BOP. 236    14/10/2017


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CALMARZA

Número de registro: 8412/2017

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINTIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 8.412

AYUNTAMIENTO DE CALMARZA

ANUNCIO de aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de fecha 26 de julio de 2017, aprobatorio de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

«Artículo 5.º Cuota tributaria.

1. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija por unidad de local, que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.

2. A tal efecto se aplicarán las siguientes tarifas:

• Concepto e importe:

—Vivienda: 35 euros (anual).

—Hostelería, café y bar: 50 euros (anual).

—Obras: 40 euros (mensual).

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Calmarza, a 4 de octubre de 2017. — El alcalde, José Vicente Monge Escolano.

 

 

 

 

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