BOP. 265    17/11/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE TALAMANTES

Número de registro: 10242/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION IBI 2017

TALAMANTES                                                                              Núm. 10.242

No habiéndose formulado reclamaciones contra la aprobación inicial de la modificación de Ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, durante el plazo de treinta días a contar desde el siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el BOPZ núm. 223, de fecha 27 de septiembre de 2016, dicha aprobación inicial deviene definitiva de forma automática, publicándose seguidamente la parte dispositiva del acuerdo inicial de 14 de septiembre:

«El Pleno municipal, por unanimidad de sus miembros, acuerda:

1. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, estableciendo el tipo impositivo para los bienes inmuebles de naturaleza urbana en el 0,46% del valor catastral, para su aplicación en el padrón de dicho impuesto del ejercicio 2017.

2. Exponer al público dicha modificación por término de treinta días, a contar desde el siguiente a la aparición del correspondiente anuncio en el BOPZ, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al objeto de que los interesados puedan formular las alegaciones que estimen oportuno sobre esta modificación.

3. Si no se formulasen alegaciones durante dicho período, el presente acuerdo quedará elevado a definitivo de forma automática, publicándose íntegramente la parte resolutiva de este acuerdo en el BOPZ».

Conforme a lo dispuesto en el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, contra dicha aprobación definitiva los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la normativa reguladora de dicha jurisdicción.

Talamantes, a 9 de noviembre de 2016. — El alcalde, José Manuel Jiménez Arellano.

 

 

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