Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD
Número de registro: 7610/2022
Materia: Empleo Público
SECCIÓN SEXTA
Núm. 7610
AYUNTAMIENTO CALATAYUD
Expediente: 2507/2022.
Visto el expediente 2507/2022 sobre la provisión definitiva de cuatro plazas de policía local vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento.
Considerando que por acuerdo de Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el pasado 25 de abril de 2022, se aprobaron las bases y la convocatoria para la provisión definitiva de cuatro plazas de policía local vacantes en la plantilla del personal del Ayuntamiento Calatayud, siendo publicadas en el BOPZ núm. 110 con fecha 18 de mayo de 2022, y en el Boletín Oficial del Estado núm. 140, de fecha 13 de junio de 2022, dando comienzo el plazo de presentación de instancias al día siguiente y finalizando con fecha 4 de julio de 2022.
Considerando que por resolución de esta Alcaldía núm. 2022-1739, de 21 de junio de 2022, se acuerda rectificar las bases y la convocatoria aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local en sesión de 25 de abril de 2022, para la aprovisión definitiva de cuatro plazas de policía local, publicar esta rectificación en el BOPZ y ampliar el plazo de presentación de instancias en veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de rectificación en el Boletín Oficial del Estado.
Visto que la rectificación de las bases de la convocatoria aparece publicada en el BOPZ núm. 144, de 27 de junio de 2022, y en el Boletín Oficial del Estado núm. 170, de 16 de julio de 2022, dio comienzo a un nuevo plazo de presentación de instancias desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado hasta el pasado 5 de agosto de 2022.
Vistas las reclamaciones a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la citada convocatoria, aprobada por resolución de esta Alcaldía núm. 2022-2402, de 30 de agosto de 2022.
Considerando que se han presentado abstenciones en el Registro General por don Luis David Colchero Tomey y don José Nicolás Tarifa Rubio, como miembros del tribunal.
Considerando el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece:
«1. Las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
2. Son motivos de abstención los siguientes:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con estos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
3. Los órganos jerárquicamente superiores a quien se encuentre en alguna de las circunstancias señaladas en el punto anterior podrán ordenarle que se abstengan de toda intervención en el expediente.
4. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas en los que concurran motivos de abstención no implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.
5. La no abstención en los casos en que concurra alguna de esas circunstancias dará lugar a la responsabilidad que proceda».
Considerando que no se observa que concurran las circunstancias descritas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 sobre los casos de abstención presentados por varios miembros del tribunal de selección.
En su virtud, considerando las atribuciones que me otorga el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
Resuelvo:
Primero.— Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la siguiente manera:
Admitidos
1. Valenzuela Gómez, Emilio
2. Vallejo Campos, Mario
3. Vallespín Bellmunt, Adrián Ángel
4. Varela Solera, Andrés
5. Vazquez Cortes, María Victoria
6. Velilla Aguirre, María
7. Ventura Revilla, Rubén José
8. Villanueva Melús, Daniel
9. Violade Salas, Fabio
10. Wilson Galdeano, Andrea Chloe
11. Abancés Lázaro, Juan Carlos
12. Adiego Ballester, Julio
13. Ágreda Dueso, Daniel
14. Albarellos Esteras, Laura
15. Alcalde Hernando, Raúl
16. Antón Lanuza, Hugo
17. Antón Martín, Pedro
18. Anzue Seral, Francisco
19. Aparicio Gran, José Manuel
20. Ariza Aramburo, José David
21. Arnalda Marín, Sergio
22. Arnarez Abardía, Eloy
23. Artieda Baqueano, Andrea
24. Aso Tillet, Miguel
25. Baja Meriz, Manuel Jorge
26. Baquero Vivan, Jesús
27. Bespin Cano, Diego
28. Blancas Barbero, Adrián
29. Blasco Lacue, Alejandro
30. Blasco Valero, Germán
31. Borraz Lamiel, Luis Miguel
32. Bueno Escartín, Jorge
33. Campillos Díaz, José Vicente
34. Carilla Paesa, Daniel
35. Casas Sancho, María del Rosario
36. Castellano Pollo, José Miguel
37. Ceamanos Laguna, Guillermo
