportivas municipales (20 puntos): Aquellos aspirantes que superen el primer y segundo ejercicio dispondr‡n de un plazo adicional de veinte d’as h‡biles, a partir de la publicaci—n en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica del Ayuntamiento de la relaci—n de aprobados de estos ejercicios, para presentar el proyecto deportivo de actividades e instalaciones deportivas municipales. Este proyecto deber‡ contemplar el mantenimiento de todas las instalaciones deportivas del municipio y la gesti—n de las actividades deportivas propuestas a realizar en un a–o natural por el Ayuntamiento. En la valoraci—n de la misma se tendr‡n en cuenta los siguientes aspectos: ÑFinalidad del proyecto y objetivos. ÑEstructura organizativa y planificaci—n anual. Viabilidad del proyecto. ÑAdecuaci—n de las actividades propuestas a la demanda de la poblaci—n. ÑMejora del rendimiento de las instalaciones deportivas. ÑOrganizaci—n y coordinaci—n con los responsables deportivos. ÑDivulgaci—n y difusi—n de la informaci—n. Los proyectos ser‡n presentados junto con la solicitud de participaci—n en el proceso, y ser‡n valorados por el tribunal con un m‡ximo de 20 puntos. Si el tribunal lo considera necesario, podr‡n realizarse entrevistas con los aspirantes para aclarar tŽrminos relativos al contenido de este proyecto. Para la preparaci—n de sus proyectos los aspirantes tendr‡n libre acceso a las instalaciones deportivas municipales que consideren oportunas, as’ como al acceso a la informaci—n que precisen mediante concertaci—n de entrevistas con la Concejal’a de Deportes. 6.4. Excepcionalmente, adem‡s, los aspirantes que no posean la nacionalidad espa–ola deber‡n realizar una prueba eliminatoria de conocimiento y comprensi—n del idioma espa–ol, que se calificar‡ como ÇaptoÈ o Çno aptoÈ. 6.5. Se considerar‡n y, en su caso, se establecer‡n para las personas con minusval’as que as’ lo hayan requerido en su solicitud de participaci—n las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realizaci—n, siempre que no quede desvirtuado el contenido de los ejercicios, ni implique reducci—n ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible. El Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, a travŽs del Servicio de Prevenci—n de Riesgos Laborales y Salud, se pondr‡n en contacto con los aspirantes con minusval’as, siempre y cuando figuren los datos telef—nicos y el domicilio en la solicitud, al objeto de recabar la informaci—n que estime pertinente sobre los extremos marcados en la instancia, pudiendo, si lo estima necesario, solicitar la colaboraci—n, y en su caso, informe de otros organismos. A la vista de las solicitudes y de lo informado por el Servicio de Prevenci—n de Riesgos Laborales y Salud, el tribunal de selecci—n otorgar‡ las adaptaciones de tiempo y medio siempre que la adaptaci—n guarde relaci—n directa con el ejercicio o prueba a realizar. Base 7.» Tratamiento a la conducta fraudulenta y a la competencia desleal. El tribunal tendr‡ la facultad de apartar del procedimiento selectivo a toda persona aspirante que lleve a cabo cualquier tipo de actuaci—n fraudulenta que impida el normal desarrollo de cualquiera de las pruebas o que genere competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mŽrito y capacidad. La Presidencia de dicho tribunal comunicar‡ inmediatamente tales actuaciones a la Alcald’a del municipio dejando al mismo tiempo constancia de los mismos en la correspondiente acta de la sesi—n. Asimismo, no se permitir‡ durante el desarrollo de cualquier tipo de prueba de las que consta el proceso selectivo, la tenencia o utilizaci—n de dispositivos o medios tecnol—gicos, susceptibles de ser utilizados para evitar los principios anteriormente mencionados, siendo la hoja de instrucciones, que, en cada caso se apruebe al respecto, el instrumento de determinaci—n del modo de concreci—n y desarrollo por el tribunal de lo dispuesto en este apartado. El incumplimiento de tales preceptos por cualquier persona aspirante ser‡ objeto de expulsi—n inmediata, tanto de la prueba como del proceso selectivo, no integrando consecuentemente la bolsa de trabajo resultante del mismo. Base 8.» Desarrollo del proceso y calificaci—n final. 8.1. Desarrollo del proceso. La fecha de realizaci—n del primer ejercicio de la oposici—n se publicar‡ en el BOPZ con una antelaci—n m’nima de setenta y dos horas. Asimismo, se expondr‡ en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. Las personas aspirantes ser‡n convocadas para el ejercicio en llamamiento œnico, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal. Si en la fecha de celebraci—n de las pruebas no se hubiera resuelto el recurso interpuesto, los interesados podr‡n realizar las pruebas cautelarmente. Los ejercicios realizados de forma cautelar no tendr‡n validez alguna en caso de que el recurso resulte desestimado. Los anuncios relativos al desarrollo de los ejercicios se publicar‡n en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. El orden de intervenci—n, si fuera aplicable al proceso, se iniciar‡ por la letra determinada en el sorteo anual del Instituto AragonŽs de Administraci—n Pœblica, para determinar el orden de actuaci—n de los aspirantes en las pruebas selectivas. Los aspirantes deber‡n venir provistos de DNI, pudiendo el tribunal requerirles en cualquier momento la acreditaci—n de su personalidad. Si en cualquier momento del proceso de selecci—n llegara a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado deber‡ proponer su exclusi—n a la Alcald’a del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisi—n. DespuŽs de cada una de las fases del proceso, se realizar‡ la publicaci—n de las calificaciones en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal, disponiendo los interesados de un plazo de tres d’as h‡biles siguientes a la publicaci—n, para presentar cuantas reclamaciones estimen oportunas. 8.2. Calificaciones. La calificaci—n final del proceso selectivo vendr‡ determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada apartado, con un m‡ximo de 60 puntos, lo que determinar‡ el orden de puntuaci—n definitivo. En los supuestos en los que se obtuviese igual puntuaci—n por algœn o algunos de los candidatos, los desempates se dirimir‡n atendiendo a los siguientes criterios: 1. Mayor puntuaci—n en el supuesto practico (ejercicio segundo). 2. Mayor puntuaci—n en el proyecto deportivo. 3. Mayor puntuaci—n en el test de conocimientos (ejercicio primero). 4. Si continuara el empate, se ordenar‡ alfabŽticamente iniciando por la letra determinada en el sorteo anual del Instituto AragonŽs de Administraci—n Pœblica, para determinar el orden de actuaci—n de los aspirantes en las pruebas selectivas. Base 9.» Relaci—n de aprobados y bolsa de empleo. Concluido el proceso, se levantar‡ acta por el tribunal autorizada por el presidente y secretario, estableciŽndose en la misma la lista de aspirantes con sus correspondientes puntuaciones, elevando propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuaci—n, a la Alcald’a de la Corporaci—n. La propuesta elevada a la Alcald’a incluir‡ la formaci—n de una bolsa de empleo, para cubrir de forma ‡gil los periodos de vacaciones, bajas, permisos, licencias y otras necesidades circunstanciales del servicio, incluido la posible renuncia del aspirante propuesto, ordenada del siguiente modo: a) Relaci—n de aspirantes que, han aprobado el proceso selectivo, ordenados por la puntuaci—n obtenida en total. b) Relaci—n de aspirantes que, sin haber superado el proceso selectivo, han aprobado algunos de sus ejercicios, ordenados por nœmero de ejercicio aprobados y la puntuaci—n obtenida en cada uno de ellos. c) Si fuera necesario, para garantizar un nœmero adecuado de componentes en la bolsa de empleo, el tribunal podr‡ incorporar a la misma aquellos candidatos que no hubieran superado ninguno de sus ejercicios, fijando una puntuaci—n m’nima para ello, que ser‡ determinada por el tribunal en su caso. La relaci—n de aprobados o realizada por el tribunal ser‡ publicada en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. Base 10.» Presentaci—n de documentos y nombramiento en pr‡cticas. Sin perjuicio de lo establecido en el art’culo 28.3, p‡rrafo 2.¼, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, en el plazo de veinte d’as h‡biles a contar del siguiente a aquel en que se haga pœblica la relaci—n de aprobados, o desde la aceptaci—n de la oferta en los casos de llamamiento a la bolsa de empleo, los aspirantes seleccionados deber‡n presentar, por el cauce o formato adecuado la siguiente documentaci—n: Cauce/formato: Documentaci—n original, copia autŽntica obtenida ante los empleados pœblicos de registro o debidamente compulsada por el Ayuntamiento, o bien por cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art’culo 2.1 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas. Se admitir‡ igualmente la presentaci—n a travŽs de la sede electr—nica del Ayuntamiento, siempre que la documentaci—n anexa haya sido firmada individualmente de forma electr—nica o se trate de documentos con c—digo seguro de validaci—n. Documentaci—n: a) DNI vigente, o certificaci—n en extracto de la partida de nacimiento. b) Titulo original exigido en la base 2 de la convocatoria. c) Declaraci—n jurada o promesa de no padecer enfermedad o defecto f’sico que impida el desempe–o de las correspondientes funciones, debiendo poseer la capacidad funcional necesaria para el desempe–o normal del puesto de trabajo a ocupar (anexo II). Habilitaci—n. Declaraci—n de no estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pœblicas ni hallarse inhabilitado para el desempe–o de funciones pœblicas. (Anexo II). d) Declaraci—n jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pœblicas o de los —rganos constitucionales o estatutarios de las comunidades aut—nomas ni hallarse en inhabilitaci—n absoluta o especial para empleos o cargos pœblicos por resoluci—n judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempe–aban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situaci—n equivalente ni haber sido sometido a sanci—n disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos tŽrminos el acceso al empleo pœblico (anexo II). e) Presentar una declaraci—n de no hallarse incurso en causas de incompatibilidad. (Anexo II). f) Entregar la vida laboral emitida por la Tesorer’a General de la Seguridad Social, actualizada. g) Certificado de no haber sido condenado por delitos sexuales de acuerdo a la Ley Org‡nica 1/1996, de 15 de enero, de Protecci—n Jur’dica del Menor. Presentada la documentaci—n, la persona aspirante propuesta deber‡ someterse a reconocimiento mŽdico para la obtenci—n, previa citaci—n cursada por el Ayuntamiento, del informe mŽdico que acredite no padecer enfermedad o defecto f’sico o ps’quico que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo, emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevenci—n contratado por el Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn. Si dentro del expresado plazo, y salvo causas de fuerza mayor, no presentara la documentaci—n, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base 2, el aspirante renunciase, o el resultado del reconocimiento mŽdico fuera Çno aptoÈ, no podr‡ ser nombrado funcionario en pr‡cticas y quedar‡n anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la instancia inicial, y se realizar‡ una nueva propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante de la lista de aspirantes a la que se refiere la base novena. Nombramiento funcionario en pr‡cticas: Concluido el proceso, la Alcald’a del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn proceder‡ al nombramiento de funcionario en pr‡cticas correspondiente a favor del aspirante propuesto, mediante resoluci—n de Alcald’a que ser‡ publicada en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. Efectuado el nombramiento, se proceder‡ a notificar al interesado, que estar‡ obligado a realizar la toma de posesi—n en el plazo de tres d’as h‡biles a partir del d’a siguiente de la recepci—n de la notificaci—n, compareciendo para ello antes el responsable de personal del Ayuntamiento. Si, sin causa justificada, no tomara posesi—n dentro de dicho plazo, se entender‡ que renuncia al puesto y al nombramiento efectuado, y se realizar‡ una nueva propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante de la relaci—n a la que se refiere la base novena de la convocatoria, iniciando de nuevo el procedimiento descrito en esta base. Si no existieran otros candidatos en la lista, se formular‡ nueva convocatoria. Base 11.» Per’odo de pr‡cticas. 