BOP. 257    08/11/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LUCENI

Número de registro: 9892/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINTIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA IMPUESTO BIENES INMUEBLES

L U C E N I                                                                                       Núm. 9.892

Habiendo transcurrido el plazo señalado en el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que se haya presentado reclamación alguna contra el acuerdo plenario de fecha 23 de marzo de 2016 (anuncio publicado en el BOPZ núm. 86, de 16 de abril de 2016), adquiere carácter definitivo el acuerdo de modificación de tarifas de la Ordenanza fiscal que a continuación se cita:

Impuesto sobre bienes inmuebles

Art. 32. Tipo de gravamen. — El tipo de gravamen del impuesto será:

a) Para los inmuebles de naturaleza urbana: 0,57%.

La entrada en vigor de esta modificación se llevará a cabo con efectos de 1 de enero de 2017.

Contra este acuerdo los interesados podrán interponer, tal y como establece el artículo 19 TRLRHL, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio en el BOPZ ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Luceni, a 3 de noviembre de 2016. — La alcaldesa, Ana Arellano Badía.

 

 

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