BOP. 300    31/12/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE TORRES DE BERRELLÉN

Número de registro: 11791/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION ORDENANZA IBI

TORRES  DE  BERRELLÉN    Núm. 11.791

Aprobado inicialmente en el Pleno de 7 de noviembre de 2016 el expediente de modificación de la Ordenanza sobre el impuesto sobre bienes inmuebles y realizada la publicación para alegaciones en el tablón de anuncios municipal y en el BOPZ núm. 259, de fecha 10 de noviembre de 2016, y habiendo transcurrido el plazo de exposición al público señalado en el artículo 17.2 de Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin que se haya presentado reclamación al mismo, se entiende definitivamente aprobado, por lo que procede la publicación íntegra de dicho acuerdo en el BOPZ, entrando en vigor a partir del 1 de enero de 2017. 

Contra dicho acuerdo puede interponerse recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Texto:

Disposición adicional

Forma de pago. — De conformidad con lo regulado en los artículos 9 y 10 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el pago de los recibos de bienes inmuebles urbanos domiciliados y de un importe superior a 50 euros se realizará en dos fracciones, sin intereses, dentro del mismo ejercicio. El calendario de pago será establecido por el órgano gestor del impuesto.

Torres de Berrellén, a 28 de diciembre de 2016. — La alcaldesa, Mercedes Trébol Bartos.

 

 

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