BOP. 15    20/01/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE JARABA

Número de registro: 397/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

CORRECCIÓN ERRORES ANUNCIO BOP 31.12.2015, APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA IMPUESTO BIENES INMUEBLES

J A R A B A                                                                                         Núm. 397

RECTIFICACIÓN de anuncio de 31 de diciembre de 2015, sobre aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

Advertido error en el anuncio publicado en el BOPZ número 300, de fecha 31 de diciembre de 2015, relativo a la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, se procede a dar conocimiento de la modificación siguiente:

Donde dice:

«Capítulo IV — Pago de la cuota.

Art. 12. Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria se establece un sistema especial de pago del impuesto, que consiste en una modalidad de fraccionamiento del pago en dos plazos, sin intereses, de forma que el pago del primer plazo equivale al 50% de la cuota anual y el 50% restante equivale al segundo plazo».

Debe decir:

«Capítulo IV — Pago de la cuota

Art. 12. De conformidad con lo regulado en los artículos 9 y 10 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el pago de los recibos de bienes inmuebles urbanos domiciliados y no domiciliados, y de un importe superior a 50 euros, se realizará en dos fracciones, sin intereses, dentro del mismo ejercicio. El calendario de pago será establecido por el órgano gestor del impuesto».

Jaraba, a 14 de enero de 2016. — El alcalde, Joaquín Barriga Lorente.

 

 

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