BOP. 28    05/02/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ARTIEDA

Número de registro: 924/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO BIENES INMUEBLES

A R T I E D A                                                                                      Núm. 924

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Artieda de 1 de diciembre de 2015 (BOPZ de 12 de diciembre de 2015), sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

«Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles en los términos que figuran en el expediente, entrando en vigor con referencia a 1 de enero de 2016, modificándose el artículo 2 con la redacción siguiente:

Determinación de la cuota tributaria.

Art. 2.

Se fija el tipo diferenciado de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales en el 1,30%”».

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Artieda, a 26 de enero de 2016. — El alcalde, Luis Solana Garcés.

 

 

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