BOP. 300    31/12/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LOS FAYOS

Número de registro: 11829/2016

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUIESTO BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA

LOS  FAYOS                                                                                   Núm. 11.829

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de este Pleno municipal de fecha 2 de noviembre de 2016 sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

Primero. — Aprobar la modificación del punto a) del artículo 3 “Tipo de gravamen” de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles en lo relativo al gravamen para los bienes inmuebles urbanos, que pasa a ser del 0,40%, quedando el resto del artículo con la redacción vigente.

Segundo. — Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOPZ, por el plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero. — Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Cuarto. — La modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPZ y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2017.

Quinto. — Facultar al señor alcalde-presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Los Fayos, a 29 de diciembre de 2016. — El alcalde.

 

 

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