11.1. El per’odo de pr‡cticas tendr‡ una duraci—n de tres meses y ser‡n realizadas bajo la direcci—n del concejal de Deportes. Las pr‡cticas se efectuar‡n con servicio efectivo en el Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn. 11.2. La evaluaci—n de las pr‡cticas se efectuar‡ por una comisi—n de evaluaci—n nombrada por la Alcald’a. Estar‡ integrada por el concejal de Deportes y dem‡s miembros que designe la Alcald’a. 11.3. La comisi—n deber‡ valorar la adaptaci—n del funcionario en pr‡cticas a las exigencias y condiciones de la plaza y su aptitud para el correcto desempe–o de la misma. El resultado de la valoraci—n ser‡ apto o no apto. 11.4. Si el resultado de la valoraci—n fuera el de Çno aptoÈ, por resoluci—n de Alcald’a, se proceder‡ al cese de funcionario en pr‡cticas y al nombramiento del siguiente de la lista de aspirantes propuestos por el tribunal segœn la base novena, con el mismo car‡cter de funcionario en pr‡cticas, inici‡ndose el procedimiento descrito en la base 10 y un nuevo per’odo de evaluaci—n. Base 12.» Nombramiento funcionario de carrera y toma de posesi—n. Concluido el per’odo de pr‡cticas y declarado ÇaptoÈ la Alcald’a del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn proceder‡ al nombramiento de funcionario de carrera, mediante resoluci—n de Alcald’a que ser‡ publicada en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica municipal. Efectuado el nombramiento, se proceder‡ a notificar al interesado, que estar‡ obligado a realizar la toma de posesi—n en el plazo de tres d’as h‡biles a partir del d’a siguiente de la recepci—n de la notificaci—n, compareciendo para ello antes el responsable de personal del Ayuntamiento. Si, sin causa justificada, no tomara posesi—n dentro de dicho plazo, se entender‡ que renuncia al puesto y al nombramiento efectuado, y se realizar‡ una nueva propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante de la relaci—n a la que se refiere la base novena de la convocatoria, iniciando de nuevo el procedimiento descrito en esta base. Si no existieran otros candidatos en la lista, se formular‡ nueva convocatoria. Base 13.» Funcionamiento de la bolsa de empleo. Conforme a la normativa de gesti—n de bolsas de empleo del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, aprobada por resoluci—n de Alcald’a 2024-0184, de 22 de febrero de 2024. La bolsa que se puede generar con la presente convocatoria se mantendr‡ vigente en tanto se estime necesario su mantenimiento, pero podr‡ quedar sustituida por las nuevas bolsas que pudieran crearse con el mismo fin, o aquellas procedentes de convocatorias de pruebas selectivas para la cobertura de plazas vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, que se correspondan con la misma categor’a profesional de personal laboral o escala, subescala, clase y categor’a de funcionario. Base 14.» Protecci—n de datos. La presentaci—n de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley Org‡nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci—n de Datos Personales y Garant’a de los Derechos Digitales, el consentimiento de los afectados para que sus datos personales ser‡n almacenados en el fichero de ÇPersonalÈ, titularidad de este Ayuntamiento, con la œnica finalidad de tener en cuenta su candidatura para el puesto ofertado. Sus datos personales junto con su valoraci—n podr‡n aparecer publicados en la p‡gina web municipal con la finalidad de dar publicidad al procedimiento. Tiene la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificaci—n y cancelaci—n, en relaci—n con sus datos personales dirigiŽndose a este Ayuntamiento: Plaza de Espa–a, 1, 50171 La Puebla de AlfindŽn (Zaragoza). Base 15.» Legislaci—n aplicable. La convocatoria se rige por las presentes bases y por la siguiente normativa: ¥ Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RŽgimen Local. ¥ Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n. ¥ Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de RŽgimen Local. ¥ Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto B‡sico del Empleado Pœblico. ¥ Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la funci—n pœblica. ¥ Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas b‡sicas y los programas m’nimos a que debe ajustarse el procedimiento de selecci—n de los funcionarios de Administraci—n Local. ¥ Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administraci—n del Estado. ¥ IV Pacto del Personal Funcionario del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn. Base 16.» Impugnaci—n. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal calificador podr‡n ser impugnados por los interesados, en los casos y formas que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de la Administraciones Pœblicas, as’ como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-administrativa. ANEXO I Solicitud proceso selectivo de tŽcnico superior deportivo 1. Datos del solicitante: Nombre y apellidos: ÉÉ Domicilio a efectos de notificaciones (nœmero, piso, puerta, c—digo postal, localidad): ÉÉ DNI: ÉÉ TelŽfono m—vil: ÉÉ Nacionalidad ÉÉ Correo electr—nico: ÉÉ Adaptaciones necesarias por disminuido f’sico: ÉÉ 2. Expone: Que teniendo conocimiento de la convocatoria del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn de un proceso de provisi—n de una plaza de tŽcnico superior deportivo, segœn las bases y convocatoria publicadas en el BOPZ nœm. ÉÉ, de fecha ÉÉ, y en el Bolet’n Oficial del Estado nœm. ÉÉ, de fecha ÉÉ Manifiesto que reœno todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases, referidas siempre a la fecha de expiraci—n del plazo de presentaci—n, y me comprometo a acreditarlo posteriormente en caso de superar el procedimiento selectivo y previo a la toma de posesi—n. Acepto y asumo ’ntegramente las bases que regulan esta convocatoria. 3. Solicita: Ser admitido en le convocatoria. 4. Documentaci—n presentada: a) Copia del DNI. b) Copia de la titulaci—n exigida. c) El resguardo acreditativo de haber satisfecho en la cuenta de Bantierra, oficina de La Puebla de AlfindŽn, cuenta nœmero ES23 3191 0151 7149 3749 2025, los derechos de examen, que se fijan en 14 euros, que deber‡n estar abonados dentro del referido plazo de presentaci—n de instancias. En ÉÉ, a ÉÉ de É de 2024. Fdo.: ÉÉ (El solicitante). Sra. alcaldesa del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn. ANEXO II Declaraci—n responsable Don/Do–a ÉÉ, con DNI nœm. ÉÉ, direcci—n ÉÉ, Declaro responsablemente que: a) No padezco enfermedad o defecto f’sico que impida el desempe–o de las correspondientes funciones y que poseo la capacidad funcional necesaria para el desempe–o normal del puesto de trabajo a ocupar. b) No he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pœblicas o de los —rganos constitucionales o estatutarios de las comunidades aut—nomas, ni me hallo en inhabilitaci—n absoluta o especial para empleos o cargos pœblicos por resoluci—n judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempe–aban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. (En el caso de ser nacional de otro Estado, se declarar‡ no hallarse inhabilitado o en situaci—n equivalente ni haber sido sometido a sanci—n disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos tŽrminos, el acceso al empleo pœblico). c) El abajo firmante, a los efectos previstos en el art’culo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administraci—n Pœblica, y del art’culo 13.1 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, declaro que no vengo desempe–ando ningœn puesto de trabajo o actividad en el sector pœblico ni realizo actividades privadas incompatibles o que requieran reconocimiento de compatibilidad. Conozco que, de acuerdo con el Pacto vigente del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, es considerado Çfalta muy graveÈ el incumplimiento de las normas de incompatibilidad, llevando aparejada la sanci—n de suspensi—n de empleo y sueldo por un per’odo no superior a un a–o, la inhabilitaci—n para el ascenso por un per’odo de tres a cinco a–os, o el despido o separaci—n del trabajo. Tampoco recibo pensi—n de jubilaci—n, retiro u orfandad por derechos pasivos o por cualquier rŽgimen de la Seguridad Social pœblico y obligatorio, a los efectos previstos en el art’culo tercero, 2, de la Ley 53/1984. d) Me comprometo a realizar acto de acatamiento a la Constituci—n, del Estatuto de Autonom’a y del resto del ordenamiento jur’dico. Lo que declaro responsablemente, En ÉÉ, a ÉÉ de É de ÉÉ El solicitante. Fdo.: ÉÉ Alcald’a del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn. ANEXO III Temario General 1. La Constituci—n espa–ola de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales: garant’a y suspensi—n. La Corona: funciones constitucionales del Rey. 2. Las comunidades aut—nomas. Los Estatutos de Autonom’a. Las Instituciones y competencias de las comunidades aut—nomas. 3. El Estatuto de Autonom’a de Arag—n. La organizaci—n institucional de la Comunidad Aut—noma de Arag—n. Las Cortes. El Justicia de Arag—n. 4. Los —rganos de gobierno y Administraci—n de la Comunidad Aut—noma de Arag—n. El Gobierno de Arag—n. La estructura administrativa. 5. Administraci—n Local. RŽgimen jur’dico-administrativo de las Corporaciones Locales. El alcalde. Los concejales. El Pleno. La Junta de Gobierno. Los tenientes de alcalde. îrganos complementarios. 6. Las comarcas. Organizaci—n comarcal y competencias. 7. El procedimiento administrativo. Medios electr—nicos en el procedimiento administrativo comœn. Iniciaci—n del procedimiento. Los registros administrativos. TŽrminos y plazos. Terminaci—n del procedimiento. 8. Competencias de las entidades locales. Cl‡usula de capacitaci—n general. Competencias propias. Servicios m’nimos. Competencias atribuidas por delegaci—n. Competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegaci—n. 9. Servicio pœblico local. Concepto. Formas de gesti—n directa e indirecta. 10. Contratos del sector pœblico. Contratos administrativos t’picos. Presupuesto base de licitaci—n. Valor estimado. Precio. Fases de la contrataci—n. Procedimientos de adjudicaci—n. 11. Personal al servicio de la entidad local. Los funcionarios pœblicos: clases. Selecci—n, situaciones administrativas. Provisi—n de puestos de trabajo. El personal laboral: tipolog’a y selecci—n. 12. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. Responsabilidad y rŽgimen disciplinario. Espec’ficas 1. Deporte en el ‡mbito pœblico y privado. 2. El marco jur’dico del deporte en Arag—n. 3. Marco jur’dico de las titulaciones deportivas en Arag—n. Regulaci—n. 4. El marco jur’dico del deporte en las Administraciones Locales. Organizaci—n, estructura, competencias. 5. Contrataci—n de los servicios deportivos en la Administraci—n Local. 6. Organizaci—n de eventos deportivos en Arag—n: Regulaci—n. 7. Organizaci—n de competiciones y actividades en Arag—n deportivas. Regulaci—n. 8. îrganos en materia de deporte adscritos a la consejer’a competente en Arag—n. 9. Comunicaci—n y divulgaci—n de los servicios y actividades deportivas. 10. Direcci—n y planificaci—n estratŽgica del deporte local. 11. Deporte y salud. 12. Mujer y deporte. 13. Deporte adaptado. Deporte y discapacidad. 14. El fen—meno de la violencia en el deporte. Incidencia sobre la sociedad. 15. Protecci—n de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva. 16. Normativa sobre protecci—n de datos personales y garant’a de los derechos digitales. Principios de protecci—n de datos. 17. El deporte escolar. 18. Federaciones deportivas aragonesas. Definici—n, constituci—n, inscripci—n. Organizaci—n, estatutos, rŽgimen econ—mico y patrimonial. 19. Asociacionismo deportivo en Arag—n. Entidades deportivas aragonesas. RŽgimen jur’dico. 20. Instalaciones, equipamientos y espacios deportivos en Arag—n. Determinaciones tŽcnicas y planificaci—n. 21. Legislaci—n reguladora sobre prevenci—n de la violencia, racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. 22. La normativa reglamentaria sobre instalaciones deportivas y de esparcimiento. (NIDE). Campos peque–os. Campos grandes y piscinas. 23. Normativa de Arag—n por el que se regulan las condiciones higiŽnico-sanitarias de las piscinas de uso pœblico. 24. Deporte y gŽnero: Evoluci—n y situaci—n actual. Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en Arag—n. Actividad f’sica y deportes. 25. Salud y actividad f’sica: efectos positivos y contradicciones de la actividad f’sica en la salud y calidad de vida. 26. Aspectos preventivos en la pr‡ctica de actividad f’sica y actuaci—n en accidentes deportivos. Primeros auxilios. 27. Actividad f’sico-deportiva en la ni–ez, adolescencia y edad adulta. 