Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE BOQUIÑENI
Número de registro: 603/2018
Materia: Ordenanzas y Reglamentos
SECCIÓN SEXTA
CORPORACIONES LOCALES
Núm. 603
AYUNTAMIENTO DE BOQUIÑENI
En virtud de lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por no haber presentado reclamaciones los interesados dentro del plazo legal conferido al efecto, queda definitivamente aprobada la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, en los siguientes términos:
Uno. — Se añade el capítulo IV, artículo 12.º, con el siguiente texto:
Forma de pago
De conformidad con lo regulado en los artículos 9 y 10 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el pago de los recibos de bienes inmuebles urbanos domiciliados y de un importe superior a 50 euros se realizará en dos fracciones, sin intereses, dentro del mismo ejercicio. El calendario de pago será establecido por el órgano gestor del impuesto.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que contra la presente aprobación definitiva cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Boquiñeni, a 19 de enero de 2017. — El alcalde-presidente, Miguel Ángel Sanjuán Pérez.