BOP. 113    21/05/2011


Entidad publicadora: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 ZARAGOZA

Número de registro: 6561/2011

Materia: Justicia

Sección séptima

AUTOS 170/2011. CITACION 07/11/2011 INSTALACIONES Y SERVICIOS LA CARTUJA SL

JUZGADO NUM. 5 Cédula de notificación Núm. 6.561 Don Miguel Angel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 170/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Antonio Rodero Muñoz contra la empresa Instalaciones y Servicios La Cartuja, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Acuerdo: ?Admitir la demanda presentada. ?Señalar el día 7 de noviembre de 2011, a las 9:15 horas, para la celebración del acto de conciliación ante el secretario judicial, y el mismo día, a las 9:30 horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio. ?Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio podrán el secretario judicial, en el primer caso, y el/la juez/a, en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase de la demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía. Se tienen por hechas las manifestaciones relativas a las pruebas propuestas en el escrito de la demanda, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por la parte actora, ya que esta deberá proponerla y, en su caso, el/la juez/a admitirla en el acto de juicio (art. 87 de la Ley de Procedimiento Laboral). Requiérase a la demandada para que aporte a las actuaciones los documentos solicitados en la demanda. Se tiene por hecha la manifestación de que se valdrá de letrado. ?Antes de la notificación de esta resolución a las partes, paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado. Notifíquese a las partes». Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a juicio del recurrente, contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Instalaciones y Servicios La Cartuja, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a veintinueve de abril de dos mil once. ? El secretario judicial, Miguel Angel Esteras Pérez.
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