38. Collados Zayas, Aitor
39. Comín Ferrer, Javier
40. Continente Mene, María
41. Cuello Gracia, Jorge
42. Del Jesús Expóxito, Agustín
43. De la Fuente Oliver, María Pilar
44. Del Río Ochoa, Andrea
45. Enguita Muñoz, Jonatan
46. Escriche Bayo, Iván
47. Espinosa Giménez, Ignacio
48. Esteban Gallego, Alejandro
49. Esteban Mir, Óscar
50. Ferrer Gargallo, Estela
51. Flores Racaj, María Pilar
52. Fuentes Sarasa, Adrián
53. Gallardo Salvador, Ester
54. García Faci, Carlos
55. García Rodríguez, Jesús
56. García Sánchez, Beatriz
57. Gascón Herranz, Paloma Covadonga
58. Gazzolo Vica, Paula Vanesa
59. Gelabert Azuara, Alberto
60. Gil Serrano, David
61. Gistas Rubio, Alejandro
62. Gómez Bernal, Aarón
63. Issa Lahoza, Laura
64. Jimeno Regueira, Alex
65. Jurado Romero, Arturo
66. López Lezcano, Carlos
67. López Puyuelo, Irene
68. López Romeo, Álvaro
69. Lorente Medrano, Ana
70. Marín Oliveros, Mónica
71. Martín Gómez, Javier Alberto
72. Martín Rucio, Ángel
73. Meizoso Romero, Alejandro
74. Mendez Peña, David
75. Mingarro Cantín, Cristina
76. Molina Hernández, Beatriz
77. Mompel Anadón, Sergio
78. Monteagudo Val, Carlos
79. Montes Castillejo, Adrián
80. Moreno Marín, Tomás
81. Mort Cotin, Diego
82. Mozota Samper, Cristina
83. Nuin Esteban, Santiago
84. Obón Salvo, Óscar
85. Orcajo Ambroj, David
86. Osorio Guajardo, Carlos
87. Ostariz Salas, Óscar
88. Palacino Blazquez, Julia
89. Peiro Molina, Alejandro
90. Penón Villalba, Alejandro
91. Pérez García, Eduardo
92. Peribáñez Pamplona, María Jesús
93. Pino Muñoz, Víctor
94. Piquero Abian, José Manuel
95. Rabanete Arbués, Diego
96. Ramón Pérez, Javier
97. Remis Primo, Andrea
98. Rodrigo Saz, David Uno
99. Ruberte Jorge, Arturo
100. Rubio Viartola, Pablo
101. Ruiz Hernández, Francisco
102. Ruiz Mayoral, Guillermo Antonio
103. Sainz-Aja Sancho, Jorge
104. Sánchez Tabuenca, Jorge
105. Sancho Bautista, Ismael
106. Sanz Oros, Víctor
107. Serena Masip, Raúl
108. Sobreviela Escuer, Pilar
109. Teller Cano, Rubén
110. Toral Huanes, Javier
111. Trasobares Solanas, Alejandro
112. Tuquet Higuera, Pablo
113. Usón García, Daniel
Excluidos
1. Baigorri Banque, David No presenta certificado médico.
2. Borisova Ivanova, Viktoriya No presenta certificado médico.
3. Carmona Andrés, David No presenta certificado médico.
4. Carnicer Muñoz, Laura No presenta certificado médico.
5. Casamayor Sanz, Ana No presenta certificado médico.
6. Domínguez Lahoz, Sergio No presenta certificado médico.
7. Gordillo Hernández, Laura Carmen No presenta certificado médico
ni titulación.
8. Ibáñez Borobia, Javier No presenta certificado médico.
9. Marín López, Fabian Andrés Presentada fuera de plazo.
10. Martín Egea, Javier Presentada fuera de plazo.
11. Mora López, Carlos No presenta certificado médico.
12. Pinilla Millán, Carlos No presenta certificado médico.
13. Rodríguez Vázquez, Joshua Presentada fuera de plazo.
14. Romero Bosque, Óscar No presenta certificado médico.
15. Torquemada Gimeno, Lorena No presenta certificado médico.
Segundo.— Comunicar a Luis David Colchero Tomey y a José Nicolás Tarifa Rubio, que no se observa causa de abstención en los escritos presentados a fin de formar parte del tribunal calificador, tal y como establece el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por lo que el tribunal calificador estará formado por los siguientes miembros:
—Presidente: Sergio Diego García como titular, y Antonio David García Latorre, como suplente.
—Vocales titulares: Francisco José Tabuenca Silvestre, Luis David Colchero Tomey y Javier Ceamanos Caro.
—Vocales suplentes: Alfredo Langa Marco, Víctor Casado Pomareta y José Nicolás Tarifa Rubio.
—Secretaria: María Olga Calvo Borja como titular, y Pilar Rivas Lamenca, como suplente.
Tercero.— El tribunal calificador podrá designar colaboradores administrativos y de servicios que permitan garantizar el adecuado desarrollo del proceso selectivo. El orden de actuación de los aspirantes será el que aparece reflejado en la lista que antecede.
Cuarto.— La celebración de las pruebas tendrá lugar el próximo día 18 de noviembre de 2022, a las 10:00 horas, en el edificio de la UNED en Calatayud, sito en avenida San Juan el Real.
Quinto.— La presente resolución será publicada en el tablón de anuncios de la Corporación y en el BOPZ.
Calatayud, 27 de octubre de 2022. — El alcalde, José Manuel Aranda Lassa.