Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ARIZA
Número de registro: 10908/2018
Materia: Ordenanzas y Reglamentos
SECCIÓN SEXTA
CORPORACIONES LOCALES
Núm. 10.908
AYUNTAMIENTO DE ARIZA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 7 de noviembre de 2018, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El texto del artículo 2, apartado a), queda redactado como se indica:
«Art. 2.º Tipo de gravamen. — El tipo de gravamen del impuesto será:
a) Para los bienes inmuebles urbanos, del 0,75%».
El resto de apartados del artículo no varían.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Ariza, a 26 de diciembre de 2018. — El alcalde, José Carlos Tirado Ballano.