Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE BUJARALOZ
Número de registro: 11623/2016
Materia: Ordenanzas y Reglamentos
B U J A R A L O Z Núm. 11.623
Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo inicial de aprobación de la modificación de la Ordenanza fiscal núm. 1, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, y de la Ordenanza fiscal núm. 14, reguladora de la tasa por prestación del servicio de piscinas, instalaciones deportivas y servicios análogos, modificación llevada a cabo conforme figura en el anexo de este anuncio, y no habiéndose presentado reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo según lo previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 de dicha Ley, se publica como anexo el texto de las modificaciones efectuadas en las Ordenanzas citadas.
Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, según lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Bujaraloz, a 23 de diciembre de 2016. — El alcalde, Carmelo Rozas Ferrer.
ANEXO
Modificación ordenanza fiscal núm. 1,
reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles
Se modifica el artículo 3 en su apartado a):
Artículo 3. Tipo de gravamen.
El tipo de gravamen del impuesto será:
a) Inmuebles urbanos: 0,60%.
Modificación Ordenanza fiscal núm. 14, reguladora de la tasa
por prestación del servicio de piscinas, instalaciones deportivas
y servicios análogos
Se modifican de las recogidas en el artículo 6 las tarifas que se indican:
a) Piscinas:
• Entradas:
—Adulto: 4 euros.
—Infantil y jubilado: 3 euros.