BOP. 10    14/01/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE SIGÜÉS

Número de registro: 203/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL IMPUESTO BIENES INMUEBLES

S I G Ü É S                                                                                            Núm. 203

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sigüés, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

«Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles en los términos que figuran en el expediente, modificándose el artículo 2 con la redacción siguiente:

“Determinación de la cuota tributaria.

Art. 2.º El tipo diferenciado de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales se fija en el 1,30%”».

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Sigüés, a 8 de enero de 2016. — El alcalde, Eduardo Abadía Mainer.

 

 

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