BOP. 123    01/06/2018


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE ALFINDÉN

Número de registro: 4775/2018

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección sexta

BDNS (IDENTIF: 400855). CONVOCATORIA AYUDAS DE EMERGENCIA 2018

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 4.775

AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE ALFINDÉN

EXTRACTO de la convocatoria de ayudas de emergencia, año 2018.

BDNS (identif.): 400855.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. 

Primero. — Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de emergencia a los desfavorecidos aquellas personas individuales o unidades de convivencia que reúnan los requisitos establecidos en el punto 5 de la convocatoria de subvenciones.

Segundo. — Objetivo y finalidad.

La presente convocatoria tiene por objeto otorgar subvenciones destinadas a dar respuesta a aquellas personas y familias con carencia de recursos económicos con el objetivo de apoyar las necesidades básicas relacionadas con el alojamiento y la vivienda, alimentación, higiene, vestido, educación, atención sanitaria, educación, formación y/o comedor en centros educativos públicos municipales y de la Escuela de Educación Infantil municipal, así como evitar las consecuencias físicas, psíquicas y sociales que la carencia de recursos económicos suficientes provoca y que afectan al normal desenvolvimiento de las personas en sociedad.

La finalidad de estas ayudas de pago único y carácter extraordinario pretenden resolver situaciones de emergencia que afecten a personas o familias a las que sobrevengan situaciones de necesidad a lo largo del ejercicio 2018, siendo su finalidad dispensarles una atención básica y urgente en el momento en que aquellas se produzcan.

Tercero. — Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén (BOPZ núm. 180, de fecha 7 de agosto de 2017) y decreto de Alcaldía núm. 2018/420, de fecha 28 de mayo, por el que se aprueba la presente convocatoria.

Cuarto. — Importe.

El crédito para esta convocatoria asciende a la cantidad de 14.000 euros, que se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria 1.2310.48000 del presupuesto municipal de 2018. (RC 4048, de fecha 21 de mayo de 2018).

La cuantía máxima a conceder por unidad de convivencia en esta convocatoria será de 800 euros, que podrá contemplar varios tipos de prestaciones.

Solo podrá concederse una ayuda de emergencia por unidad de convivencia a lo largo de esta convocatoria.

Excepcionalmente podrán excederse estos límites que requerirán informe específico suficientemente motivado elaborado por los Servicios Sociales y aprobado por la Comisión de Valoración.

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes presentadas por los interesados a través del Servicio Social de Base estará abierta desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”, sección provincial (BOPZ), editado informáticamente en la página web www.dpz.es, hasta el 3 de diciembre de 2018 o hasta alcanzar la cuantía global máxima de la convocatoria, si esta circunstancia se produce con anterioridad a dicha fecha, realizándose resoluciones parciales durante el ejercicio 2018, en función de las solicitudes presentadas por el Servicio Social de Base. El plazo máximo de la resolución será de treinta días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento.

La Puebla de Alfindén, a 28 de mayo de 2018. — La alcaldesa, Ana Isabel Ceamanos Lavilla.

 

 

Cerrar