BOP. 133    13/06/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MONREAL DE ARIZA

Número de registro: 5647/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

CORRECCIÓN ERRORES ANUNCIO EN BOP 31.05.2016 SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZAS FISCALES

MONREAL  DE  ARIZA                                                                Núm. 5.647

Advertido error en el BOPZ número 122, de fecha 31 de mayo de 2016, en el anuncio de la publicación definitiva de las ordenanzas fiscales de este Ayuntamiento. Se rectifica el mimo como sigue:

Donde dice:

«Con esta publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, sección provincia de Zaragoza (BOPZ), y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, se abre un período de información pública durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no se hubieran presentado en este período de información publica reclamaciones o alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, entrando en vigor desde el día siguiente al que se haya llevado a cabo dicha publicación. Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 17, puntos 4 y 5 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales...».

Debe decir:

«En fecha de 5 de abril pasado, en el BOPZ número 122, apareció publicado el anuncio con el contenido completo de ordenanzas fiscales reguladoras de tasas, impuestos y precios públicos aprobados, sin que se hayan presentado reclamaciones o alegaciones al respecto.

Con esta publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, sección provincia de Zaragoza (BOPZ), y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, se cierra el período de información pública durante mas de treinta días, dentro de los cuales los interesados han podido examinar el expediente, sin presentar las reclamaciones o alegaciones a las mismas.

Por todo ello se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado por el Pleno en cumplimiento del artículo 17, puntos 4 y 5, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción».

Lo que se publica para general conocimiento.

Monreal de Ariza, a 31 de mayo de 2016. — La alcaldesa, Ángeles Lozano Burgos.

 

 

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