Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Número de registro: 140/2016
Materia: Urbanismo
Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza
Área de Urbanismo y Sostenibilidad
Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística Núm. 140
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. — Aprobar, con carácter definitivo, la propuesta de modificación aislada número 131 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, con el objeto de reordenar el volumen edificable en la manzana residencial del sector 45-4-3, situada en la plaza de Europa, entre las calles Río Guadiana y Sierra de Vicor, conforme al proyecto aportado en fecha 22 de octubre del 2015 por el representante de la entidad mercantil propietaria de la parcela.
Segundo. — Advertir que, conforme a lo dictaminado por la Comisión Municipal de Patrimonio Histórico-Artístico en fecha 27 de noviembre de 2015, “todas las fachadas del edificio deberán tener la misma dignidad y los mismos materiales, dado que, por su altura, van a ser visibles por toda la ciudad, según lo previsto en el artículo 2.5.2 de las normas urbanísticas del PGOU” y que el proyecto de edificación que se presente se remitirá a informe de esta comisión cuando se solicite la correspondiente licencia de construcción.
Tercero. — Resolver la alegación formulada por la Asociación de Vecinos Ebro de la Almozara, en el sentido indicado en los informes emitidos por el Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación en fecha 20 de agosto de 2015 y por el Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística en fecha 15 de octubre de 2015, notificando la presente resolución a esta entidad vecinal con traslado de estos informes.
Cuarto. — Comunicar el presente acuerdo al Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza para su conocimiento y efectos, adjuntando el proyecto aprobado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 154.2 a) del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planeamiento urbanístico.
Quinto. — De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 3/2009, de urbanismo de Aragón, y el artículo 143 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, el presente acuerdo, así como la documentación relativa a las normas urbanísticas y sus anejos, deberán ser objeto de publicación en la sección provincial del “Boletín Oficial de Aragón” (BOPZ).
Sexto. — Dar traslado del presente acuerdo a los distintos servicios municipales para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Séptimo. — Notificar a la entidad mercantil propietaria de la parcela la adopción de esta resolución, requiriéndole que aporte un nuevo proyecto de urbanización, en el sentido indicado en el informe emitido por el Servicio de Ingeniería de Desarrollo Urbano de fecha 1 de octubre de 2015, y dando cumplimiento al compromiso e incluir una actuación complementaria de mobiliario urbano en las zonas verdes de dicho proyecto, o en las colindantes al norte del mismo, por importe de cinco mil euros, adjuntando a la notificación a efectuar copia de ambos informes.
Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que el presente acuerdo agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con lo previsto el artículo 107.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Zaragoza, a 24 de diciembre de 2015. — El secretario general del Pleno, P.D.: La jefa del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, P.A.: La letrada adjunta a la Jefatura de Servicio, Edurne Herce Urzaiz.
ANEXO
Normas urbanísticas
Anejo III. — Planeamiento recogido:
En el anejo III “Planeamiento recogido” de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, apartado “Plan parcial subpolígono Puerta de Sancho (área 45)”, el párrafo dedicado al subpolígono 3 de la unidad 4 queda redactado como sigue: “Se mantienen las determinaciones desarrolladas en el estudio de detalle Puerta de Sancho (unidades 1 y 2), en el estudio de detalle de la Industrial Química (unidad 3) y en la modificación del Plan parcial de la unidad 4, con las modificaciones de la altura máxima, que se fija en B+19, con la ordenación volumétrica que se plantea en la modificación del estudio de detalle tramitada, manteniendo el aprovechamiento de 33.259,4 metros cuadrados, con uso principal de vivienda colectiva y los usos compatibles y complementarios del artículo 4.2.6 de la zona A-2 del Plan General, debiendo destinarse la planta baja exclusivamente a usos compatibles y complementarios.