28. Evoluci—n y situaci—n actual de las actividades deportivas, ocio y salud en el medio rural. ANEXO IV Funciones ¥ Fomentar la pr‡ctica del deporte tanto en espacios deportivos convencionales como en otros espacios del entorno urbano y natural del municipio para contribuir en el desarrollo integral del mismo. ¥ Colaborar con el Servicio Mancomunado o Comarcal de Deportes en la elaboraci—n de los diferentes programas de actividades deportivas que se oferten, y en las actividades ordinarias o extraordinarias que se celebren. ¥ Colaborar en la elaboraci—n del proyecto de actividad para cada nuevo curso y, en su caso, llevar a cabo en la pr‡ctica las actividades deportivas dirigidas, dentro del horario dise–ado por el propio coordinador, con la supervisi—n del concejal de Deportes. ¥ Colaborar en el planeamiento de los objetivos del ‡rea, coordinar el trabajo de los distintos monitores deportivos en el desarrollo de las actividades y evaluar los resultados alcanzados. ¥ Coordinar y supervisar log’sticamente la organizaci—n de los eventos deportivos que tengan lugar en el municipio desarrollados por otras entidades no municipales. ¥ Promover y desarrollar el programa anual de deportes, que comprenda actividades recreativas, de integraci—n y de competencia, involucrando en la medida de lo posible al municipio y sus dirigentes. ¥ Difundir por los medios apropiados las actividades y eventos deportivos de interŽs. ¥ Implementar actuaciones formativas y divulgativas entre las asociaciones y ciudadanos en general que ayuden a conocer los beneficios saludables de la pr‡ctica deportiva. ¥ Asistencia tŽcnica para la promoci—n, construcci—n y sostenimiento del patrimonio deportivo. ¥ Llevar un adecuado control de la maquinaria, infraestructura y material deportivo asignado al ‡rea. ¥ Control del abastecimiento y mantenimiento del material tŽcnico necesario y empleado en las diferentes actividades. ¥ Informar de los incidentes cr’ticos a la Concejal’a Delegada de Deportes. ¥ Participar en la utilizaci—n de las bases de datos tanto de usuarios como de reservas de instalaciones. ¥ Realizar otras funciones que teniendo que ver con la coordinaci—n deportiva, le sean asignadas por el concejal de Deportes. Contra las presentes bases, que ponen fin a la v’a administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposici—n potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, ante la alcaldesa. de este Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza o, a su elecci—n, el que corresponda a su domicilio, si este radica en otra CC.AA., en el plazo de dos meses a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo, no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente. La Puebla de AlfindŽn, a 17 de mayo de 2024. Ñ La alcaldesa, Mar’a Pilar Villanueva Campa–a. SECCIîN SEXTA Nœm. 3667 AYUNTAMIENTO DE LITUƒNIGO En cumplimiento de cuanto dispone el art’culo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisi—n Especial de Cuentas, se expone al pœblico la cuenta general correspondiente al ejercicio 2023 por un plazo de quince d’as, durante los cuales quienes se estimen personas interesadas podr‡n presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. A su vez, estar‡ a disposici—n de las personas interesadas en la sede electr—nica de esta entidad, en la direcci—n https://lituenigo.es. LituŽnigo, a 13 de mayo de 2024. Ñ La alcaldesa, Clara Garc’a Pellicer. SECCIîN SEXTA Nœm. 3658 AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALîN Acuerdo del Pleno de fecha 16 de mayo de 2024 del Ayuntamiento de Morata de Jal—n por el que se aprueba inicialmente expediente de aprobaci—n de la Ordenanza municipal reguladora de Funcionamiento y RŽgimen Interno de Residencia de Mayores. Aprobada inicialmente el Reglamento de Funcionamiento y RŽgimen Interno de Residencia de Mayores, por acuerdo del Pleno de fecha 16 de mayo de 2024, deÊconformidad con los art’culos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RŽgimen Local, 56 del texto refundido de RŽgimen Local, 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n, y 130.2 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Arag—n aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Arag—n, se somete a informaci—n pœblica por el plazo de m’nimo treinta d’as, a contar desde d’a siguiente a la inserci—n de este anuncio en el BOPZ para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento http://moratadejalon.sedelectronica.es En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entender‡ definitivamente aprobado el acuerdo de aprobaci—n del mencionado reglamento. Lo que se hace pœblico para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el art’culo 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n. Reglamento de funcionamiento y rŽgimen interno. Centro integral de personas mayores de Morata de Jal—n La vi–aza Primero: Disposiciones generales. Art’culo 1. Objeto. Este reglamento de rŽgimen interno tiene por objeto regular la organizaci—n y funcionamiento del centro integral La Vi–aza. Art’culo 2. Finalidad. El centro integral La Vi–aza tiene como finalidad servir de residencia habitual y permanente a los usuarios del centro, en un ambiente seguro, accesible, adecuado a las necesidades, confortable y familiar de respeto mutuo, sin merma alguna de su libertad, cuyas normas de funcionamiento se establecen en este Reglamento de rŽgimen interno. Segundo: Organizaci—n y funcionamiento. Art’culo 3. Administraci—n y rŽgimen. La administraci—n y rŽgimen del centro integral La Vi–aza ser‡ ejercida por el director, que es el —rgano ejecutivo del centro y m‡xima autoridad administrativa del mismo; de manera genŽrica le competen las siguientes funciones: ÑDirigir, coordinar e inspeccionar el funcionamiento de las unidades y dependencias del centro, as’ como dictar y modificar las disposiciones de rŽgimen interno que regulen el funcionamiento de las mismas y del personal del centro. ÑEjercer la jefatura y la administraci—n del centro, responsabiliz‡ndose de la ejecuci—n y control del presupuesto. ÑVelar porque los residentes reciban los servicios que el centro est‡ llamado a prestar, as’ como la admisi—n de los mismos. Art’culo 4. Funcionamiento del centro. 4.1. El centro integral La Vi–aza se compromete a realizar los siguientes servicios a sus residentes: ÑAlojamiento. ÑPensi—n alimenticia, servicio de lavander’a, servicio de limpieza de habitaci—n. ÑServicio de comida en habitaci—n en caso de enfermedad. ÑAtenci—n mŽdica y de enfermer’a. ÑServicio de fisioterapeuta. ÑServicio de terapeuta ocupacional. ÑTratamiento y custodia de medicaci—n de cada residente. ÑTratamiento de recetas mŽdicas y gesti—n de adquisici—n de medicamentos. ÑConfecci—n de dietas especiales para cada caso concreto, siguiendo prescripci—n facultativa. 4.2. Los residentes podr‡n recibir visitas despuŽs de la hora de la comida del mediod’a (14:00) y hasta la hora de la cena (20:00). El resto del d’a solo con autorizaci—n de la direcci—n del centro de mayores. 4.3. Normas de permanencia en el centro: ÑLos residentes gozar‡n de libertad para entrar o salir del centro. Se establece como hora tope la de silencio. ÑLos residentes podr‡n ausentarse del centro integral La Vi–aza por vacaciones por un per’odo que no exceda de tres meses, comunicando a la direcci—n del centro el lugar y las personas con las que va a convivir. Durante dicho per’odo abonar‡n el precio de estancia deduciendo la parte correspondiente al coste de la alimentaci—n. ÑLos residentes se ajustar‡n al horario, instrucciones e indicaciones de la direcci—n de la residencia. La reiterada inobservancia de las normas establecidas y la falta de respeto a la autoridad que la direcci—n ostenta llevar‡ consigo la expulsi—n que tambiŽn se producir‡ en el supuesto de altercados, ri–as, embriaguez, dejadez de las normas de higiene personal y colectiva, incompatibilidad con la vida en comœn, etc. ÑSe abstendr‡ de filmar en cualquier dependencia interna de la residencia. ÑLos residentes est‡n obligados a aceptar el menœ general salvo prescripci—n mŽdica. Las comidas se servir‡n en el comedor, excepto decisi—n facultativa o segœn criterio de la direcci—n del centro. 4.4. Normas de convivencia: ÑLos residentes observar‡n una conducta que tenga como base el mutuo respeto y la tolerancia, as’ como un generoso esp’ritu de colaboraci—n y ayuda. ÑEn consecuencia, se abstendr‡n de discusiones con el personal, de conversar a gritos o en elevado tono de voz que perturben el ambiente apacible y tranquilo que debe reinar en el centro de mayores. Guardar‡n el respeto que siempre ha de merecer la opini—n ajena y la libre expresi—n y todo ello dentro de un marco alegre y silencioso, tanto en las habitaciones como en las zonas de uso comœn. ÑLos residentes deben respeto a todo el personal que all’ desempe–a su labor y deben acatar y cumplir las indicaciones que les hagan, puesto que siempre ir‡n encaminadas a su beneficio y comodidad. ÑToda reclamaci—n o sugerencia podr‡ hacerse por escrito deposit‡ndose en el buz—n destinado al efecto o comunic‡ndose directamente a direcci—n. ÑLos residentes cuidar‡n de la conservaci—n del inmueble y de sus instalaciones como cosa propia. En consecuencia, se abstendr‡n de tirar papeles al suelo y de todos aquellos actos que son causa de suciedad o deterioro. ÑLa ropa de uso personal y los art’culos de aseo ser‡n siempre por cuenta de los residentes. ÑEl centro solo responder‡ de los objetos de valor o numerario que se depositen en la direcci—n en sobre inventariado con el usuario, familiar o representante. ÑLos residentes que utilicen las zonas de uso comœn deber‡n presentarse vestidos con el decoro que la convivencia exige. ÑCualquier objeto que encuentren los residentes deber‡ ser entregado en recepci—n o deber‡ avisar al personal del centro para que lo recoja, por tanto, si usted ha perdido algo, dir’jase a recepci—n. ÑEst‡ totalmente prohibido entregar propinas al personal del centro. ÑLos residentes deber‡n cuidar que solamente permanezcan encendidas aquellas luces que son necesarias y colaboren en apagar las que no deban estarlo. ÑLos residentes deber‡n respetar todos los horarios fijados. Tenga la seguridad de que cualquier cambio ser‡ notificado con la suficiente antelaci—n. ÑLos residentes deber‡n, durante las horas de limpieza de las habitaciones, procurar no utilizarlas para facilitar la limpieza de las mismas. ÑLos residentes, cuando se ausenten del centro y no vaya a regresar a la hora de la comida o de la cena o no vaya a pernoctar en el centro, deber‡n advertirlo a la direcci—n. 1. Comedor. Los horarios del comedor deber‡n cumplirse con la mayor rigurosidad, al objeto de evitar molestias en el servicio. Si por cualquier causa especial se prevŽ la imposibilidad de observarlos, deber‡ comunicarse con antelaci—n. Los horarios establecidos son los siguientes: ¥ Desayuno: 8:30-09:00 horas (en el comedor). ¥ Comida: 12:45-14:30 horas. ¥ Merienda: 17:00 horas. ¥ Cena: 19:30-21:00 horas. ÑNo est‡ permitido introducir o sacar alimentos del comedor ni utensilios del mismo, tal como cubiertos, vasos, servilletas, etc. ÑNo se permite la alteraci—n del orden en el comedor. Si le surge algœn problema, dir’jase a la persona responsable en ese momento. ÑDeber‡n observar las normas m‡s elementales de decoro en la mesa, evitando realizar cualquier acto que pueda producir una situaci—n molesta en los dem‡s residentes. 2. Habitaciones. ÑCualquier anomal’a que observe en su habitaci—n deber‡ comunicarlo lo antes posible en recepci—n. ÑNo se podr‡n modificar las instalaciones de las habitaciones ni utilizar aparatos elŽctricos como planchas, mantas elŽctricas o aparatos an‡logos sin la autorizaci—n del centro. ÑLos residentes podr‡n conservar en la habitaci—n algœn objeto o recuerdo personal previa autorizaci—n de la direcci—n. ÑEst‡ prohibido utilizar ropa de cama de propiedad privada, ni tenerla en la habitaci—n. ÑSe proh’be colgar ropa de cualquier clase en la habitaci—n. ÑNo est‡ permitido bajo ningœn concepto lavar ropa de uso personal o comœn, tender ropa en cualquier dependencia de la habitaci—n, estar en posesi—n de productos de limpieza tales como lej’a, detergente, suavizanteÉ ÑNo est‡ permitido arrojar desperdicios de alimentos u otros objetos por la ventana, as’ como arrojarlos por el retrete. ÑPor motivos de higiene y salud, se recuerda que est‡ totalmente prohibido guardar en las habitaciones alimentos que por su naturaleza sean susceptibles de caducar, producir malos olores, deterioros en el mobiliario o puedan dar lugar a intoxicaciones o enfermedades. ÑDe acuerdo con la normativa, ser‡ amonestado verbalmente por el desorden notorio de la habitaci—n, el mal uso del mobiliario y enseres de la misma. 3. Lavander’a. ÑToda la ropa del residente ser‡ marcada con su nombre y apellidos. La adquisici—n de cualquier otra prenda deber‡ ser marcada de la misma forma. No se permitir‡ el uso de ropa sin estar debidamente marcada. ÑNo se permitir‡ entregar para su lavado ropa ostensiblemente estropeada o injustificablemente sucia. A este respecto se recuerda la obligaci—n del residente de renovar su vestuario. ÑPor higiene personal, es recomendable un cambio diario de ropa ’ntima. 