BOP. 268    22/11/2017


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE BOTORRITA

Número de registro: 9717/2017

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA DE AGUA POTABLE

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 9.717

AYUNTAMIENTO DE BOTORRITA

No habiéndose presentado reclamación ni sugerencia alguna durante el plazo de información pública de treinta días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de exposición pública en el “Boletín Oficial de Aragón”, Sección Provincial, núm. 222, de 26 de septiembre de 2017, contra el acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de 13 de septiembre de 2017, de aprobación inicial de la modificación del artículo 5.º de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre suministro municipal de agua potable a domicilio, queda elevado a la categoría de definitivo y se procede a la publicación del texto íntegro del artículo modificado de la Ordenanza de referencia (art. 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo), cuyo tenor literal es el siguiente:

«Art. 5. Las tarifas tendrán dos conceptos: uno fijo que se pagará por una sola vez al comenzar a prestar el servicio, o cuando se reanude después de haber sido suspendido por falta de pago u otra causa imputable al usuario, y estará en función del diámetro de conexión a la red general, y otro periódico en función del consumo que se regirá por la siguiente tarifa:

—Derechos de enganche a la red: 100,10 euros.

—Canon de conservación y/o renovación del contador de agua: 3 euros/trimestre.

—Consumo mínimo de agua: 0,48 euros/mes x 10 metros cúbicos = 4,8 metros cúbicos.

—De 0 a 20 metros cúbicos al trimestre: 0,48 euros.

—De 21 a 60 metros cúbicos al trimestre: 0,64 euros.

—De 61 a 100 metros cúbicos al trimestre: 0,96 euros.

—Más de 100 metros cúbicos en adelante al trimestre: 1,40 euros».

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Botorrita, a 15 de noviembre de 2017. — El alcalde, José Ignacio Hernández Hernández.

 

 

 

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