BOP. 174    31/07/2018


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MALLÉN

Número de registro: 6591/2018

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERISTICAS ESPECIALES

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 6.591

AYUNTAMIENTO DE MALLÉN

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Mallén sobre modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Modificación de la Ordenanza de bienes inmuebles

de características especiales

Único:

Se modifica el artículo 12.3 de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, publicada en el BOPZ núm. 167 de 2017, de fecha 22 de julio de 2017, en los siguientes términos:

«Art. 12. Tipo de gravamen.

3. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de características especiales serán del 1,30%».

La modificación de la presente Ordenanza entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el BOPZ y comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2019.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Mallén, a 24 de julio de 2018. — El alcalde, Rubén Marco Armingol.

 
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