4. Servicio mŽdico. ÑSer‡ por prescripci—n facultativa la imposici—n, variaci—n o supresi—n de cualquier rŽgimen alimenticio, as’ como de cualquier tratamiento mŽdico. ÑBajo ningœn concepto se alterar‡n las instrucciones dictadas por el mŽdico en cuanto alimentaci—n, atenci—n sanitaria, etc. ÑPor higiene es recomendable la ducha como m’nimo dos veces por semana. ÑLa administraci—n de la alimentaci—n prescrita por el servicio mŽdico privado o pœblico a los residentes correr‡ a cargo del personal especializado del propio centro. Ningœn residente deber‡ estar en posesi—n de ningœn medicamento sin conocimiento del servicio mŽdico o del servicio de enfermer’a del centro. ÑLa entrega de medicaci—n de un residente a otro podr‡ ser sancionada con la expulsi—n del centro. ÑNingœn residente deber‡ comprar medicamentos a otro residente. ÑRecuerde que todas las normas emanadas de direcci—n deber‡n ser respetadas cumplidas, por lo tanto, si el personal le indica algo respecto a la forma de actuar, comportamiento, etc., tenga en cuenta que son normas establecidas para el buen funcionamiento interno. Si no est‡ usted de acuerdo, h‡galo saber al responsable del centro. ÑPara el buen funcionamiento y satisfacci—n de todos le recordamos que est‡ en su casa y es deber suyo, por tanto, colaborar con la direcci—n y el personal del centro. Tercero: Derechos y obligaciones. Art’culo 5. Derechos y obligaciones. 5.1. Derechos: ÑQue se establezca su rŽgimen de vida de acuerdo a criterios de plena libertad, que solo podr‡ limitarse por razones de convivencia, higiene, enfermedad y el adecuado funcionamiento de los servicios. ÑQue se le garantice el car‡cter confidencial sobre su estado de salud. ÑSer tratados correctamente. ÑAlojamiento, manutenci—n, servicio de habitaciones, asistencia higiŽnica, cuidados de enfermer’a y asistencia mŽdica. ÑPoder tener en su habitaci—n objetos personales, previa autorizaci—n de la direcci—n. ÑLavado y planchado de la ropa. ÑPoder entrar o salir libremente del centro, previa comunicaci—n a la direcci—n del centro. ÑTener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el centro. ÑParticipar en los servicios y actividades que se organicen y colaborar con sus conocimientos y experiencias en el desarrollo de los mismos. ÑPoder abandonar la residencia por vacaciones, bien de forma continuada o interrumpida, abonando, en estos casos, el precio de la estancia deduciendo el coste de la alimentaci—n. ÑFormular reclamaciones, sugerencias y observaciones, debiendo ser informado de sus consecuencias. ÑNo ser indiscriminado en el tratamiento por raz—n de edad, nacimiento, raza, sexo, religi—n, opini—n o cualquier otra condici—n o circunstancia personal o social. 5.2. Obligaciones: ÑCumplir las normas recogidas en este reglamento. ÑGuardar las normas de higiene y aseo, tanto en su persona como en las dependencias de la residencia. ÑVestirse adecuadamente para estar en las zonas comunes de la residencia. ÑCuidar correctamente las instalaciones y equipamiento de la residencia. ÑTratar correctamente a todos los residentes y trabajadores de la residencia. ÑComunicar a la direcci—n de la residencia las salidas o ausencias. ÑRespetar las habitaciones de los compa–eros; se proh’be la entrada en otra habitaci—n en ausencia del titular de la misma. ÑNo tener en la habitaci—n alimentos perecederos con el objeto de evitar intoxicaciones y malos olores. ÑNo colocar objetos o ropa en las ventanas de la residencia. ÑAbonar puntualmente el importe de los servicios contratados. ÑPoner en conocimiento de la direcci—n de la residencia las anomal’as o las deficiencias que pudiera observar. ÑDisponer de la ropa de uso personal y de los utensilios y art’culos de aseo establecidos. Cuarto: Normas de admisi—n. Art. 6. Podr‡n adquirir la condici—n de usuarios de la residencia las personas que reœnan o cumplan los siguientes requisitos: ÑTener preferentemente 65 a–os cumplidos. ÑNo padecer enfermedad infecto-contagiosa, problemas ps’quicos-psiqui‡tricos, adicci—n a t—xicos (alcoholismo, drogadicci—n) u otra que afecte a la normal convivencia de la vida diaria. ÑCada solicitante deber‡ aportar los certificados mŽdicos que acrediten que no padece enfermedad que le impida la normal convivencia y ello sin perjuicio del reconocimiento a que inexcusablemente se someter‡. Adem‡s, deber‡ aportar tambiŽn el certificado mŽdico en el que queden reflejados otras circunstancias mŽdicas a tener en cuenta. Asimismo, constar‡, si lo hubiera, la medicaci—n que toma con el nombre de la medicaci—n, dosis, tratamiento mŽdico necesario, rŽgimen de comidas y otros detalles mŽdicos a tener en cuenta. ÑAceptar el reglamento interno de la residencia y comprometerse a cumplir las normas en Žl reflejadas. ÑLos residentes que durante su estancia contraigan cualquier enfermedad que se considere incompatible a los efectos de convivencia u otra invalidez a largo plazo ser‡n trasladados al centro hospitalario que determinen los servicios mŽdicos del organismo que gestione la sanidad pœblica y en Žl permanecer‡ hasta su curaci—n. ÑSi el residente desea un centro determinado, los gastos ser‡n de su cuenta. ÑLos servicios mŽdicos no prestados por la residencia ser‡n a cargo de los residentes (si estos son de car‡cter privado). ÑEn cualquier caso, los medicamentos que por voluntad propia o prescripci—n mŽdica consuman los residentes ser‡n ’ntegramente de su cargo econ—mico; tambiŽn lo ser‡n las intervenciones quirœrgicas o tratamientos especiales que no estŽn comprendidos en el seguro particular o aceptados por el organismo que gestione la sanidad pœblica. Asimismo, el residente est‡ obligado a poner dicho tratamiento en conocimiento de la direcci—n de la residencia. ÑLos residentes consienten el tratamiento en forma automatizada o manual de sus datos de car‡cter personal, as’ como su utilizaci—n por la residencia con la finalidad de gestionar su estancia, estableciŽndose el car‡cter confidencial de los mismos tŽrminos establecidos por la vigente Ley Org‡nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci—n de Datos Personales y Garant’a de los Derechos Digitales. Dichos residentes tienen el derecho de acceder a dichos datos, rectificarlos cuando fuera err—neo y cancelarlos mediante petici—n a la direcci—n de la residencia. En relaci—n a los datos de salud que pudieran hallarse a disposici—n de la residencia, esta se obliga a no utilizarlos salvo para su comunicaci—n al mŽdico de la misma. Quinto: PŽrdida de condici—n de residente. Ser‡ motivo de pŽrdida de condici—n de residente: ¥ Por fallecimiento. ¥ Por renuncia voluntaria. ¥ Por expulsi—n. ¥ Por faltas muy graves. ¥ Por impago de dos mensualidades de la cuota que tenga establecida. Sexto: Faltas y sanciones. Los residentes que, por acci—n u omisi—n, causen alteraciones o perjuicios en la residencia que sean considerados como faltas ser‡n objeto de la sanci—n pertinente, que tendr‡ car‡cter administrativo y disciplinario y se entender‡n aplicadas con independencia de las responsabilidades de orden civil o penal reguladas legalmente. ÑFaltas leves: ¥ Faltar el respeto a los residentes o al personal del centro. ¥ Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo, creando situaciones de malestar en la residencia. ¥ Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios de la residencia. ¥ Promover o participar en altercados, ri–as o peleas de cualquier tipo. ¥ Ausentarse de la residencia sin ponerlo en conocimiento de la direcci—n. ÑFaltas graves: ¥ Reiteraci—n de faltas leves (m‡s de dos faltas leves). ¥ Pernoctar fuera de la residencia sin comunicarlo a la direcci—n. ¥ Entorpecer, intencionadamente, las actividades de la residencia. ¥ Demora injustificada de un mes en el pago de la estancia. ¥ Utilizar en las habitaciones aparatos y herramientas no autorizadas. ¥ Sustracci—n de bienes o cualquier clase de objetos, propiedad de cualquier usuario, trabajador o del centro. ¥ Proferir amenazas, coacciones o injurias contra el resto de residentes. ÑFaltas muy graves: ¥ Reiteraci—n de falta graves (m‡s de dos faltas graves). ¥ Agresi—n f’sica o malos tratos a otros usuarios o personal del centro. ¥ Embriaguez. ¥ Causar da–os intencionadamente en las instalaciones del centro de mayores. ÑSanciones: ¥ Por faltas leves, amonestaci—n verbal privada por parte de la direcci—n del centro de mayores. ¥ Por faltas graves, amonestaci—n por escrito de la direcci—n de la residencia. ¥ Por faltas muy graves, expulsi—n de la residencia con comunicado a la gerencia territorial de servicios sociales. Las disposiciones del presente reglamento tendr‡n car‡cter b‡sico y, en todo caso, se complementar‡n con las de car‡cter espec’fico en los tŽrminos previstos en las bases administrativas y tŽcnicas del concierto del servicio de gesti—n del centro La Vi–aza. La direcci—n del centro integral La Vi–aza se reserva el derecho de interpretar estas normas sin posterior recurso, as’ como de alterarlas cuando lo crean conveniente, previa comunicaci—n oportuna. Morata de Jal—n, a 18 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Luis Velilla Sancho. SECCIîN SEXTA Nœm. 3659 AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE LA RIBERA El Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos de la Ribera, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 15 de mayo del corriente, acord— la aprobaci—n inicial del expediente de modificaci—n de crŽditos nœm. 3/2024 del presupuesto general de 2024, en la modalidad de crŽditos extraordinarios, financiados mediante remanente de tesorer’a para gastos generales. En cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 169.1, por remisi—n del 177.2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a informaci—n pœblica por el plazo de quince d’as, a contar desde el d’a siguiente de la inserci—n de este anuncio en el BOPZ, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerar‡ aprobado definitivamente dicho acuerdo. Paracuellos de la Ribera, a 15 de mayo de 2024. Ñ La alcaldesa, Mar’a Pilar S‡nchez Monreal. SECCIîN SEXTA Nœm. 3669 AYUNTAMIENTO DE TARAZONA Por la Alcald’a-Presidencia, con fecha 15 de mayo de 2024, se ha dictado decreto nœm. 2024-660, por el que se aprueba el proyecto de obras de mejora de pavimentaci—n en entorno zona teleclub, plaza Lavadero, tramo calle Portillo y calle Doctor Modrego y muro viario en calle Subida Cementerio, en el barrio de Cunchillos, fechado a mayo de 2024, con un presupuesto total de 62.924,23 euros, desglosado en 53.656,39 euros de principal e IVA de 11.267,84 euros, redactado por los servicios tŽcnicos municipales, condicionado al cumplimiento de las condiciones generales y particulares impuestas por Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n en resoluci—n dictada en el expediente 847/2023. Lo que se hace pœblico para general conocimiento, indicando que contra el presente acuerdo, que pone fin a la v’a administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposici—n potestativo ante la Alcald’a-Presidencia de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de los de Zaragoza en el plazo de dos meses, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente. Tarazona, a 17 de mayo de 2024. Ñ El alcalde, Pedro Antonio Jaray Artasona. SECCIîN SEXTA Nœm. 3665 COMARCA DE CAMPO DE CARI„ENA Por resoluci—n de Presidencia nœmero 259, de fecha 10 de mayo de 2024, se ha aprobado el padr—n del precio pœblico por la prestaci—n del servicio de ayudas tŽcnicas correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, que quedar‡ expuesto al pœblico en el centro de servicios sociales de la Comarca de Campo de Cari–ena durante el plazo de diez d’as naturales a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Concepto: S. prŽstamo ayudas tŽcnicas. Per’odo de liquidaci—n: Agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023. Cuant’a: 240 euros. Contra el acto administrativo de aprobaci—n del padr—n podr‡ interponerse recurso de reposici—n ante la Presidencia, segœn lo previsto en el art’culo 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica. Contra la desestimaci—n expresa o presunta del recurso de reposici—n referido podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos regulados en la ley de tal orden jurisdiccional. Se anuncia la cobranza en periodo voluntario del precio pœblico por el Servicio comarcal de PrŽstamo de Ayudas TŽcnicas correspondiente a los meses agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, realiz‡ndose el cargo en cuenta de los recibos domiciliados el d’a siguiente a la finalizaci—n de exposici—n pœblica del padr—n. Vencido el per’odo voluntario de pago sin que resultase satisfecha la deuda, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, de conformidad con lo dispuesto en los art’culos 69 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudaci—n. Cari–ena, a 16 de mayo de 2024. Ñ El presidente, Lucio Cucal—n Bernal. SECCIîN SEXTA Nœm. 3663 COMARCA DE LA RIBERA BAJA DEL EBRO Habiendo sido aprobado por el Consejo Comarcal de esta Comarca de la Ribera Baja del Ebro, en la sesi—n de 12 de marzo de 2024, la primera oferta de empleo pœblico de 2024 (una vez que dicha propuesta de modificaci—n ha sido informada por la Comisi—n de Personal de esta Comarca en sesi—n de 12 de marzo de 2024), mediante el presente anuncio se hace pœblica la siguiente oferta de empleo de 2024, conforme a los procedimientos de selecci—n previstos en los p‡rrafos 6.