BOP. 13    17/01/2015


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MALLÉN

Número de registro: 385/2015

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

M A L L É N Núm. 385

Aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Mallén, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2014, la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles del Ayuntamiento de Mallén.

Sometida la misma a información pública mediante edicto publicado en el BOPZ núm. 277, de fecha de 2 de diciembre de 2014, y no habiéndose presentado reclamaciones ni alegaciones durante el mismo, por resolución de Alcaldía se eleva a definitiva, introduciendo el artículo 17 con la siguiente redacción:

«Art. 17. Forma de pago.

De conformidad con lo regulado en los artículos 9 y 10 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el pago de los recibos de bienes inmuebles urbanos y rústicos domiciliados y de un importe superior a 50 euros se realizará en dos fracciones, sin intereses, dentro del mismo ejercicio. El calendario de pago será establecido por el órgano gestor del impuesto».

La presente modificación de la Ordenanza fiscal entrará en vigor desde el día 1 de enero de 2015 permaneciendo vigente, sin interrupción, en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Mallén, a 13 de enero de 2015. — El alcalde, Pedro Luis Lalaguna Modrego.

 

 

Cerrar