BOP. 259    10/11/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE SESTRICA

Número de registro: 9966/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA

S E S T R I C A    Núm. 9.966

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«Artículo 12. Tipo de gravamen.

—Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,45%». 

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza.

Sestrica, a 28 de octubre de 2016. — El alcalde, Miguel Pinilla Embid.

 

 

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