¼ y 7.¼ del art’culo 61 y art’culo 70 del EBEP, y lo dispuesto en el art’culo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RŽgimen Local en el art’culo 237 de la Ley de Administraci—n Local de Arag—n y el art’culo 56 del Decreto legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Arag—n, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalizaci—n de Arag—n, para los siguientes puestos de personal laboral: Oferta de empleo pœblico 2024 Personal laboral: A) Denominaci—n: Auxiliar de hogar en Pina de Ebro (puesto de relaci—n de puestos de trabajo nœmero 8.1.A.2-bis). ÑNœmero de puestos: Una plaza, a jornada de veinite horas/semanales. ÑNivel de titulaci—n: Certificado de profesionalidad de atenci—n sociosanitaria a personas en el domicilio, creado por el Real Decreto 295/204, de 20 de febrero (BOE de 9 de marzo), o el equivalente certificado de profesionalidad de la ocupaci—n de auxiliar de ayuda a domicilio (Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo), as’ como otro t’tulos o certificados que se publiquen con los mismos efectos profesionales. ÑSistema de selecci—n: Concurso-oposici—n. ÑPublicaci—n de las bases de su convocatoria: BOPZ. B) Denominaci—n: Auxiliar de hogar en Quinto (puesto de relaci—n de puestos de trabajo nœmero 8.1.A.4-bis). ÑNœmero de puestos: Una plaza, a jornada de veinte horas/semanales. ÑNivel de titulaci—n: Certificado de profesionalidad de atenci—n sociosanitaria a personas en el domicilio, creado por el Real Decreto 295/204, de 20 de febrero (BOE de 9 de marzo), o el equivalente certificado de profesionalidad de la ocupaci—n de auxiliar de ayuda a domicilio (Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo), as’ como otro t’tulos o certificados que se publiquen con los mismos efectos profesionales. ÑSistema de selecci—n: Concurso-oposici—n. ÑPublicaci—n de las bases de su convocatoria: BOPZ. C) Denominaci—n: Auxiliar de hogar ÇcorreturnosÈ (puesto de relaci—n de puestos de trabajo nœmero 8.1.C.1). ÑNœmero de puestos: Dos plazas, a jornada completa, con una duraci—n m’nima de seis meses (de mayo a octubre), ampliable hasta diez meses por necesidades del servicio. ÑNivel de titulaci—n: Certificado de profesionalidad de atenci—n sociosanitaria a personas en el domicilio, creado por el Real Decreto 295/204, de 20 de febrero (BOE de 9 de marzo), o el equivalente certificado de profesionalidad de la ocupaci—n de auxiliar de ayuda a domicilio (Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo), as’ como otro t’tulos o certificados que se publiquen con los mismos efectos profesionales. ÑSistema de selecci—n: Concurso-oposici—n. ÑPublicaci—n de las bases de su convocatoria: BOPZ. Asimismo, se informa de que este expediente de oferta de empleo pœblico de 2024 queda expuesto al pœblico en la Secretar’a de esta Comarca desde el d’a siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en este mismo BOPZ, inform‡ndose de que, de conformidad con lo dispuesto en los art’culos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Comœn, contra dicho acuerdo plenario podr‡ interponerse recurso de reposici—n, con car‡cter potestativo, ante el Pleno de la Corporaci—n en el plazo de un mes, a contar a partir del d’a siguiente al de su publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa de Zaragoza, en el plazo de los dos meses a partir de igual fecha (conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa), con la advertencia de que, si se interpusiese tal recurso potestativo de reposici—n, no se podr‡ interponer simult‡neamente recurso contencioso-administrativo hasta que el anterior recurso administrativo sea resuelto expresamente (o se haya producido su desestimaci—n por silencio para el caso de que haya transcurrido un mes desde su interposici—n, sin que se haya notificado su resoluci—n, en virtud de lo dispuesto en los arts. 124.2 y 24.1 de la Ley 39/2015), sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que su recurrente estime procedente. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. Quinto, a 17 de marzo de 2024. Ñ El presidente, Juan Ram—n Lis R’os. SECCIîN SEXTA Nœm. 3664 COMARCA DE TARAZONA Y EL MONCAYO ANUNCIO relativo a aprobaci—n del Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Comarca de Tarazona y el Moncayo 2024-2026. Expediente 223/2024. El Consejo Comarcal, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 13 de mayo de 2024, aprueba el siguiente Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Comarca de Tarazona y el Moncayo 2024-2026: 1. Introducci—n. 1.1. Consideraciones previas. 1.2. Naturaleza jur’dica 1.3. Competencia 2. Informe de la situaci—n 2.1. Los planes estratŽgicos de subvenciones. 2.2. Control y seguimiento del Plan EstratŽgico de Subvenciones 2.3. Las bases de datos de subvenciones. 2.4. Transparencia 3. La evoluci—n de las subvenciones 2.021/2022/2.023 4. çmbito subjetivo del plan estratŽgico de subvenciones. 5. çmbito temporal del plan estratŽgico de subvenciones 6. L’neas b‡sicas de las bases reguladoras y de las convocatorias para la concesi—n de subvenciones 6.1. Misi—n 6.2. Principios generales 6.3. Objetivos generales. 6.4. L’neas estratŽgicas de subvenci—n 6.5. Procedimientos de concesi—n 6.6. Financiaci—n 7. Modificaci—n del c—digo penal y su incidencia en las subvenciones pœblicas. Disposici—n final. 8. Anexo. L’neas estratŽgicas de actuaci—n, objetivos y l’neas espec’ficas para 2024. 1. Introducci—n. 1.1. Consideraciones previas. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su art’culo 8, bajo de rœbrica de ÇPrincipios GeneralesÈ se–ala que ÇLos —rganos de las Administraciones Pœblicas y cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con car‡cter previo, deber‡n concretar en un plan estratŽgico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicaci—n, el plazo necesario para su consecuci—n, los costes previsibles, y sus fuentes de financiaci—n, supedit‡ndose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestariaÈ. El citado art’culo 8 fue desarrollado por los art’culos 10 a 15 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, estableciendo cu‡les deben ser los principios rectores, el ‡mbito y el contenido de los planes estratŽgicos, as’ como la competencia para su aprobaci—n, el seguimiento que debe realizarse de los mismos y los efectos de su incumplimiento, que, si bien no resulta aplicable a las comarcas, recoge algunos aspectos que pueden ser tenidos en cuenta. La secci—n V del cap’tulo III del T’tulo Preliminar (art’culos 10 a 15) del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre. General de Subvenciones (en adelante RGS), regula los Planes EstratŽgicos de Subvenciones. De acuerdo con el art’culo 12.3. RGS ÇLos planes estratŽgicos de subvenciones tiene car‡cter program‡tico y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedar‡ condicionada a la puesta en pr‡ctica de las diferentes l’neas de subvenci—n, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicioÈ. Por otra parte, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Arag—n -segœn la œltima redacci—n dada por la modificaci—n aprobada por la Ley 5/2018, de 1 de junio, de Integridad y ƒtica Pœblicas-, tiene como objetivo fundamental que la actividad pœblica tradicionalmente conocida como de fomento y promoci—n se desarrolle dentro de los par‡metros que la propia ley impone, estableciendo los mecanismos adecuados para su control previo y evaluaci—n posterior, sobre la base de los siguientes objetivos b‡sicos ÑFavorecer el fomento de la actividad de interŽs pœblico y general que realiza la sociedad civil estructurada y articulada en asociaciones y entidades. ÑFomentar la promoci—n e inclusi—n social, profesional y laboral de los individuos mediante ayudas econ—micas a aquellos ciudadanos que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social. La regulaci—n jur’dica en materia de subvenciones, as’ como de las administraciones pœblicas, establece unos principios generales de actuaci—n, que son elementos fundamentales del Plan EstratŽgico y que deben regir la gesti—n municipal en materia de subvenciones. La Comarca conceder‡ subvenciones a favor de personas o entidades privadas con la finalidad de fomentar la realizaci—n de actividades de utilidad pœblica o interŽs social o para promover la consecuci—n de fines pœblicos atribuidos a la competencia comarcal El art’culo 6 de la ley aragonesa define el contenido de los Planes estratŽgicos de subvenciones, que tendr‡n como contenido m’nimo los siguientes puntos: a) Las l’neas de subvenci—n para cada sector de actividad al que se dirigen las subvenciones, los objetivos espec’ficos y efectos que se pretenden con cada l’nea y el plazo necesario para su consecuci—n. b) Los costes de realizaci—n y las fuentes de financiaci—n, internas o externas. c) Las l’neas b‡sicas de las bases reguladoras de la concesi—n de subvenciones. d) El rŽgimen de seguimiento y evaluaci—n de la actividad subvencional. e) La previsi—n de utilizaci—n del rŽgimen de concesi—n directa de subvenciones en los distintos sectores de actividad. 1.2. Naturaleza jur’dica Los Planes EstratŽgicos de Subvenciones son un instrumento de gesti—n de car‡cter program‡tico, que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobaci—n genera derechos ni obligaciones para la administraci—n. Su efectividad queda condicionada a la aprobaci—n de las correspondientes convocatorias de las diferentes l’neas de subvenci—n o subvenciones nominativas, as’ como de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. 1.3. Competencia El —rgano competente para la aprobaci—n del Plan EstratŽgico de Subvenciones es el Consejo Comarcal, dado que se trata de un instrumento de planificaci—n estratŽgica de la actividad subvencionada o de fomento y de gesti—n econ—mica, de acuerdo con lo previsto en el apartado e) del art’culo 22 de la Ley de Bases de RŽgimen Local. Asimismo, el establecimiento, modificaci—n o supresi—n de l’neas de subvenci—n no contempladas en el plan requerir‡ autorizaci—n previa del Consejo Comarcal a propuesta del çrea o entidad competente. 2. Informe de la situaci—n. 2.1. Los planes estratŽgicos de subvenciones. Hasta este momento han sido aprobados dos planes estratŽgicos. ÑEl Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Comarca de Tarazona y el Moncayo 2021/2023, aprobado por el Consejo Comarcal celebrado el 6 de mayo de 2021. ÑEl Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Comarca de Tarazona y el Moncayo 2017/2.20, aprobado por el Consejo Comarcal celebrado el 26 de septiembre de 2.017 2.2. Control y seguimiento del Plan EstratŽgico de Subvenciones El control y seguimiento del presente Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Comarca de Tarazona y el Moncayo, se realizar‡ de forma anual, mediante el control econ—mico-financiero de las subvenciones concedidas, que est‡ encomendado a la Intervenci—n de la Comarca, que se realizar‡ en las condiciones recogidas en la legislaci—n vigente y en la normativa propia desarrollada al efecto por la misma. 