BOP. 155    09/07/2021


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZUERA

Número de registro: 6472/2021

Materia: Empleo Público

Sección sexta

APROBACIÓN OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2021

SECCIÓN SEXTA

Núm. 6472

AYUNTAMIENTO DE ZUERA

ANUNCIO relativo a aprobación de oferta de empleo público del Ayuntamiento de Zuera para el año 2021.

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y del artículo 70 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se hace público que mediante Resolución de Alcaldía núm. 2021-1016, de fecha 6 de julio de 2021, se ha aprobado la oferta de empleo público de este Ayuntamiento correspondiente a la plaza que a continuación se reseña para el año 2021:

Antecedentes de hecho

Uno. — Visto que, por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de mayo de 2021, se aprobó el presupuesto municipal para el año 2021, junto con la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo de esta Corporación, siendo publicados íntegramente en el BOPZ núm. 112, de fecha 20 de mayo de 2021.

Dos. — Considerando que el artículo 128 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, señala que las Corporaciones Locales aprobarán dentro del plazo de un mes, desde la aprobación del presupuesto, la oferta de empleo público para el año correspondiente.

Tres. — Visto que, en la citada plantilla y correspondiente relación de puestos de trabajo, figuran vacantes y dotadas presupuestariamente diversas plazas, cuya cobertura se considera necesaria en el presente ejercicio para el buen funcionamiento de los servicios municipales.

Cuatro. — Visto el informe de la técnica de personal del Ayuntamiento, en el que se especifica el resultado del cálculo de la tasa de reposición y las plazas vacantes que podrían ser objeto de oferta pública de empleo.

Cinco. — Visto el informe de Intervención en el que se verifica el cumplimiento de la legalidad y normativa aplicable.

Seis. — Visto el resultado alcanzado en el seno de la mesa de negociación con respecto a los criterios a seguir en relación con la aprobación de la oferta de empleo público, según consta en acta de fecha 17 de junio de 2021.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

Se ha resuelto:

«Primero. — Aprobar la oferta de empleo público de este Ayuntamiento para el año 2021, que contiene las plazas que a continuación se detallan:

Personal funcionario

Funcionarios de carrera:

Grupo    Subgrupo    Clasificación    N.º de vacantes    Denominación    Sistema de acceso

C    C2    Escala de Administración Especial/Subescala servicios especiales    Una    Jardinero/a    Turno libre

                    Concurso-oposición

Segundo. — Publicar la oferta de empleo público en el tablón de anuncios municipal, en la web del Ayuntamiento y en el BOPZ.

Tercero. — Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la correspondiente oferta de empleo público dentro del plazo improrrogable de tres años, a contar desde su fecha de publicación».

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Zuera, a 7 de julio de 2021. — El alcalde-presidente, Luis A. Zubieta Lacámara.

 

 

 

 

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