Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE BORJA
Número de registro: 1269/2017
Materia: Ordenanzas y Reglamentos
B O R J A Núm. 1.269
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación provisional de este Ayuntamiento de Borja sobre la modificación de la Ordenanza fiscal número 1, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, adoptado en fecha 16 de diciembre de 2016, cuyo anuncio de aprobación provisional se publicó en fecha 24 de diciembre de 2016, y cuyo texto íntegro se hace público en anexo en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Borja, a 13 de febrero de 2017. — El alcalde, Eduardo Arilla Pablo.
ANEXO
Texto de las modificación introducida en la Ordenanza fiscal núm. 1,
reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles
del Ayuntamiento de Borja
Se modifica el apartado 1 del artículo 2.º, que queda redactado de la siguiente manera:
Art. 2.º Tipo de gravamen.
1. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el cero coma sesenta y seis por ciento (0,66) del valor catastral asignado a cada uno de ellos.
La presente modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2017, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.