BOP. 287    16/12/2011


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MALUENDA

Número de registro: 15384/2011

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES 1 PROFESOR EDUCACION ADULTOS

M A L U E N D A Núm. 15.384 BASES de la convocatoria de un profesor generalista a media jornada para la realización de las actividades de educación de personas adultas. 1.ª Número, denominación y características de la plaza convocada. Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el sistema de concurso de una plaza de profesor generalista a media jornada para la realización de actividades de educación de adultos, dentro del Plan provincial de educación de personas adultas para el curso 2011-2012 de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza. El profesor que se contrate se adscribirá a dicho Plan en tareas educativas, así como la coordinación, seguimiento, evaluación y perfeccionamiento docente; le será de aplicación la normativa vigente del Departamento de Educación y Ciencia, por su adscripción al CPEA, desarrollando su actividad en el municipio de Maluenda. El candidato seleccionado será contratado en régimen laboral temporal, a media jornada. El período de contratación finalizará el 30 de junio de 2012. El convenio de aplicación será el del personal laboral del Ayuntamiento de Maluenda. 2.ª Requisitos de los aspirantes. Podrán presentarse a esta convocatoria aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes: ? Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente. ? Estar en posesión del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas y Enseñanzas Artísticas, Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP), excepto diplomados en Magisterio o equivalente. ? Estar en posesión del título de Administrador de Aula Mentor. ? Aceptar las bases de la convocatoria y comprometerse a desarrollar las funciones y tareas propias de esta plaza. Las funciones a desarrollar serán las siguientes: ? Actividades docentes de formación académica. ? Actividades relacionadas con el Aula Mentor. ? Actividades de dinamización sociocultural. ? Actividades de programación, organización, gestión, seguimiento y evaluación del Plan de adultos. ? Realización de todas aquellas actividades que se desarrollan en el marco relacional que une a las aulas de adultos con los centros públicos de educación de personas adultas (estas actividades en general son aquellas derivadas de la organización educativa, aspectos didáctico-pedagógicos, formación y perfeccionamiento del profesorado, etc.). 3.ª Instancias. 1) Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, se dirigirán a la Presidencia de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOPZ. Las instancias también podrán presentarse en al forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2) A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos, todo ello por duplicado: ? Currículum vítae. ? Fotocopia del documento nacional de identidad. ? Certificado de los méritos de formación. ? Certificado de méritos profesionales. ? Presentación de un proyecto educativo aplicado al ámbito donde se desarrollará la actividad. Ha de constar de tres partes claramente diferenciadas: análisis de la realidad o diagnóstico, necesidades educativas y planificación o proyecto educativo. No serán tenidos en cuenta los méritos alegados sin el suficiente respaldo documental. Las fotocopias de los méritos alegados se presentarán debidamente compulsadas. 4.ª Comisión de valoración. 1) Para valorar los méritos de los aspirantes de deberá constituir una comisión al efecto, formada por: ? Un representante del Departamento de Educación y Ciencia de la Diputación General de Aragón, que actuará de presidente. ? Un representante de la Diputación Provincial de Zaragoza. ? Un representante del CPEPA. ? El secretario del Ayuntamiento, que actuará de secretario. 2) Los méritos serán valorados conforme al baremo que aparece como anexo a esta convocatoria. 5.ª Lista de aprobados. Concluidas las valoraciones de los méritos, la comisión hará pública, en la sede del Ayuntamiento, la relación obtenida por diferentes apartados, abriendo un plazo de cinco días naturales para formular las oportunas reclamaciones. 6.ª Presentación de documentos y nombramiento. 1) El aspirante aprobado presentará en la Secretaría de la Corporación, en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas aprobadas, la siguiente documentación: a) Declaración jurada de no estar afectado por ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad. b) Tarjeta de inscripción como demandante de empleo. 2) Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado. En este caso, la Presidencia de la Corporación efectuará el nombramiento de los aspirantes propuestos, quienes deberán firmar el contrato correspondiente en el plazo de quince días naturales, a contar del siguiente a aquel en que sea notificado el nombramiento. Transcurrido dicho plazo sin efectuarla, se entenderá que renuncia a la plaza y consiguiente nombramiento. Maluenda, a 30 de noviembre de 2011. ? La Alcaldesa, Carmen Herrero Abián. ANEXO Baremo A) Titulación y formación (máximo 4 puntos): 1. Titulación: ?Diplomado en Educación General Básica o Magisterio, 1 punto. ?Licenciado en Educación Social, 1 punto. ?Licenciado en Pedagogía, 1 punto. ?Licenciatura o diplomatura en otras disciplinas, 0,5 puntos. 2. Formación (se valorará solamente la impartida por las Administraciones Públicas y centros homologados): ? Formación del profesorado relacionada con la educación de personas adultas: Por cada curso o seminario: ?Hasta cien horas acumulativas, 0,1 puntos. ?De cien a doscientas horas acumulativas, 0,2 puntos. ?De doscientas a trescientas horas acumulativas, 0,3 puntos. ?Más de trescientas horas, 0,4 puntos. ? Formación del profesorado relacionada con la educación en general. Por cada curso o seminario: ?De cincuenta a cien horas acumulativas, 0,05 puntos. ?De cien a doscientas horas acumulativas, 0,1 puntos. ?Más de doscientas horas, 0,15 puntos. B) Experiencia profesional (máximo 3 puntos): 1. En educación de personas adultas: ? Experiencia docente en planes provinciales de educación de adultos (máximo 2 puntos): ?Por cada curso completo (mínimo nueve meses), 0,2 puntos. ?Por cada curso incompleto ( menos de nueve meses), 0,02 puntos/mes. 2. Otras experiencias educativas: ? Experiencia docente en otros campos educativos en centros reconocidos oficialmente (máximo 1 punto): ?Por cada curso completo (mínimo nueve meses), 0,1 puntos. ?Por cada curso incompleto (menos de nueve meses), 0,01 puntos/mes. C) Proyecto (máximo 4 puntos): ?Diagnóstico a análisis de la realidad, hasta 1 punto. ?Necesidades educativas, hasta 1 punto. ?Planificación educativa o proyecto, hasta 2 puntos. Total máximo de los apartados A + B + C = 11 puntos. El tribunal podrá pedir una entrevista final a los aspirantes para poder definir y concretar si los méritos aportados son los acordes a las necesidades de la plaza ofertada. Valoración apartado entrevista, máximo 4 puntos. NOTA. ? En aquellos casos en los que varios aspirantes hayan obtenido el total máximo de puntuación, se resolverá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el apartado B.
Cerrar