BOP. 297    28/12/2019


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁN

Número de registro: 11205/2019

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES EJERCICIO 2020

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 11205

AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁN

Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, quedan automáticamente elevados a definitivos los acuerdos adoptados con carácter provisional por el Pleno del Ayuntamiento de Sabiñán, con fecha de 6 de noviembre de 2019, en relación con la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:

1) Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.

2) Tasa por el uso de piscinas municipales e instalaciones complementarias.

Frente a la presente aprobación definitiva los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio en el BOPZ.

Las modificaciones aprobadas, las cuales surtirán efecto desde el 1 de enero del ejercicio 2020, son las siguientes:

1) Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.

Se modifican los artículos 3.1, 4 y 8 de su Ordenanza reguladora, que pasan a tener el siguiente contenido:

«Art. 3. 

1. El hecho imponible viene determinado por la prestación del servicio de recogida directa; por los de conducción, trasiego, vertido, manipulación y eliminación de las basuras domiciliarias de desperdicios industriales o comerciales y otros similares.  Quedan dentro del ámbito de aplicación de esta Ordenanza los derechos y residuos sólidos producidos como consecuencia de las siguientes actividades y situaciones.

a)    Domiciliarias.

b)    Comerciales y de servicio.

c)    Industriales».

«Art. 4. Las cuotas o tarifas por la prestación de este servicio quedan establecidas de la siguiente manera:

CUOTAS

Concepto    Euros/año

a)    Viviendas de carácter familiar    50

b)    Bares, cafeterías, comercios y 

    locales de negocio o servicios en general    75

c)    Pequeñas industrias u otro tipo de negocios que por su ubicación

    o volumen de producción de residuos, requieran de la colocación

    de contenedores de residuos, para su uso prácticamente

    con exclusividad    150 

        por contenedor

        o fracción».

«Art. 8. La tasa por prestación del servicio de recogida de basuras se devengará por años completos, el día primero de cada ejercicio.

A efectos de su cobro y recaudación, las cuotas anuales establecidas en el
artículo 4 de esta Ordenanza se dividirán por semestres».

 

2) Tasa por el uso de piscinas municipales e instalaciones complementarias.

Se modifica el artículo 6 de su Ordenanza reguladora, en el que se establecen las tarifas de esta tasa, que pasa a tener el siguiente contenido:

«Artículo 6.º Cuantía.

TARIFAS

    Euros

Bonos temporada    

4 a 14 años    28,00

15 a 65 años    38,00

Más de 65 años    28,00

Familia numerosa. Descuento de 5 euros por miembro

Bonos mensuales     

4 a 14 años    18,00

15 a 65 años    28,00

Más de 65 años     18,00

Familia numerosa. Descuento de 3 euros por miembro

Entrada por sesión     

4 a 14 años    2,50

15 a 65 años    3,50

Más de 65 años    2,50».

 

Sabiñán, a 26 de diciembre de 2019. — El alcalde, Ignacio Marcuello Casorrán.

 

 

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