Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALÓN
Número de registro: 12846/2014
Materia: Ordenanzas y Reglamentos
MORATA DE JALÓN Núm. 12846
No habiéndose presentado reclamaciones durante el período de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno municipal, en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2014, por el que se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Tipo de gravamen: Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,56%.
La presente modificación entrará en vigor en el momento de su publicación en el BOPZ y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2015.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en la sección provincial de Zaragoza del “Boletín Oficial de Aragón” (BOPZ), ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Morata de Jalón, a 25 de noviembre de 2014. — La alcaldesa, María Cristina Andrés Ostáriz.