2.3. Las bases de datos de subvenciones. Tal como se–ala la normativa vigente, la Comarca tiene la obligaci—n de remitir la informaci—n relativa a las subvencione comarcales Ð convocatorias, resoluci—n y pago- a la Base Nacional de Datos de Subvenciones. Su comunicaci—n a la misma es condici—n previa para su convocatoria y publicaci—n. Para cumplir adem‡s con la obligaci—n de transparencia, la Comarca dispone de enlace autom‡tico a la Base Nacional de Datos de Subvenciones de la Comarca de Tarazona y el Moncayo 2.4. Transparencia Todas las subvenciones concedidas por la Comarca en cada una de sus l’neas estratŽgicas, programas de ayuda y convocatorias ser‡n publicadas anualmente en la web comarcal, indicando la entidad receptora, cuant’a de la misma, proyecto o acci—n a la que va destinada -con excepci—n de las subvenciones a personas f’sicas que vayan asociadas a algœn dato de car‡cter personal que deba ser protegido. Este criterio convertir’a en no publicable la identidad de las personas beneficiarias en las siguientes l’neas espec’ficas del Plan EstratŽgico de Subvenciones: ÑAyudas de urgencia social. ÑAyudas a familias con bajo nivel de Renta 3. La evoluci—n de las subvenciones 2021/2022/2023. Los datos disponibles recogidos de las liquidaciones de la contabilidad por las liquidaciones aprobadas 2021/2023 permiten ver la evoluci—n: 2023 C—digo Denominaci—n CrŽdito definitivo Tot. reconoc. neto 2023.1350.48003 Convenio A: V. Protecci—n Civil 6.000,00 Û - Û 2023.2312.48000 Ayudas de urgencia 26.839,88 Û 26.675,06 Û 2023.2312.48001 Convenio C‡ritas 15.750,00 Û 15.750,00 Û 2023.2312.48002 Convenio Cruz Roja 6.000,00 Û - Û 2023.2312.48004 Ayudas a familias con bajo nivel de renta 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.2312.48005 Convenio C‡ritas INSERTA 12.720,00 Û 12.720,00 Û 2023.2312.48006 Ayudas asistentes (INSERTA) 6.000,00 Û 5.734,20 Û 2023.3340.48001 Subvenciones asociaciones culturales 80.000,00 Û 74.235,52 Û 2023.3410.48000 Subvenciones asociaciones deportivas 80.000,00 Û 72.732,66 Û 2023.3410.48001 Agrupaci—n deportiva Balonmano-Tarazona 15.000,00 Û 15.000,00 Û 2023.3410.48002 Sociedad Deportiva Tarazona 30.000,00 Û 30.000,00 Û 2023.9120.48000 Asignaci—n a Grupos 14.670,00 Û 12.750,00 Û 2023 C—digo Denominaci—n CrŽdito definitivo Tot. reconoc. neto 2023.1350.76200 Ayuntamiento de LituŽnigo-Instalaci—n contra incendios 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3340.76201 Ayuntamiento de Alcal‡ de Moncayo-Adquisici—n fincas centro cultural 20.000,00 Û - Û 2023.3340.76202 Ayuntamiento de Grisel-Rehabilitaci—n edificio usos culturales 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3340.76214 Ayuntamiento de Santa Cruz de Moncayo-Centro Cultural 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3340.76215 Ayuntamiento de Tarazona-Convento de San Joaqu’n 190.000,00 Û 190.000,00 Û 2023.3420.76203 Ayuntamiento San Mart’n de la Virgen de Moncayo-Pista minibasket 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3420.76204 Ayuntamiento de Litago-Gimnasio Municipal 20.000,00 Û 19.999,09 Û 2023.3420.76205 Ayuntamiento de Torrellas-Climatizaci—n Pabell—n 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3420.76206 Ayuntamiento de Los Fayos-Mejora de las instalaciones deportivas 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3420.76210 Ayuntamiento de Trasmoz-Piscina Municipal 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3420.76211 Ayuntamiento de Mal—n-Pista de P‡del 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.3420.76212 Ayuntamiento de Vierlas-Piscinas Municipales 20.000,00 Û 19.886,19 Û 2023.3420.76213 Ayuntamiento de Novallas-Instalaciones Deportivas 30.000,00 Û 30.000,00 Û 2023.4320.76207 Ayuntamiento de A–—n de Moncayo-Mejora instalaciones Hotel Comendador 20.000,00 Û 19.980,72 Û 2023.4320.76208 Ayuntamiento de Vera de Moncayo-Iluminaci—n paseo al Monasterio de Veruela 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2023.4320.76209 Ayuntamiento de El Buste-Recuperaci—n ermita de San Roque y mirador 20.000,00 Û 20.000,00 Û 2022 Ê Ê Ê C—digo Denominaci—n CrŽdito definitivo Tot. reconoc. neto 2022.1350.48003 Convenio A: V. Protecci—n Civil 6.000,00 Û 6.000,00 Û 2022.2312.48000 Ayudas de urgencia 40.000,00 Û 33.225,97 Û 2022.2312.48001 Convenio Caritas 15.750,00 Û 15.750,00 Û 2022.2312.48004 Ayudas a familias con bajo nivel de renta 20.000,00 Û 15.203,92 Û 2022.3340.48001 Subvenciones actividades culturales 75.000,00 Û 62.206,52 Û 2022.3370.48000 Convenio Juventud Cruz Roja 1.000,00 Û 1.000,00 Û 2022.3410.48000 Subvenciones actividades deportivas 100.000,00 Û 99.310,71 Û 2022.9120.48000 Asignaci—n a Grupos 14.850,00 Û 10.800,00 Û 2022.3330.76213 Ayuntamiento LituŽnigo Centro cultural 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3340.76215 Ayuntamiento de Tarazona - Centro Social Cultural ÇConvento de San Joaqu’nÈ 400.000,00 Û 185.893,87 Û 2022.3340.76216 Ayuntamiento de Alcal‡ de Moncayo - Pabell—n municipal y biblioteca 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3340.76217 Ayuntamiento de Grisel - Rehabilitaci—n edificio fase 1» - usos culturales 27.480,00 Û 27.480,00 Û 2022.3410.76201 Ayuntamiento de Mal—n - Piscina municipal 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022 Ê Ê Ê C—digo Denominaci—n CrŽdito definitivo Tot. reconoc. neto 2022.3410.76202 Ayuntamiento de Grisel - Piscina municipal - pintura y accesos 14.520,00 Û 14.520,00 Û 2022.3410.76203 Ayuntamiento de Trasmoz - Piscina municipal 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3410.76204 Ayuntamiento de San Mart’n de la Virgen del Moncayo - cubrimiento pista de p‡del 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3410.76205 Ayuntamiento de Santa Cruz de Moncayo - ascensor centro juvenil y deportivo 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3410.76206 Ayuntamiento de Litago - aseos y almacŽn centro deportivo multiusos 42.000,00 Û 41.980,35 Û 2022.3410.76207 Ayuntamiento de Novallas - cubrimiento pista de p‡del y ampliaci—n de vestuarios 60.000,00 Û 59.999,99 Û 2022.3410.76208 Ayuntamiento de Vierlas - pabell—n deportivo, accesos munic“pio 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3410.76209 Ayuntamiento de Los Fayos - cubrimiento pista de p‡del 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3410.76210 Ayuntamiento de A–on de Moncayo - Zierzo KM Zero (Trail Comarcal) 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.3410.76211 Ayuntamiento de Torrellas - Ampliaci—n pabell—n deportivo 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2022.4320.76212 Ayuntamiento de Vera de Moncayo - Iluminaci—n ruta tur’sitica 42.000,00 Û 41.718,41 Û 2022.4320.76214 Ayuntamiento de El Buste - çrea de descanso de parquin de autocaravanas 42.000,00 Û 42.000,00 Û 2021 Ê Ê Ê C—digo Denominaci—n CrŽdito definitivo Tot. reconoc. neto 2021.1350.48003 Convenio A: V. Protecci—n Civil 6.000,00 Û 5.926,11 Û 2021.2312.48000 Ayudas de urgencia 40.000,00 Û 29.436,91 Û 2021.2312.48001 Convenio C‡ritas 15.750,00 Û 15.750,00 Û 2021.2312.48004 Ayudas a familias con bajo nivel de renta 20.000,00 Û 14.883,55 Û 2021.2312.48005 Subvenciones Asociaciones Acci—n Social 500,00 Û - Û 2021.3370.48000 Convenio Juventud Cruz Roja 3.000,00 Û 1.888,64 Û 2021.3410.48001 Sociedad Deportiva Tarazona y Agrupaci—n deportiva Balonmano Tarazona 45.000,00 Û 45.000,00 Û 2021.9120.48000 Asignaci—n a Grupos 14.850,00 Û 10.800,00 Û 2021.3340.76200 Subvencion Ayuntamiento de Tarazona. Infraestructura cultural 250.000,00 Û - Û 2021.3410.76206 Subvenci—n Ayuntamiento de Mal—n. Acondiconamiento zona deportiva 20.297,23 Û 20.297,23 Û 2021.3410.76207 Subvenci—n Ayuntamiento de Torrellas. Ampliaci—n equipaci—n complejo deportivo 40.000,00 Û 33.386,98 Û 2021.3410.76208 Subvenci—n Ayuntamiento de Litago. Acceso Pabell—n 36.000,02 Û 36.000,02 Û 2021.3410.76209 Subvenci—n Ayuntamiento de San Mart’n. Pista Padel 40.000,00 Û 40.000,00 Û 2021.3410.76210 Subvenci—n Ayuntamiento de Novallas. Pista P‡del 50.000,00 Û 50.000,00 Û 2021.3410.76211 Subvenci—n Ayuntamiento de A–on. Creaci—n zona trail km 0 31.920,00 Û - Û 2021.3410.76212 Subvenci—n Ayuntamiento de Alcal‡ de Moncayo. Acondicionamiento Complejo deportivo 35.271,72 Û 35.271,72 Û 2021.3410.76213 Subvenci—n Ayuntamiento de Santa Cruz de Moncayo. Acondicionamiento de centro deportivo 39.998,18 Û 39.995,78 Û 2021 Ê Ê Ê C—digo Denominaci—n CrŽdito definitivo Tot. reconoc. neto 2021.3410.76214 Subvenci—n Ayuntamiento de Grisel. Acondicionamiento piscinas muncipales 40.000,00 Û 40.000,00 Û 2021.3410.76215 Subvenci—n Ayuntamiento de LituŽnigo. Acondicionamiento piscinas municipales 40.000,00 Û 40.000,00 Û 2021.3410.76216 Subvenci—n Ayuntamiento de Vierlas . Climatizaci—n pabell—n multiusos 32.556,63 Û 32.556,63 Û 2021.4320.76201 Subvenci—n Ayuntamiento de Los Fayos. Acondicionamiento ruta tur’stica 25.914,78 Û 25.914,78 Û 2021.4320.76202 Subvenci—n Ayuntamiento de Vera de Moncayo. Acondicionamiento Ruta tur’stica l 32.000,00 Û 29.892,31 Û 2021.4320.76203 Subvenci—n Ayuntamiento de El Buste. Mirador Aparcamiento de caravanas 40.000,00 Û 40.000,00 Û 2021.4320.76204 Subvenci—n Ayuntamiento de Mal—n. Rutas desde el Museo del Agua 14.492,73 Û 14.348,80 Û 2021.4320.76205 Subvenci—n Ayuntamiento de Trasmoz. Acondicionamiento Torre del Castillo 39.992,76 Û 39.992,76 Û 4. çmbito subjetivo del plan estratŽgico de subvenciones. El presente Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Comarca de Tarazona incluye las subvenciones concedida por la Comarca en competencias comarcales. 5. çmbito temporal del plan estratŽgico de subvenciones. El ‡mbito temporal del presente Plan EstratŽgico de Subvenciones abarca los ejercicios 2024 a 2026 inclusive, estableciendo no obstante una actualizaci—n anual con la aprobaci—n por el Consejo Comarcal del Anexo correspondiente de l’neas espec’ficas en cada uno de los ejercicios, una vez aprobados los presupuestos comarcales y definidas las aplicaciones del cap’tulo IV y VII, tanto las correspondientes a subvenciones nominativas como las de convocatoria en concurrencia competitiva . 6. L’neas b‡sicas de las bases reguladoras y de las convocatorias para la concesi—n de subvenciones. Las l’neas b‡sicas generales de las convocatorias, convenios y resoluciones para la concesi—n de subvenciones-independientemente de los objetivos espec’ficos de cada una de las l’neas estratŽgicas formuladas en el plan son los siguientes: 6.1. Misi—n. La misi—n Ñraz—n de serÑ del conjunto de la actividad subvencional de la Comarca de Tarazona y el Moncayo queda formulada: ÇImpulsar, promover y potenciar la participaci—n de la sociedad civil estructurada de la Comarca en los distintos ‡mbitos de gesti—n comarcal de interŽs concurrente, apoyando econ—micamente la labor y los proyectos de interŽs general desarrollados por el tejido asociativo, y los Ayuntamientos de la Comarca, as’ como propiciar la inclusi—n social de los individuos mediante ayudas econ—micas a aquellos ciudadanos que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social, todo ello en defensa del principio de igualdad de oportunidadesÈ. Este a–o se incorporan subvenciones dirigidas a asociaciones de acci—n social, en rŽgimen de concurrencia competitiva. 6.2. Principios generales. Todos esos principios son aplicables al conjunto de las l’neas y programas de subvenci—n del Ayuntamiento y de sus organismos aut—nomos y sociedades. a) Publicidad y concurrencia, mediante convocatoria previa en la que se garantice la concurrencia e igualdad en la distribuci—n de fondos pœblicos, ello sin perjuicio de la posible concesi—n directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deber‡ contar con las debidas disponibilidades presupuestarias, con car‡cter previo. b) Objetividad en el proceso de asignaci—n de fondos pœblicos, fijando los criterios y su ponderaci—n para la selecci—n de los proyectos y actividades en caso de concurrencia. c) Igualdad y no discriminaci—n, entre la ciudadan’a, entre los distintos sectores y entre los colectivos. d) Transparencia en el proceso de asignaci—n de recursos pœblicos, tanto el proceso de concesi—n, como en la publicaci—n de los resultados, cumpliendo la normativa de Transparencia sobre la materia. e) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos, con el establecimiento de un procedimiento de seguimiento y control de las subvenciones concedidas. f) Eficiencia en la asignaci—n y utilizaci—n de los recursos pœblicos, con la valoraci—n de las subvenciones y la asignaci—n a los proyectos m‡s eficientes. 6.3. Objetivos generales. Son objetivos generales del presente Plan estratŽgico y de las diferentes l’neas de ayudas y subvenciones de la Comarca de Tarazona y el Moncayo para los ejercicios 2024-2026 los siguientes: 1. Impulsar la participaci—n social de las entidades pœblicas o privadas y Ayuntamientos de la Comarca de Tarazona y el Moncayo, en cada uno de los ‡mbitos relativos a los derechos sociales, promoci—n cultural, promoci—n del deporte, y protecci—n civil incluidos en el presente documento y en sus anexos. 2. Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el art. 5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Arag—n, que obliga a los Ayuntamientos que previamente a la concesi—n de subvenciones, se proceda a aprobar su correspondiente Plan EstratŽgico. 6.4. L’neas estratŽgicas de subvenci—n Las l’neas estratŽgicas de actuaci—n recogidas en el presente Plan EstratŽgico, en el que se integran las l’neas de subvenciones de la Comarca, son las siguientes: ÑL’nea estratŽgica 1: Acci—n social. ÑL’nea estratŽgica 2: Promoci—n del deporte. ÑL’nea estratŽgica 3: Promoci—n de la cultura. ÑL’nea estratŽgica 4: Promoci—n de turismo. ÑL’nea estratŽgica 5: Protecci—n civil. Las cuant’as previstas para cada una de las l’neas para cada uno de los ejercicios ser‡n las recogidas en el Presupuesto anual de la Comarca de Tarazona y el Moncayo. La vigencia de estas l’neas espec’ficas de actuaci—n para cada una de las l’neas espec’ficas quedar‡n condicionadas y limitadas a la aprobaci—n de las mismas en el correspondiente presupuesto anual y a sus consignaciones. 