BOP. 276    01/12/2021


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CHIPRANA

Número de registro: 9802/2021

Materia: Empleo Público

Sección sexta

APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

SECCIÓN SEXTA

Núm. 9802

AYUNTAMIENTO DE CHIPRANA

Mediante Resolución de Alcaldía 220/2021 de este Ayuntamiento se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones del artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con la siguiente literalidad:

Vista la tramitación del expediente 102/2021 por el que se tramita la aprobación del Plan de ordenación de los recursos humanos del Ayuntamiento de Chiprana y la oferta de empleo público de este ayuntamiento para el ejercicio 2021.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 24 de noviembre de 2021 en el que por unanimidad de sus asistentes ha sido aprobada la propuesta de Plan de ordenación de los recursos humanos con la literalidad que consta en el presente expediente y propuesta su publicación en el BOPZ.

Considerando que para la puesta en marcha de las medidas contempladas en el Plan es requisito necesario la aprobación de la oferta de empleo público del ejercicio 2021 con carácter previo a la convocatoria de las plazas previstas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

Resuelvo:

Primero. — Aprobar la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal antes del 31 de diciembre de 2021, con la siguiente relación de plazas:

• Procesos de estabilización: Aquellas plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 en el sentido establecido por la jurisprudencia admitiendo la existencia de breves plazos de tiempo de vacancia de la plaza a lo largo del período referido. Las plazas afectadas en este Ayuntamiento por este procedimiento extraordinario son las siguientes: 

 

 

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• Procesos de consolidación: Aquellas plazas de naturaleza estructural que, ocupadas desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal: 

 

 

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Segundo. — Publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el BOPZ
antes del 31 de diciembre de 2021.

Tercero. — La publicación de la convocatoria para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta para la estabilización temporal deberá ser antes del 31 de diciembre de 2022 y su resolución antes del 31 de diciembre de 2024. La publicación de la convocatoria para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta para la
consolidación deberá ser antes del 31 de diciembre de 2021 y su resolución antes del
31 de diciembre de 2022.

Cuarto. — Certificar al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados.

Quinto. — Proporcionar la información estadística correspondiente a los resultados del proceso de estabilización de empleo temporal a través del Sistema de Información Salarial del Personal de la Administración.

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Chiprana, en el BOPZ. 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. 

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. 

Chiprana, a 25 de noviembre de 2021. — El alcalde, Francisco Javier Nicolás García.

 

 

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