BOP. 299    30/12/2015


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MUEL

Número de registro: 13972/2015

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA

M U E L                                                                                           Núm. 13.972

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Muel, sobre la eliminación del artículo 6.1 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del siguiente: “y se otorgará por un plazo máximo de cuatro años a contar desde el siguiente a la matriculación del vehículo, transcurridos los cuales decaerá el derecho a la bonificación” cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y cuyo contenido queda con la siguiente redacción:

«Art. 6.º Bonificaciones.

1. Los vehículos catalogados como históricos de acuerdo a lo establecido en el capítulo I del Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, gozarán de una bonificación del 100% en la tarifa que, en cada caso, les sea de aplicación.

Para el disfrute de esta bonificación los titulares de los vehículos habrán de instar su concesión, a la que deberán adjuntar copia de la tarjeta de inspección técnica y su calificación y registro como vehículo histórico, en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.

La bonificación, una vez declarada, tendrá efectividad en el período impositivo siguiente a aquel en que se hubiese formulado la correspondiente solicitud».

Contra el presente acuerdo, conforme el artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Muel, a 21 de diciembre de 2015. — El alcalde, Rafael Aliaga Aliaga.

 

 

Cerrar