6.5. Procedimientos de concesi—n De acuerdo con lo previsto en el art’culo 3 de la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada Consejo Comarcal de fecha 18 de abril de 2022 y publicada en el BOPZ nœm. 135, de fecha 16 de junio de 2022, en cuanto a los procedimientos de concesi—n dice: 1. Las subvenciones podr‡n concederse en rŽgimen de concurrencia competitiva o de forma directa. 2. El procedimiento ordinario de concesi—n ser‡ el de concurrencia competitiva mediante la comparaci—n de solicitudes al objeto de establecer una relaci—n entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoraci—n previamente fijados en la convocatoria, procediendo a la concesi—n a aquellas que obtuvieran mayor valoraci—n de conformidad con los citados criterios. No obstante, el —rgano competente proceder‡ al prorrateo del crŽdito entre todos los solicitantes que reœnan los requisitos establecidos, cuando, atendiendo a la naturaleza de la subvenci—n, as’ estŽ expresamente previsto en la respectiva convocatoria. 3. Podr‡n concederse de forma directa en los supuestos contemplados en el art’culo 26 de la Ordenanza distinguiendo entre: ÑLas previstas nominativamente en el presupuesto general. ÑAquellas cuyo otorgamiento directo, as’ como su cuant’a, venga impuesto por norma con rango legal. ÑCon car‡cter excepcional, en las que se acrediten razones de interŽs pœblico, social, econ—mico o humanitario de acuerdo con lo establecido en la normativa b‡sica estatal. En todo caso, las correspondientes convocatorias deber‡n ajustarse a las previsiones contenidas en la normativa vigente, interesando destacar las siguientes previsiones incluidas en la Ley de Subvenciones de Arag—n a travŽs de la Ley de Integridad y ƒtica pœblica: ÑÇNo podr‡n formar parte de la comisi—n de valoraci—n los cargos electos y el personal eventual, sin perjuicio de la composici—n que se derive de la normativa comunitaria aplicableÈ. (art. 21 ÇInstrucci—nÈ). ÑÇSi la propuesta de resoluci—n se separa del informe tŽcnico de valoraci—n, en todo o en parte, el instructor deber‡ motivar su decisi—n, debiendo quedar constancia en el expedienteÈ. (art. 22.1). ÑÇSi el —rgano concedente se aparta en todo o en parte de la propuesta del instructor, deber‡ motivarlo suficientemente, debiendo dejar constancia en el expedienteÈ. (art. 23.5). ÑÇUn mismo beneficiario no podr‡ percibir una subvenci—n directa de car‡cter nominativo y una subvenci—n en concurrencia competitiva para un mismo objeto o actividades accesorias del mismoÈ. Sobre la justificaci—n de las subvenciones: ÑÇPara las subvenciones concedidas a otras Administraciones pœblicas o a entidades vinculadas o dependientes de aquellas y a la universidad pœblica, se considerar‡ que el gasto ha sido efectivamente pagado cuando se haya procedido a reconocer su obligaci—n con anterioridad a la finalizaci—n del per’odo de justificaci—n determinado por la norma reguladora de la subvenci—n. A estos efectos, la justificaci—n podr‡ consistir en la certificaci—n emitida por la intervenci—n o el —rgano que tenga atribuidas las facultades de control en la que se haga constar la toma de raz—n en contabilidad y el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida, salvo que se trate de subvenciones de capital, que deber‡n justificarse con facturas o documentos contables de valor probatorio. En ambos supuestos, tambiŽn deber‡ acreditarse de forma documental el pago efectivo dentro del mes siguiente a la finalizaci—n del plazo de justificaci—n o, trat‡ndose de gastos del œltimo mes del ejercicio presupuestario, dentro del mes siguienteÈ (art’culo 32. apartado 5 ÇJustificaci—n de las subvencionesÈ). 6.6. Financiaci—n. La concesi—n de subvenciones ser‡ con cargo a fondos propios y requerir‡ la inclusi—n previa de la consignaci—n en los cap’tulos IV y VII, los presupuestos comarcales de cada a–o, y la aprobaci—n de las convocatorias que contengan las bases reguladoras de su concesi—n. La concesi—n de subvenciones queda supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesi—n se acomodar‡n en todo momento a dichos objetivos. 7. Modificaci—n del c—digo penal y su incidencia en las subvenciones pœblicas. El 21 de febrero de 2019 fue publicada en el Bolet’n Oficial del Estado la Ley Org‡nica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la Ley Org‡nica 10/1995, de 23 de noviembre, del C—digo Penal, para transponer directivas de la Uni—n Europea en los ‡mbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de ’ndole internacional. Esta modificaci—n de C—digo Penal incluye aspectos que afectan tanto a la concesi—n como a la recepci—n y uso de subvenciones otorgadas por las Administraciones pœblicas, y que deben ser conocidos tanto por los servicios o entidades proponentes u otorgantes como por los beneficiarios, de ah’ su inclusi—n en la presente actualizaci—n del Plan EstratŽgico de Subvenciones como la recomendaci—n de su incorporaci—n en las convocatorias, convenios y resoluciones futuras. La ley org‡nica aprobada tiene por objeto la transposici—n de varias directivas europeas a nuestro ordenamiento interno, especialmente la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Uni—n a travŽs del Derecho penal. Y se completa la regulaci—n de los delitos de corrupci—n de acuerdo con las directrices del Grupo de Estados contra la Corrupci—n (GRECO). La Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Uni—n a travŽs del Derecho penal, supone la regulaci—n armonizada de estos fraudes, as’ como la penalizaci—n de otras conductas ’ntimamente vinculadas con los mismos: el blanqueo de capitales, el cohecho y la malversaci—n. Espec’ficamente, y en relaci—n con lo que m‡s afecta a las subvenciones, se especifica lo siguiente: ÇOnce. Se modifica el art’culo 308, que queda redactado como sigue: 1. El que obtenga subvenciones o ayudas de las Administraciones Pœblicas, incluida la Uni—n Europea, en una cantidad o por un valor superior a cien mil euros falseando las condiciones requeridas para su concesi—n u ocultando las que la hubiesen impedido ser‡ castigado con la pena de prisi—n de uno a cinco a–os y multa del tanto al sŽxtuplo de su importe, salvo que lleve a cabo el reintegro a que se refiere el apartado 6. 2. Las mismas penas se impondr‡n al que, en el desarrollo de una actividad sufragada total o parcialmente con fondos de las Administraciones pœblicas, incluida la Uni—n Europea, los aplique en una cantidad superior a cien mil euros a fines distintos de aquellos para los que la subvenci—n o ayuda fue concedida, salvo que lleve a cabo el reintegro a que se refiere el apartado 6. 3. Adem‡s de las penas se–aladas, se impondr‡ al responsable la pŽrdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas pœblicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un per’odo de tres a seis a–os. 4. Si la cuant’a obtenida, defraudada o aplicada indebidamente no superase los cien mil euros pero excediere de diez mil, se impondr‡ una pena de prisi—n de tres meses a un a–o o multa del tanto al triplo de la citada cuant’a y la pŽrdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas pœblicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el per’odo de seis meses a dos a–os, salvo que lleve a cabo el reintegro a que se refiere el apartado 6. 5. A los efectos de determinar la cuant’a a que se refiere este art’culo, se atender‡ al total de lo obtenido, defraudado o indebidamente aplicado, con independencia de si procede de una o de varias administraciones pœblicas conjuntamente. 6. Se entender‡ realizado el reintegro al que se refieren los apartados 1, 2 y 4 cuando por el perceptor de la subvenci—n o ayuda se proceda a devolver las subvenciones o ayudas indebidamente percibidas o aplicadas, incrementadas en el interŽs de demora aplicable en materia de subvenciones desde el momento en que las percibi—, y se lleve a cabo antes de que se haya notificado la iniciaci—n de actuaciones de comprobaci—n o control en relaci—n con dichas subvenciones o ayudas o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante de la Administraci—n auton—mica o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquŽl dirigida o antes de que el Ministerio Fiscal o el juez de instrucci—n realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciaci—n de diligencias. El reintegro impedir‡ que a dicho sujeto se le persiga por las posibles falsedades instrumentales que, exclusivamente en relaci—n con la deuda objeto de regularizaci—n, el mismo pudiera haber cometido con car‡cter previo a la regularizaci—n de su situaci—n. 7. La existencia de un procedimiento penal por alguno de los delitos de los apartados 1, 2 y 4 de este art’culo no impedir‡ que la administraci—n competente exija el reintegro por v’a administrativa de las subvenciones o ayudas indebidamente aplicadas. El importe que deba ser reintegrado se entender‡ fijado provisionalmente por la administraci—n y se ajustar‡ despuŽs a lo que finalmente se resuelva en el proceso penal. El procedimiento penal tampoco paralizar‡ la acci—n de cobro de la Administraci—n, que podr‡ iniciar las actuaciones dirigidas al cobro salvo que el juez, de oficio o a instancia de parte, hubiere acordado la suspensi—n de las actuaciones de ejecuci—n previa prestaci—n de garant’a. Si no se pudiere prestar garant’a en todo o en parte, excepcionalmente el juez podr‡ acordar la suspensi—n con dispensa total o parcial de garant’as si apreciare que la ejecuci—n pudiese ocasionar da–os irreparables o de muy dif’cil reparaci—n...È./ En definitiva, debe trasladarse a las entidades o personas beneficiarias de las subvenciones de la Comarca de Tarazona que el falseamiento de las condiciones de obtenci—n de una subvenci—n; su ocultamiento en el caso de que hubiese condiciones que impidiesen obtenerla; o la aplicaci—n de la subvenci—n a fines distintos a los que fue destinada son tipificados como delitos en el C—digo Penal, con penas que pueden llegar hasta cinco a–os de prisi—n, multas que pueden ascender al sŽxtuplo del importe, o pueden suponer la pŽrdida durante varios a–os del derecho de obtenci—n de subvenciones pœblicas y otros beneficios fiscales y de la Seguridad Social, todo ello en funci—n de las cuant’as correspondientes o de los reintegros previos al inicio de la denuncia por el Ministerio fiscal o la autoridad, o a las actuaciones del Ministerio fiscal o del juez de instrucci—n en relaci—n a esas denuncias. En consecuencia, se recomienda a los servicios y entidades gestoras de las convocatorias, convenios o resoluciones de subvenciones de la Comarca de Tarazona, la inclusi—n en las mismas del siguiente apartado: ÇTras la entra en vigor de la Ley Org‡nica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la Ley Org‡nica 10/1995, de 23 de noviembre, del C—digo Penal, para transponer Directivas de la Uni—n Europea en los ‡mbitos financiero y de terrorismo, es preciso poner de manifiesto a todos los agentes que participan en procesos de subvenciones pœblicas lo siguiente: El art’culo 308 del C—digo Penal incluye la tipificaci—n como delito, penado con prisi—n, multa y pŽrdida de la condici—n de beneficiario de subvenciones, el falseamiento de las condiciones de obtenci—n de una subvenci—n, su ocultamiento -en el caso de hubiese condiciones que impidiesen obtenerla- o la aplicaci—n de la subvenci—n a fines distintos a los que fue destinada, todo ello en funci—n de la cuant’a de la subvenci—n. La entidad solicitante (o la entidad firmante del convenio, o beneficiaria de la subvenci—n) debe de ser consciente de lo que este precepto representa y la obligaci—n de la Comarca de actuar en consecuencia en el caso de detectarse indicios relativos al citado incumplimientoÈ. Disposici—n final El presente Plan EstratŽgico de Subvenciones entrar‡ en vigor el mismo d’a de su publicaci—n en el BOPZ. 8. Anexo. L’neas estratŽgicas de actuaci—n, objetivos y l’neas espec’ficas para 2024. Las l’neas estratŽgicas de actuaci—n recogidas en el presente Plan estratŽgico, en el que se integran las l’neas de subvenciones del Comarca y de sus entidades, son las siguientes: L’nea estratŽgica nœm. 1: Acci—n social. Objetivos estratŽgico: Colaborar al desarrollo del III Plan estratŽgico de servicios sociales de Arag—n 2023-2026, enmarcando la concesi—n de subvenciones hacia la consecuci—n de los objetivos descritos en el mismo. Favorecer la autonom’a, la protecci—n y la inclusi—n de personas y colectivos en situaci—n de vulnerabilidad o dependencia, riesgo de desprotecci—n o exclusi—n social, con el fin de lograr una comunidad m‡s solidaria, equilibrada e integrada socialmente. Apoyo a las asociaciones y entidades sin ‡nimo de lucro, con el objeto de potenciar aquellos servicios de interŽs general para la colectividad que complementen, sin sustituir, las competencias que la Administraci—n Comarcal tiene en el ‡mbito de Servicios Sociales. Apoyo igualmente a las familias, personas f’sicas que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social, con objeto de colaborar a su plena integraci—n social. Objetivos espec’ficos y efectos que se pretenden: 1.1. Potenciar la colaboraci—n y coordinaci—n de las entidades sociales, en el marco del sistema pœblico de servicios sociales, con criterios de complementariedad y priorizaci—n en la promoci—n de los servicios que recibe la poblaci—n. 1.2. Favorecer la inclusi—n social de personas en situaci—n de vulnerabilidad social promoviendo su participaci—n social plena. 