BOP. 265    18/11/2014


Entidad publicadora: CONSORCIO CASA DEL TRADUCTOR

Número de registro: 12315/2014

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección sexta

BASES CONVOCATORIA CONCESION 12 BECAS CASA DEL TRADUCTOR

T A R A Z O N A

Casa del Traductor Núm. 12.315

BASES específicas de la convocatoria para la concesión de becas en metálico en la Casa del Traductor, de Tarazona.

1.ª Objeto y finalidad de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de doce becas para traductores previstas por la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor, de Tarazona. Dichas becas consistirán en una ayuda económica de 30 euros/día y se disfrutarán en las instalaciones de la Casa del Traductor por un período mínimo de quince días durante los años 2014 y 2015.

La finalidad de las ayudas reguladas en la presente ordenanza es el perfeccionamiento y profundización de la traducción, facilitando a los traductores literarios una estancia en la Casa del Traductor donde encuentren los medios más idóneos para realizar su trabajo: biblioteca especializada, herramientas informáticas, Internet. Además de proporcionarles la ocasión de convivir con otros profesionales con los que puedan compartir y resolver problemas y experiencias relativas a su trabajo.

Las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria serán compatibles con cualquier otro tipo de ayuda o subvención pública o privada.

2.ª Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona publicada en el BOPZ núm. 32, de 9 de febrero de 2008, y en el BOPZ núm. 71, de 28 de marzo de 2.009.

3.ª Créditos presupuestarios.

Las ayudas aprobadas en esta convocatoria se imputan por la anualidad 2014 a la aplicación presupuestaria 3340-48001 por importe de 8.100 euros; y por la anualidad 2015 a la aplicación presupuestaria 3340-48001 por importe de 10.800 euros, quedando condicionada, en todo caso, esta anualidad a la consignación de los pertinentes recursos en el presupuesto del ejercicio 2015.

Al tratarse de una convocatoria abierta, esta se resolverá periódicamente a lo largo del ejercicio presupuestario, fijándose la cuantía máxima del crédito presupuestario a consumir en cada resolución en 1.350 euros. Asimismo, el importe del crédito no consumido en cada período se acumulará al previsto para el siguiente, aumentándose en consecuencia el número de ayudas a conceder en el mismo.

4.ª Beneficiarios.

Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener nacionalidad o residencia en cualquier país del mundo

b) Utilizar como lengua de partida o de llegada cualquier lengua del mundo, siendo necesario que la lengua de partida o la de llegada sea obligatoriamente el castellano o cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado español.

c) Ser traductor profesional, lo que debe acreditarse con un mínimo de dos libros ya publicados.

d) Realizar una memoria sobre el trabajo de traducción para el que se solicita la beca, en la que se justifique el interés del mismo.

e) La aportación de contrato de traducción. Esto, no obstante, podrán ser becados con carácter excepcional aquellos traductores que no cumplan el anterior requisito, en caso de que el proyecto se considere de singular calidad e interés a juicio de la presidencia del Consorcio, previo informe de la dirección/presidencia de la Casa.

5.ª Solicitudes.

Las solicitudes irán dirigidas a la señora presidenta del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona, y podrán presentarse en el Registro General del Consorcio de la Casa del Traductor o por cualquier medio de los establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Junto a la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación, junto con la anteriormente señalada, como requisitos.

a) DNI o pasaporte debidamente actualizado.

b) Declaración responsable de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

c) Declaración responsable de estar exento de IVA.

En los supuestos de que la documentación presentada se considere incorrecta o incompleta, de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimento Administrativo Común (RJAP y PAC), se requerirá al solicitante para que en el plazo improrrogable de diez días proceda a la subsanación de los defectos detectados o acompañe los documentos preceptivos, advirtiéndole que, una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya practicado la referida subsanación, se le tendrá por desistida en su petición, previa resolución que se dicte en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley

6.ª Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPZ y, al tratarse de una convocatoria abierta, se extenderá a lo largo de todo el ejercicio presupuestario 2014, así como del 2015.

