BOP. 162    16/07/2016


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ)

Número de registro: 6838/2016

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección tercera

BDNS (IDENTIF.): 311989.- ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO.- EXTRACTO DECRETO 1523 DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL MEDIO RURAL EJERCICIO 2016

Excma. Diputación Provincial

de Zaragoza

BIENESTAR  SOCIAL  Y  DESARROLLO

Sección de Fomento e Infraestructuras y Empleo                       Núm. 6.838

EXTRACTO del decreto número 1.523, de fecha 8 de julio de 2016, de la Presidencia de la Corporación, por el que convoca el “Plan de promoción y desarrollo del medio rural en la provincia de Zaragoza para el ejercicio 2016”, así como las normas y anexos que lo acompañan.

BDNS (identif.): 311989.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. — Beneficiarios.

 Los grupos de acción local encargados de gestionar las estrategias de desarrollo local participativo en el período 2014-2020, y que son los que se relacionan a continuación:

—Asociación para el Desarrollo y Fomento de las Cinco Villas (ADEFO Cinco Villas).

—Asociación para el Desarrollo de las Tierras del Moncayo (ASOMO).

—Asociación Monegros, Centro de Desarrollo (CEDER Monegros).

—Asociación para el Desarrollo Rural Integral de la Comunidad de Calatayud y Comarca del Aranda (ADRI Calatayud y Aranda).

—Centro para el Desarrollo de las Comarcas del Mar de Aragón (CEDEMAR).

—Asociación para el Desarrollo Rural Integral de las tierras del Jiloca y Gallocanta (ADRI Jiloca-Gallocanta).

—Federación para el Desarrollo Integral de Valdejalón y Campo de Cariñena (FEDIVALCA).

—Asociación para el Desarrollo de la Ribera Alta del Ebro (ADRAE).

—Asociación para el Desarrollo Rural Comarcal de la Hoya de Huesca (ADESHO).

—Asociación para el Desarrollo Integral de la Comarca Campo de Belchite (ADECOBEL).

—Centro de Desarrollo zona oriental de Huesca (CEDER Oriental Huesca)

—Asociación para el Desarrollo  Integral de la Cuna de Aragón (ADECUARA, La Jacetania).

Segundo. — Objeto.

La concesión de subvenciones, con objeto de contribuir a la financiación de los gastos de gestión y funcionamiento integrados por gastos corrientes y de inversión en que incurren los mismos para la puesta en práctica de las estrategias de desarrollo local participativo, de conformidad con las bases reguladoras de las subvenciones LEADER.

Tercero. — Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, publicada en el BOPZ número 99, de 4 de mayo de 2016.

Cuarto. — Cuantía.

Para atender a la financiación de este Plan, la Diputación Provincial de Zaragoza aportará la cantidad de 350.000 euros, distribuidos con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos de la Corporación provincial vigente para el ejercicio 2016, y los documentos de retención de crédito que se señalan:

—La cantidad de 270.000 euros para gastos corrientes, que se imputará a la aplicación presupuestaria 31400/41400/489.01.00, con cargo a la retención de crédito número 22016003469

—La cantidad de 80.000 euros para gastos de inversión, que se imputará a la aplicación presupuestaria 31400/41400/789.01.00, con cargo a la retención de crédito número 22016003470.

La cuantía máxima de subvención a percibir por cada grupo de acción local viene determinada  en el apartado segundo de la norma séptima.

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

Los grupos de acción local beneficiarios podrán formular una única solicitud de subvención de conformidad con el anexo I, y atendiendo a la cuantía máxima prevista en la norma 7.ª-2, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPZ. En el caso de que el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá que finaliza este al día siguiente hábil

Sexto. — Aceptación expresa de la subvención y pago.

La concesión de la subvención solo se hará efectiva con la aceptación expresa de la misma por el Ayuntamiento beneficiario, de acuerdo con lo regulado en la norma undécima de la convocatoria.

El pago de la subvención se materializará en el ejercicio 2016, únicamente en la modalidad de anticipo del 100% del importe concedido, y una vez aprobada la resolución definitiva del Plan.

Zaragoza, a 13 de julio de 2016. — La vicepresidenta de la Diputación Provincial de Zaragoza, Teresa Ladrero Parral.

 

 

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