Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CARIÑENA
Número de registro: 8615/2017
Materia: Ordenanzas y Reglamentos
SECCIÓN SEXTA
CORPORACIONES LOCALES
Núm. 8.615
AYUNTAMIENTO DE CARIÑENA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público (BOPZ núm. 97, de 28 de agosto de 2017), queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Cariñena sobre aprobación de las modificaciones de las siguientes Ordenanzas fiscales:
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles
Art. 2.1. El tipo de gravamen sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,7008%.
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación
del servicio de escuela de educación infantil
Se añade un párrafo al artículo 6:
6.3. En aplicación del artículo 14.3 de la Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del sistema público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón, el Ayuntamiento de Cariñena prevé la reserva de una plaza gratuita para los menores de las familias que se encuentren por debajo del nivel de ingresos definido para la pobreza relativa en función del número de miembros de la unidad familiar, conforme a los indicadores estadísticos disponibles. En todo caso, el coste del servicio para todas las unidades de convivencia será progresivo en relación con su nivel de renta, valorado conforme a este indicador, sin perjuicio de la prestación económica destinada a sufragar la estancia en la escuela infantil.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ.
Cariñena, a 16 de octubre de 2017. — El alcalde, Sergio Ortiz Gutiérrez.