7.ª Criterios de valoración de las solicitudes.

En la concesión de las becas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

a) Interés del proyecto en cuanto a difusión de obra/autor en la lengua a la que va dirigido.

b) Interés del proyecto en cuanto a la lengua de llegada o la de partida.

c) Interés del proyecto por la difusión editorial del mismo.

d) Tendrán prioridad los traductores que no hayan recibido beca en metálico de la Casa del Traductor en el pasado año.

8.ª Plazo de resolución.

La resolución de la presente convocatoria es competencia de la señora presidenta del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona y, al tratarse de una convocatoria abierta se efectuará con periodicidad mensual.

De acuerdo con lo dispuesto en el 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la resolución incluirá una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos.

Si por alguno de los beneficiarios se renunciase a la beca, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquel en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes. Esta opción se comunicará a los interesados para que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez aceptada la propuesta, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su notificación en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento de desarrollo.

9.ª Obligaciones de los becarios.

Las obligaciones de los beneficiarios, además de las establecidas con carácter general en la normativa reguladora del régimen jurídico de las subvenciones concedidas por las entidades locales, son las siguientes:

a) El becario estará obligado al pago del precio público por estancia en la Casa del Traductor, de Tarazona, de 12 euros al día, más el 10% de IVA.

b) Durante su estancia los becarios deberán observar las normas internas de la Casa del Traductor.

c) El traductor está obligado a elaborar un informe de al menos treinta líneas sobre su estancia en la Casa y el proyecto de traducción por el que ha sido becado.

d) El becario estará obligado a someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

e) Comunicar al Consorcio la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

f) En la publicación de la traducción se hará constar:

—Que la traducción se ha realizado, total o parcialmente, con la colaboración y financiación de la Casa del Traductor de Tarazona

—El organismo gracias al cual le ha sido concedida la beca: Consorcio Casa del Traductor

g) El traductor deberá enviar a la Casa del Traductor dos ejemplares del libro traducido durante su estancia.

h) El traductor deberá, llegado el caso, presentar su trabajo de traducción o de algún aspecto relacionado con el mismo en el acto público que para ello organice la Casa del Traductor durante su estancia.

i) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al reintegro de la cuantía recibida.

10.ª Justificación y cobro.

Para percibir las ayudas económicas será necesario presentar al Consorcio la siguiente documentación:

— Instancia suscrita por el becario dirigida a la Presidencia del Consorcio solicitando el pago de la subvención, indicando el número de cuenta al cual se haya de efectuar la transferencia.

—Informe de la Dirección/Presidencia de la Casa del Traductor relativo al correcto desarrollo de los trabajos y cumplimiento de las normas internas de la Casa.

—Certificado de hallarse al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

La documentación justificativa deberá presentarse en el plazo un mes de desde la finalización de la actividad subvencionada.

El Consorcio podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de mismo y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero.

Asimismo, se podrán realizar pagos fraccionados de carácter mensual en aquellos supuestos en los que lo solicite el becario y previo informe de la Dirección de la Casa del Traductor sobre la normal ejecución de la actividad.

11.ª Régimen jurídico.

En lo no previsto en las presentes bases específicas serán de aplicación las bases aprobadas mediante la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona, las previsiones contenidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en el Reglamento para su desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, así como en el conjunto de disposiciones aplicables a la Administración Local.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose que la presente resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrán interponerse los siguientes recursos de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa:

• Potestativamente, recurso de reposición ante la Muy Ilustre Presidencia, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente resolución (arts. 116 y siguientes de la Ley 4/99).

• Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de los de Zaragoza, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación (art. 46 de la Ley 29/1998). En caso de interposición del recurso de reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Tarazona, a 11 de noviembre de 2014. — La presidenta, Ana Gavara Segura.

 

Cerrar