1.3. Fomentar programas de apoyo a la infancia, la familia, a la mujer y colectivos desfavorecidos a travŽs de acciones encaminadas a luchar contra la exclusi—n social. 1.4. Dinamizar los proyectos de acci—n comunitaria en los municipios y colaborar al desarrollo de actuaciones comunitarias de los diversos agentes sociales. 1.5. Apoyo a la realizaci—n de actividades de sensibilizaci—n a la ciudadan’a sobre la situaci—n de desigualdad entre hombres y mujeres as’ como cualquier otra situaci—n de discriminaci—n social. 1.6. Fomento de actividades orientadas a alcanzar y mantener h‡bitos de vida saludables y responsables en la infancia, adolescencia y juventud, favoreciendo un ocio alternativo y responsable que contribuya al desarrollo personal de la misma. Plazo de ejecuci—n: Convocatorias anuales. Fuentes de financiaci—n: Presupuesto comarcal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el mismo. Costes econ—micos: Los costes previstos para el ejercicio 2024 ser‡n, hasta el m‡ximo de las disponibilidades presupuestarias, asciende a un total de 88.750 euros. Procedimiento de concesi—n: El procedimiento de concesi—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ en concurrencia competitiva y tramitaci—n mediante convenios o resoluciones con las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto. Plan de actuaci—n: El plan de actuaci—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ mediante la elaboraci—n de las correspondientes convocatorias y/o convenios de colaboraci—n espec’ficos, y reglamento regulador en el caso de las ayudas de urgencia. PROGRAMA ECONOMICA LêNEA DE SUBVENCIîN IMPORTE MODALIDAD 2311 48000 Subvenciones asociaciones acci—n social 13.000,00 Û DIRECTA 2312 48000 Ayudas de urgencia 40.000,00 Û SITUACIONES GENERALES Y CONSUMO ENERGƒTICO 2312 48001 Convenio C‡ritas 15.750,00 Û NOMINATIVA 2312 48004 Ayudas a familias bajo nivel de renta 20.000,00 Û CONCURRENCIA TOTAL 88.750,00 Û L’nea estratŽgica nœm. 2: Promoci—n del deporte. Objetivo estratŽgico: Ofrecer al conjunto de la ciudadan’a la posibilidad de satisfacer sus demandas deportivas e incentivar una pr‡ctica saludable como medio de mejora de la calidad de vida a travŽs de la colaboraci—n con entidades y asociaciones deportivas. Objetivos espec’ficos y efectos que se pretenden: 2.1. Cooperar con las diversas entidades deportivas de la comarca en el desarrollo de actividades deportivas. 2.2. Mejorar la calidad de las instalaciones deportivas de los Ayuntamientos, necesarias para la pr‡ctica de las actividades programadas por la Comarca. 2.3. Fomentar la promoci—n del deporte federado de las entidades deportivas de base. 2.4. Incentivar el desarrollo del deporte en la calle por las entidades deportivas. 2.5. Promocionar la Comarca de Tarazona y el Moncayo colaborando en el mantenimiento de equipos que participen en competiciones a nivel nacional. Plazo de ejecuci—n: Convocatorias anuales. Fuentes de financiaci—n: Presupuesto comarcal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el mismo. Costes econ—micos: Los costes previstos para el ejercicio 2024 ser‡n, hasta el m‡ximo de las disponibilidades presupuestarias asciende a un total de 455.000 euros. Procedimiento de concesi—n: El procedimiento de concesi—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ en concurrencia competitiva y tramitaci—n mediante convenios o resoluciones con las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto. Plan de actuaci—n: El plan de actuaci—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ mediante la elaboraci—n de las correspondientes convocatorias y/o convenios de colaboraci—n espec’ficos. PROGRAMA ECONOMICA LêNEA DE SUBVENCIîN IMPORTE MODALIDAD 3410 48000 Sociedad Deportiva Tarazona 165.000 NOMINATIVA 3410 48001 Agrupaci—n Deportiva Balonmano Tarazona 15.000 NOMINATIVA 3410 48002 Subvenciones asociaciones deportivas 70.000 CONCURRENCIA 3420 76204 Ayuntamiento de Liuenigo actuaciones Complejo Deportivo 25.000 NOMINATIVA 3420 76206 Ayuntamiento de San Mart’n-Canasta y vallado pista mini-basquet 5.000 NOMINATIVA 3420 76207 Ayuntamiento de Santa Cruz- Mantenimiento de pabell—n y mejora piscinas 25.000 NOMINATIVA 3420 76209 Ayuntamiento de Trasmoz, acceso piscinas municipales 25.000 NOMINATIVA 3420 76210 Ayuntamiento de Mal—n- instalaci—n elŽctrica en zona deportiva 25.000 NOMINATIVA 3420 76212 Ayuntamiento de Torrellas- Acondicionamiento y mejora de Front— 25.000 NOMINATIVA 3420 76213 Ayuntamiento de Vera- Pista de P‡del 25.000 NOMINATIVA 3420 76214 Ayuntamiento de Litago. Vallado y puerta zona deportiva 25.000 NOMINATIVA 3420 76210 Ayuntamiento de A–on de Moncayo-Mejora instalaciones deportivas. 25.000 NOMINATIVA 455.000 L’nea estratŽgica nœm. 3: Promoci—n cultura. Objetivo estratŽgico: El est’mulo de las artes y la cultura para garantizar el derecho de la ciudadan’a a los bienes culturales y art’sticos, lograr un tejido cultural equilibrado, diverso y din‡mico, con una pol’tica de ayudas a las asociaciones sin ‡nimo de lucro y entidades locales, as’ como el mantenimiento y la difusi—n de nuestro patrimonio cultural tanto dentro como fuera de nuestra Comarca. Objetivos espec’ficos y efectos que se pretenden: 3.1. Apoyar, difundir y promocionar la cultura tradicional aragonesa realizada a travŽs de festivales, producci—n de espect‡culos y cualquier actividad de fomento de la cultura tradicional en todas sus manifestaciones. 3.2. Apoyar, difundir y promocionar las artes escŽnicas, tanto teatro como danza o circo en cualquiera de sus formatos o disciplinas. 3.3. Apoyar, difundir y promocionar las artes pl‡sticas y visuales, incluidos el arte de acci—n y el arte urbano en todos sus formatos. 3.4. Apoyar el cine y audiovisual, promovidos a travŽs de producciones, festivales o actividades de fomento y difusi—n. 3.5. Apoyar, difundir y promocionar el libro y la lectura, en cualquiera de sus especialidades y soportes. 3.6. Apoyar, difundir y promocionar la mœsica y actividades musicales, en todos sus gŽneros y manifestaciones. 3.7. Mejora instalaciones y equipamiento municipales para desarrollo actividades culturales. Plazo de ejecuci—n: Convocatorias anuales. Fuentes de financiaci—n: Presupuesto comarcal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el mismo Costes econ—micos: Los costes previstos para el ejercicio 2024 ser‡n hasta el m‡ximo de las disponibilidades presupuestarias asciende a un total de 230.000 euros. Procedimiento de concesi—n: El procedimiento de concesi—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ en concurrencia competitiva y tramitaci—n mediante convenios o resoluciones con las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto. Plan de actuaci—n: El plan de actuaci—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ mediante la elaboraci—n de las correspondientes convocatorias y/o convenios de colaboraci—n espec’ficos PROGRAMA ECONOMICA LêNEA DE SUBVENCIîN IMPORTE MODALIDAD 3340 48000 Subvenci—n Asociaciones culturales 70.000 CONCURRENCIA 3340 76201 Ayuntamiento del Buste-Acondicionamiento parcela pabell—n cultura 25.000 NOMINATIVA 3340 76202 Ayuntamiento de Los Fayos- Acondicionamiento y mejora sal—n cultural 25.000 NOMINATIVA 3340 76203 Ayuntamiento de Novallas- Adecuaci—n local escuela de mœsica y adquisici—n escenariio 35.000 NOMINATIVA 3340 76205 Ayuntamiento de Vieralas- Sistema generaci—n elŽctrica pabell—n cultural 25.000 NOMINATIVA 3340 76208 Ayuntamiento de Grisel-Rehabilitaci—n edificio usos culturales. Fase III 25.000 NOMINATIVA 3340 76215 Ayuntamiento de Alcal‡ de Moncayo-Acondicionamiento centro cultural 25.000 NOMINATIVA TOTAL 230.000 L’nea estratŽgica nœm. 4: Promoci—n del turismo. Objetivo estratŽgico: Promoci—n de la actividad y de la oferta tur’stica de la Comarca en los diversos mercados existentes, en coordinaci—n con el sector privado y con la propia actividad de la Comunidad Aut—noma, as’ como creaci—n y gesti—n de infraestructuras tur’sticas comarcales. Objetivos espec’ficos y efectos que se pretenden: 4.1. Fomentar la creaci—n de productos tur’sticos y su comercializaci—n en coordinaci—n con el sector privado. 4.2. Desarrollar actuaciones que supongan la creaci—n, modernizaci—n, impulso y mejora de la calidad y sostenibilidad de las infraestructuras tur’sticas comarcales. 4.3. Promoci—n y difusi—n de la oferta del sector tur’stico y de los recursos tur’sticos disponibles, mediante actuaciones de promoci—n tur’stica, como asistencia a ferias, creaci—n de una imagen de marca, la puesta en valor de recursos tur’sticos, acciones de marketing digital, mejora de p‡ginas web, gesti—n de redes sociales y edici—n de folletos. 4.4. Promocionar acciones de innovaci—n y digitalizaci—n, principalmente a travŽs del uso de las tecnolog’as de la informaci—n y la comunicaci—n. Plazo de ejecuci—n: Convocatorias anuales. Fuentes de financiaci—n: Presupuesto comarcal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el mismo. Costes econ—micos: Los costes previstos para el ejercicio 2024 ser‡n, hasta el m‡ximo de las disponibilidades presupuestarias asciende a un total de 20.000 euros. Procedimiento de concesi—n: El procedimiento de concesi—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ en concurrencia competitiva y tramitaci—n mediante convenios o resoluciones con las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto. Plan de actuaci—n: El plan de actuaci—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ mediante la elaboraci—n de las correspondientes convocatorias y/o convenios de colaboraci—n espec’ficos PROGRAMA ECONOMICA LêNEA DE SUBVENCIîN IMPORTE MODALIDAD 4320 76206 Ayuntamiento de San Mart’n-paseo micol—gico 20.000 TOTAL 20.000 L’nea estratŽgica nœm. 5: Protecci—n civil. Objetivo estratŽgico: Garantizar un servicio de protecci—n civil adecuado para la poblaci—n, actividad, y territorio de la Comarca de Tarazona y el Moncayo apoyado en una agrupaci—n de voluntarios din‡mica y con efectivos suficientes que permita realizar los servicios y emergencias que se soliciten. Objetivos espec’ficos y efectos que se pretenden: 5.1. Apoyar la realizaci—n de campa–as de difusi—n que favorezcan el ingreso de nuevos voluntarios. 5.2. Promover la igualdad en la agrupaci—n de voluntarias y voluntarios, alcanzando la paridad de gŽnero en el nœmero de voluntarios y voluntarias y en sus —rganos. 5.3. Implementar las capacidades tŽcnicas de la agrupaci—n de voluntarios mediante la financiaci—n de la adquisici—n de recursos inventariables. 5.4. Colaborar en el sostenimiento del gasto corriente de la actividad de la agrupaci—n de voluntarios de protecci—n civil. 5.5. Incentivar la mejora de la metodolog’a de funcionamiento de la agrupaci—n. Plazo de ejecuci—n: Convocatorias anuales Fuentes de financiaci—n: Presupuesto comarcal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el mismo Costes econ—micos: Los costes previstos para el ejercicio 2024 ser‡n, hasta el m‡ximo de las disponibilidades presupuestarias asciende a un total de 6.000 euros. Procedimiento de concesi—n: El procedimiento de concesi—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ en concurrencia competitiva y tramitaci—n mediante convenios o resoluciones con las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto. Plan de actuaci—n: El plan de actuaci—n para la ejecuci—n de esta l’nea estratŽgica se realizar‡ mediante la elaboraci—n de los correspondientes convenios de colaboraci—n espec’ficos. PROGRAMA ECONOMICA LêNEA DE SUBVENCIîN IMPORTE MODALIDAD 1350 480003 Convenio agrupaci—n voluntarios Protecci—n Civil 6.000 Nominativa TOTAL 6.000 Tarazona, a 17 de mayo de 2024. Ñ El presidente, Jacob Ram’rez Mora. SECCIîN SEXTA Nœm. 3666 COMARCA DE TARAZONA Y EL MONCAYO ANUNCIO relativo a delegaci—n de competencias en materia de contrataci—n del Consejo Comarcal a la Junta de Gobierno Local de la Comarca de Tarazona y el Moncayo. (Expediente 249/2024). El Consejo Comarcal, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 13 de mayo de 2024, acord— delegar en la Junta de Gobierno las competencias que, en materia contractual, atribuye la disposici—n adicional segunda, apartado 2, de la Ley de Contratos del Sector Pœblico al Pleno. Tarazona, a 17 de mayo de 2024. Ñ El presidente, Jacob Ram’rez Mora.